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Interpretación Disposición Transitoria 34
Esta claro con el subsidio si puedes hacer con efectos retroactivos al igul que con CE y si puedes acceder a JAI y justificar la documentacion, tienes la opcion de aplicar la normativa mas favorable, penalizacion a BR dee tabla general o DT34.2 la mas favorable para ti y efectivamente tendras que cobrar atrasos desde diciciembre 2025 y devolver el subsidio del mismo perriodo, es cuestion que heches numeros, porque estas a tiempo aun