Hace tiempo creo recordar que alguien comentó que para hacer un cambio de uso de local a vivienda, NO era ya necesario que la Comunidad de Propietarios lo aprobara.
No sé si fue Jotaerre ú otro compañero.
Si no me equivoco incluso se mencionó alguna ley, sentencia,...
Saludos
Nuva1228/07/18 14:36
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¡Caray con el registrador de la propiedad! (y no me refiero a Rajoy)
Estoy intentando interpretar las facturas del RP.
Me acaban de dar una con un montón de cancelación de embargos.
Voy a poner uno de ellos solo. El principal de ese embargo es: 27469,75 €. El embargo es sobre una mitad indivisa (50 %); por lo tanto el cálculo sería:
27469,75 * 0,5 (mitad indivisa) * 0,95 (creo que se aplica siempre un descuento del 5 %) = 13048,13 €
Ok; la BASE para calcular el arancel sería (según yo) los 13048,13; pués, según el sería 12.511,86.
Que sí, que sé que es menos, pero me dá igual; lo que quiero saber es como se hace. Son valores próximos; pero no iguales. Además éste es sólo uno de los embargos.
A ver, si está por ahí @Clanderhander, que es un fiera con los cálculos.
Saludos,
Nuva1223/07/18 10:27
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Así se investiga una subasta
Jajaaaaa, qué poder de deducción. Me recuerdas al gran detective creado por Sir Arthur Conan Doyle.
Nuva1223/07/18 10:07
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Así se investiga una subasta
Si están tergiversados, si.
Jotaerre, el primer párrafo de mi intervención es correcto, o no?
“para que hayan podido ejercer el RETRACTO solo hay dos posibilidades: - Contrato anterior a 2013 ó - Contrato posterior a 2013 inscrito en RP. Es así verdad?”
El artículo sólo dice que el contrato terminaba en 2016, pero no dice si comenzó antes o después del 2013.
Saludos,
Nuva1223/07/18 10:02
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Así se investiga una subasta
Tristán, ya sé que es un retracto de inquilinos. Llevas razón, al registrar tenía que notificar al inquilino y el Registrador esperar a que pase el plazo del retracto. No sé, diría que no había arrendatarios, se lo registraron y, luego saltaron con la demanda de retracto.
Nuva1223/07/18 09:22
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Así se investiga una subasta
Jotaerre, con lo de los 15 días después de haber sido registrado, me refería a que es la última oportunidad que tienen para ejercer el retracto; porque entiendo que previamente aúnque le comunicó verbalmente su adjudicación, no lo hizo fehacientemente (vía burofax, comunicándole todos los datos incluido el precio).
Ah, otra cosa chocante es que haya hecho la reforma durante 3 meses nada más y nada menos con los inquilinos dentro. Ó se fueron amablemente y luego notificaron su intención de hacer el retracto. Lo dicho, que faltan datos.
Nuva1223/07/18 08:27
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Así se investiga una subasta
Hola Jotaerre, para que hayan podido ejercer el RETRACTO solo hay dos posibilidades: - Contrato anterior a 2013 ó - Contrato posterior a 2013 inscrito en RP. Es así verdad?
De las incongruencias que hablas (a mí más que incongruencias me parece que en ése artículo faltan datos), dicen que ejercen el retracto una vez que ya está registrado a nombre del Adjudicatario. Cuánto tiempo después? Porque una vez registrado creo que tienen 15 días para ejercerlo (más en Cataluña y no sé en Baleares). También lo que dice de que paga el piso el jefe; el retracto solo lo puede ejercer el inquilino, ahora bién si el dinero se lo ha prestado el jefe, un familiar,... es algo que poco importa.
Saludos,
Nuva1221/07/18 00:06
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Así se investiga una subasta
Yo no investigué ésta subasta. Si me hubiera saltado al ojo lo del tanteo.
Pero, reconozco que no entiendo lo que significa el 691.3 lec, que figura en el edicto y al que Tristán ha hecho alusión.
691.3: 3. Cuando se siga el procedimiento por deuda garantizada con hipoteca sobre establecimiento mercantil el edicto que se publique en el Portal de Subastas indicará que el adquirente quedará sujeto a lo dispuesto en la Ley sobre arrendamientos urbanos, aceptando, en su caso, el derecho del arrendador a elevar la renta por cesión del contrato.
Saludos,
Nuva1215/07/18 12:01
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El ciego optimismo de los abogados de la PAH
Inversius, como se protege el cuarto de contadores? Supongo que hablas de cambiar la cerradura para que no puedan abrir con la llave estándar, pero ésta gente podrá abrir también la cerradura nueva.
Saludos,