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Participaciones del usuario Juanjillo

Juanjillo 22/11/13 21:14
Ha respondido al tema Mi banco no quiere enviar un apoderado a la notaria para cancelar la hipoteca (y el notario se lava las manos)
Es mucho más sencillo. Acude a la oficina de caixabank y solicita la cancelación notarial , ese encargó puede estar sujeta a un pago o comisión. Puedes elegir que te trámite todo la entidad y te pedirán una provisión de fondos (notaria, registro, etc...) o encargarte tu de realizar todo el proceso, en tal caso, la solicitada sin provisión de fondos, en la notaria que hayas decidido que te la hagan En ambos casos la entidad faculta a una gestoria para que firmé la carta de pago y cancelación de la misma. Tranquilo si tarda tiempo ,pero dependiendo de la carga de trabajo tarda más o menos. Si has elegido la opción de sin provisión el trámite es el siguiente, la gestoria contacta con la notaria que le has indicado para que realice la escritura de cancelación y se pasa por la notaria a firmarla. La notaria te avisara, una vez que se haya firmado, que acudas a por ella ( naturalmente la notaria te habrá pedido una provisión de fondos para realizar el trámite). A partir de aquí te encargas de llevarla al registro y allí te solicitara una provisión de fondos para inscribirla. Una vez inscrita te avisan para que vayas a recogerla. Con la primera opción, pagas a una gestoria por el trámite y que te avisa cuando esta concluido todo ,y con la segunda te evitas la gestoria y haces todos los trámites por tu cuentas. Tienes que valorar si merece la pena tu tiempo y si sabes dar todos los pasos para hacerlo tu estos pasos ( partiendo que son todos muy sencillos) o prefieres pagar a una gestoria para que lo hagas y desentender de la gestión, puesto que los,gastos de notario, registros están tabulados y no hay apenas diferencia de importe. En resumen solo te ahorras la gestoria,
Juanjillo 22/11/13 20:40
Ha respondido al tema Division horizontal
No tienes que ser complicado, si no tiene carga hipotecaria ese inmueble. Tendrás que acudir al notario ( entiéndase el oficial de la notaria) que te asesora y te pedirá la documentación necesaria para su realización ( licencia, etc...). Si tiene carga hipotecaria tendrás que darle un borrador al banco para que comparezca para dar su conformidad a la distribución hipotecaria ( si logras que te acepte la distribución). En cuanto el coste en la propia notaria te pueden hacer una provisión de fondos si se lo encargas a ellos de realizar todos los trámites o pagar solo por la escritura y proseguir el proceso por tus medios.
Juanjillo 16/08/13 14:09
Ha respondido al tema Problema con hipoteca pagada pero sin cancelar
Me temo mucho Andreagonzalez2k que te tendras que meter en abogados para reclamar a la cooperativa que al estar en concurso de acreedores deberá contactar con los administradores concursales para que tengan constacia de tu existencia y de la incidenciaa; puesto que aunque el crédito existe la propiedad de la cosa no es de la cooperativa sino que es tuya, por tanto esa plaza de garaje no forma parte del pasivo de la cooperativa y debe responder ante la masa acreedora. Serias una parte dentro del concurso puesto que deberia la cooperativa haber cancelado la hipoteca con el dinero que entregarte (deberaras justificarlo documentalmente el pago de esta plaza). La escritura describe la plaza de garaje y seguro que la carga hipotecaria que tenia en el momento de transmitirla e indica que el vendedor te transmite libre de carga (quedando a la buena fe del mismo la cancelacion economica y cubriendose el notario indicando que no puede comprobar este extremo recogido por una cuestion tecnica). La gestoria solo tiene el mandato de que cuando se produzca la cancelacion economica ellos se encarga de realizar todos los tramites de cancelacion registrar y de inscribir el cambio de titularidad (cuestion que me imagino que si ha realziado). Si el vendedor no paga la hipoteca la gestoria no puede obligarle al vendedor; por tanto no tiene mucho sentido ir contra la gestoria, en principio al desconocer todos los pormenores del asunto. Otra soluccion, mas practica, aunque no signifique que sea la mejor y mas justa, es hablar con la entidad hipotecante y hacernos responsable de la deuda (subrogarte) para evitar que nos puedan ejecutar la hipoteca que recae sobre nuestra propiedad mientras pleiteamos con la cooperativa para asumir esta deuda.
Juanjillo 09/08/13 14:27
Ha respondido al tema Añadir titular hipoteca
GLOCKE, tendriais que hablar con la Entidad Financiera para que lo podais hacer; en principio no te pondran ningun impedimento (implica este cambio mayor garantia para el banco) salvo algun caso excepcional. Pediran datos economicos al tercero y haran un pequeño estudio. Tendriais que ir al notario otodos los interviniente (el banco os hara una provison de fondos del coste de la operacion) y se hace una nueva escritura del prestamo incorporando a esta persona. Ojo, ademas de asumir los coste de la operacion (notario, registrador, impuestos, etc) puede el banco aplicar una comision por cambio de condiciones e incluso aprovechar para cambiar las condiciones de la hipoteca incrementando el diferencial.
Juanjillo 28/07/13 00:33
Ha respondido al tema Entrega del piso al banco
Porque no directamente hablas con el banco,para que estudien una solución para tu caso? Tu planteamiento tiene un problema y es que teóricamente tiene solvencia patrimonial para responder de la deuda ( tienes una vivienda habitual que cabría una segunda hipoteca para atender el remante exigible por procedimiento judicial por la segunda residencia.) Además cuentas con el aval de la vivienda de tus padres por lo que puedes perjudicarles si la entidad decide ir a reclamar sobre esa vivienda. Expón tu caso y negocia una salida con la entidad, tu solución queda a expensa de otros. Más vale un mal acuerdo que un buen juicio.
Juanjillo 28/07/13 00:17
Ha respondido al tema He escriturado y a los 20 dias me llaman del notario para decirme que se han equivocado ¿os fiais?
Estimado krapulin Como bien te dice w petersen infórmate con la notaria para ver que implica el cambio y que costes implicas ( entiendo que deberá la Caixa o el notario correr con ellos). Una vez obtenido la información podrás decidir. Una hipótesis de lo que pasa es que al ser una vivienda VPO te la habrán entregado y subrogado en base a una calificación provisional que equivale al importe que te corresponde de financiación por ese piso en función de una valoración obtenida por diversas variables. Este importe al ser provisional esta sujeta a la calificación definitiva que adecua la realidad de las viviendas a los parámetros utilizados,para el calculo. Te pongo un ejemplo una vivienda en plano ( cuando se idea) se estima que tendrá x metros que por el módulo oficial tendrá x valor; por tanto obtiene esa calificación provisional.Cuando se construye hay variaciones y al finalizar la construcción puede que no tenga esos metros . Las viviendas se entregan tomando en cuenta esa calificación provisional porque ha sido validada por el ministerio y se toman el valor estipulado. Si ha existido cambios estos son medidos y validados por el ministerio por lo que puede existir variación de valores. El ministerio puede dar la calificación definitiva al cabo en un tiempo prudente (incluso han tardado años en algún caso) que refleje la realidad de las viviendas, por lo que habrá que adecuarías jurídicamente si existen cambios.
Juanjillo 13/05/13 22:00
Ha respondido al tema Ejecución Hipotecaria y "valor de subasta"
Se toma el valor de la hipoteca que se ejecuta, normalmente la primera por ser preferente y quizás por que suelen tener el valor de tasación subasta más bajo.La tasación para subasta viene recogida en la escritura del préstamo. Por lo que leo se esta olvidado que la no se va a reclamar el saldo vivo del préstamo en el momento de la demanda sino que a esa cantidad se le suman los interés ordinarios, más los interés de demora más costas con lo que si p.e se debe como saldo vivo 100.000 euros perfectamente se reclama en realidad 120.000 euros como suma de todos los conceptos indicados( este dato me lo invento pero quédese con la filosofía). La entidad, si se ejecuta la vivienda habitual ( con el nuevo proyecto) tendrá que quedarse por el 70% de la tasación subasta ( si reúne todos los requisitos). En otro caso puede quedarse por el 50% del valor. Esto es una pinceladas muy genérica de cual es el valor de tasación para subasta y esta sujeta a mejor opinión más formada y a las particularidad del caso.
Juanjillo 16/03/13 17:17
Ha respondido al tema Quitar suelo hipotecaria con subrogacion promotor y sin O.V. - suelo hipotecario
Cuando se compraban las casas de una promoción de obra nueva lo habitual era subrogares en el crédito promotor, es decir en el crédito que la entidad bancaria le concedía para elevar el vuelo ( el edificio). Estos préstamos recogían diferentes fases , por ejemplo durante la construcción, en la que se exponía el régimen de las disposiciones del crédito para pagar las obras,. También se recogía que condiciones podían dar ese al comprador ( que era una manera que el banco hacia negocio para darle una condiciones excepcionales al promotor a cambio de facilitar las subrogaciones que era el realidad el objetivo de la entidad ).Tambien era una manera que favorecía al comprador de una vivienda por que abarataban ( eso se contaba así) la finananciacion al cerrar unas condiciones "especiales" el promotor para poder acceder su comprador, haciéndolo más cómodo su acceso y evitando negociar condiciones. En resumen era un tocho la escritura del crédito promotor porque se recogía todas las fases de la realización ,posterior condiciones de los compradores, etc... Cuando el comprador se subrogaba en la hipoteca que le respondía a esa vivienda se subrogaba en ese tocho de escritura.Los notarios para no incorporar ese tocho y de ese modo abaratar coste ( cada papel notarial hay que pagar un timbre y se repercute al cliente) hacían mención a que se conocían. Creo que era el pacto tercero del crédito promotor en que se expone todas esas condiciones. Normalmente la promotora y el banco daban un resumen de las mismas. En un origen solo se indicaba las condiciones en que se subrogaban; enun tipo más un diferencial , p.e euribor anual más algo.Luego se fueron haciendo más enrevesadas las cláusulas sobre todo con re financiaciones al promotor y se empezaron a incorporar suelo. Así qué luego el comprador se subrogaban en esas condiciones del crédito promotor y las posteriores novaciones por lo que se debían de conocer y haber preguntado al firmar la subrogación. ( como hizo bien el xlhktn aunque le metieron el clavo de incorporarla en escritura). Lamento el tocho pero ese es el razonamiento porque se hace esa mención al conocimiento de las condiciones del subrogado.
Juanjillo 22/02/13 21:26
Ha respondido al tema Modificación de las garantías por responsabilidad hipotecaria
Gerencia , lamento decirte que tu eres el principal responsable del desaguisado aunque la gestora de la Caixa y la propia Caixa no hayan brillado en la gestión.El Bsch en este caso te echa una mano intentando regularizar el entuerto (aunque movido por el interés). En el 2005 debisteis de recibir un importe elevado por la venta de la vivienda que debía de ser como mínimo el saldo vivo de la primera hipoteca + el saldo vivo de la segunda carga + beneficio (estimo que así debió de ser) .La Caixa envió el dinero para la cancelación de la primera, porque puede que sólo tenía el certificado de la misma y la segunda carga (error)se le escapó su existencia ( en la nota simple debía de aparecer ambas; el Bsch no escondió información) .Tu tenías que haber amortizado/cancelado la parte del crédito que correspondía a la segunda carga que gravaba la vivienda, era tu obligación porque así lo afirmabas en documento público que ibas a realizar o que habías realizado al vender libre de cargas(mentir en documento público/ notarial tiene sus consecuencia y tu eres el responsable) Por lo que expones , con el dinero obtenido, no lo dedicasteis a esto, continuasteis con el préstamo del Bsch sobre dos garantías cuando una de ellas ya no era tuya, sin amortizar y atendiendo la misma cuota. Esto ,aunque quizás fue por desconocimiento, no es bien visto ni en el banco ni en otros ámbitos ( legales). Ahora quizás no cuentes con la cantidad que deberías tener para cancelar esa segunda carga y me parece que, aprovechando que en el solar has elevado una vivienda, trasladar el saldo vivo del crédito a la vivienda es una buena solución tanto para el banco como para ti. La forma que habéis propuesto en documento privado puede puede que sea la más económica posible ( aunque yo entiendo que el banco prefiera realizarlo en escritura) pero el tema de la gestora impepinablemente tendrá que ser con la que te proponga el banco, porque se quiere asegurar que los trámites se realicen y se inscriba correctamente, además piensa que porque tiene que correr el banco con el riesgo que se te olvide realizar las gestiones o no sepas que gestiones hay que hacer, o no las pagues, etc...En el pasado ya te paso ( no cancelar la segunda carga ). Como consejo deja de buscar un culpable además de ti en esta operación, independientemente que no hilo fino la caixa ni su gestoria,. El notario se ha cubierto seguro en la escritura indicando que era el vendedor quien aseguraba que vendía la vivienda libre de cargas y que se excusaba de su comprobación por problemas técnicos con la comunicación con el registro de la propiedad (compruébalo). El comprador por supuesto que no tiene culpa salvo de haber confiado en tu palabra y no haber comprobado pasado el tiempo que habías vendido libre de cargas realmente. El Bsch no se qué responsabilidad puede tener, dale gracias que una vez enterado el asunto no se haya acogido a una de las causas de resolución anticipada del crédito y haberte exigido la totalidad de la deuda (seguro que existe alguna causa que lo permite). Respecto contra quien puede ir el comprador, de manera directa contra ti y contra el resto tímidamente ( aunque con escasas posibilidades,por sí acaso existieran alguna causa legal)
Juanjillo 21/02/13 19:37
Ha respondido al tema Hipoteca sobre vivienda sin fin de obra
Estimado amigo Mas que preocuparte si te van a dar una hipoteca debes preguntarte si debes de comprar esa vivienda, puesto que no tener el acta fin de obra, puede implicar que la vivienda no cumpla con el ordenamiento y por tanto no puedas "legalizarla"; el banco para sacar la vivienda al mercado debe de reunir todas los requisito de legalidad para vender la casa, es decier que cumpla con el ordenamiento urbanistico, que cumpla con los parametros de la licencia de obra y por tanto que tenga LPO (licencia de primera ocupacion) que implica que la vivienda reune los requisitos para ser habitada. Cuando reuna todo es el momento de planterte la compra y podras acceder a la financiacion, mientras que no la tenga no deberia el banco plantearse conceder la hipoteca por el riesgo que corre.