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Participaciones del usuario gicas

gicas 03/10/12 13:28
Ha respondido al tema Me penalizan por comprar barato...
Efectivamente como bien dicen por ahí se puede reclamar y obviamente todo es recurrible. El problema de fondo recae en que la norma no establece como base imponible para liquidar el impuesto el valor convenido entre partes independientes como pasa en el otro impuesto indirecto que grava venta de viviendas (IVA cuando es obra nuevo). En este impuesto la base imponible es el valor real del bien y claro nadie equipara ese valor al valor de mercado que es lo que realmente debería de ser sino al valor real que se ha configurado erroneamente como el precio que teoricamente debería valer (vamos una tasación pericial). En estas estamos con la administración, ellos hacen su tasación tu haces la tuya y si quieres discutir del valor entonces has de jugartela a que en su momento se nombre a un perito independiente y diga quien tiene más razon de las 2 partes. Obviamente por los importes de los que hablamos a nadie le compensa contratar a un asesor fiscal (ojo con abogados dado que esto es como todo tiene que ser un profesional de impuestos que sepa de procedimientos tributarios por que he visto grandes cagadas en este ámbito) y además pensar en pagar una tasacion de parte y en su caso los gastos del tercer perito si se pierde. Por eso todas las reclamaciones se basan en algo menos de fondo y mas de forma como es la correcta motivacion de la valoración efectuada por la comunidad autonoma donde sí es verdad que se puede ganar por que son liquidaciones standar donde ni siquiera van a ver el inmueble fisicamente y claro esa tasación es incorrecta. Problema que hay que recurrir y sobretodo que aunque un tribunal te diga que es anulable lo que hace la administración por las reglas de juego la administración puede volver a liquidar otra vez corregiendo sus errores de motivación. En todo caso decir que se puede ganar y algunas se ganan por que hay muchas reglas a tener en cuenta y a veces las comunidades autonomas no actuan correctamente y acaban por no pdoer cobrarte. PROBLEMA has de dedicarle tiempo y estar haciendo recursos. por cierto quiero corregir un comentario anterior, en fase administrativa y a veces incluso en la judicial no hace falta adelantar el dinero ni siquiera avalar o garantizar la deuda, en temas de motivación y comprobacion de valores es posible recurrir sin adelantar el dinero (obviamente luego habrá que pagar interes de demora). Un saludo y suerte
gicas 18/09/12 21:12
Ha respondido al tema Depósito Ibanesto 4%
perdondad pero soy nuevo en ibanesto y a efectos de poder optar al 4% teniendo un deposito al 3,60 desde agosto para cancelar el actual tendría que hacerlo por teléfono?? es decir no se puede cancelar parcial o totalmente el deposito desde la web? gracias y perdonad esta pregunta tan basica. gracias