Acceder

Participaciones del usuario CarlosMallorca

CarlosMallorca 13/01/17 11:54
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Sin dudarlo, asesórate por un profesional como jotaerre, vale la pena invertir en un buen asesoramiento que te puede evitar problemas que te costarían mucho más.
ir al comentario
CarlosMallorca 13/01/17 09:47
Ha comentado en el artículo Ayúdame a reforzar mi ego con tus comentarios elogiosos
Creo que el no poder comprar depende del bolsillo de cada uno, cuanto margen quieres ganar y a cuantas dianas vas a disparar a la vez, se ha comentado alguna vez, si tienes pocas flechas apunta bien, porque como falles... En mi caso, no puedo comprar al precio que me gustaría, a las que puedo acceder económicamente se van las pujas a unos precios que si quieres conseguir un margen decente no vale la pena, no sé que entenderá cada uno por decente, mfmelo me queda claro que tiene que ser muy indecente el margen que deje. Veo adjudicaciones en las que dejarán un buen margen, pero la mayoría son de 150k para arriba, a esas cantidades todavía no llego. De momento, intento buscar clientes para cantidades importantes y para mi busco otras más asequibles, que al final, las veo pasar a unos precios que mejor esperar otro tren y otro y otro...
ir al comentario
CarlosMallorca 11/01/17 16:27
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Mfmelo, la subasta que comentamos no era un hipotecario, era una ejecutoria de la audiencia provincial, no sé si puede haber diferencia en cuanto al tema de la carga posterior que comentábamos. En el caso de esa subasta que comentamos, si el ejecutado y titular era el marido y como carga figura el derecho de uso para la exmujer, ninguno de los 2 podría vender, el titular por tener una carga ni la exmujer al no ser la titular, pero ¿hasta cuando? Además, teniendo anotaciones de embargo delante ¿no sería alzamiento de bienes? Para refrescar la memoria, estaba tasado en 52.500€ pero como tenía carga anterior, al descontarla, el valor para subasta se quedó en 538€, pues bien, la puja máxima ha sido de 35.069,30€ que más los 50.000€ de carga anterior hacen un total de unos 85.000€ por un piso que ni de lejos lo vale, alucino... Saludos
ir al comentario
CarlosMallorca 11/01/17 13:02
Ha comentado en el artículo Ayúdame a reforzar mi ego con tus comentarios elogiosos
Al igual que demás lectores del blog, tremendamente agradecido por manter este blog y el de subastanomics, extendiendo el agradecimiento a todos los lectores que aportan riqueza con sus comentarios, se echa de menos algunos lectores que desde el principio del blog eran bastante activos y ya no se les ve mucho o nada. Independientemente de lo que podamos aprender aquí, luego está la realidad que nos encontramos y que no paramos de comentar, por mucho que sepamos y estemos cada vez más preparados, la lentitud de este negocio y la cantidad de nuevos subasteros que han entrado o particulares/moscosos que buscan el chollo del siglo en internet, hace que te tengas que pensar 2 y 3 veces si pujar por algo donde tendrás el dinero parado mucho tiempo, las pocas cosas medianamente decente se van a precios desorbitados que como inversor no interesa. Yo empecé en los últimos años de las presenciales y me comí un mojón por no tener capital para invertir, alguna cosa compré para clientes, pero no había mucha competencia, ahora que están las electrónicas y tengo algo de capital para invertir, muchas ni las estudio porque viendo los precios que hay de adjudicaciones en cosas similares ya sé que será perder el tiempo. Donde me ha ido algo mejor son en las subastas de la AEAT y la TGSS, aunque lo que sale es bastante ruinoso y en todas me he llevado sorpresas que finalmente he resuelto gracias al blog, pero los tiempos de respuesta y la predisposición de los funcionarios es muy buena, quitando el tema de la posesión que por suerte aún no he tenido que pedir ninguna. Espero poder empezar con una rueda y que el tiempo de espera de las judiciales no sea tanto problema para poder aguantarlo. Saludos
ir al comentario
CarlosMallorca 04/01/17 09:47
Ha comentado en el artículo En el negocio de las subastas, hasta el mejor escribano echa un borrón
He tenido que mirar varias veces el nombre del protagonista, no me puedo creer que mfmelo haga una cosa así, se me ha caído un mito (es broma) seguro que tus motivos habrás tenido, pero jolín, que "con los dineros" no se juega como para fiarse a ciegas de los juzgados ¿a qué conclusión llegaste para pensar que no tendría cargas esa finca?, también me sorprende que haya más gente pujando, quiere decir que no han investigado y descubierto el marrón que se metían.
ir al comentario
CarlosMallorca 02/01/17 21:35
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Por lo que leo en vuestros comentarios, creo que coincidís con los datos aportados a que ese contrato no tendría validez, aunque como decís, y yo también lo pienso, si se ha preocupado en registrar un alquiler es que peleará, aunque no creo que esté bien asesorado estando el contrato de alquiler a nombre de una empresa que figura él como administrador, además de ser un contrato de 2015 cuando el embargo es del 2011. Si su intención es ejercer el retracto como inquilino, la T.G.S.S debería comunicar al inquilino al ser un arrendamiento público, si no ejerce su derecho me darían decreto de adjudicación y entiendo que luego, si quiero pedir la posesión, la pelea sería para que ese contrato con opción a compra no se lleve a cabo, a no ser que tenga condiciones que si me interesen. Al estar el contrato registrado ¿hay manera de poder acceder a él a través del registro si no te lo facilita el inquilino ni la T.G.S.S? Saludos
ir al comentario
CarlosMallorca 02/01/17 14:18
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Haré la consulta a la Seg. Social para saber si lo sabían y lo rechazaron. Pensaba que un contrato de alquiler inscrito en el registro, a pesar de ser posterior, es una carga que no se cancela al igual que IBIs y C.P. Gracias Jotaerre
ir al comentario
CarlosMallorca 02/01/17 11:43
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Buenos días y feliz año a todos! Empezamos el año con deberes. Me gustaría conocer vuestra opinión sobre una subasta con contrato de alquiler. Es un piso que sale a subasta por la T.G.S.S. y en la nota simple (en la web no pone nada) pone: "Arrendamiento con opción a compra: Según la inscripción 7ª se halla cedida en arrendamiento a favor de la entidad EMPRESA S.L. con opción de compra....pactado escritura el día 29 de diciembre de 2015." Además, la empresa la cual figura inscrita el arrendamiento, el administrador es el mismo deudor. Yo entiendo que a pesar de estar inscrito no debería tener validez al tener el embargo desde el 2011 y el alquiler del 2015, además, entiendo que siendo el mismo deudor que a través de su S.L. se ha hecho un contrato de arrendamiento, tampoco sería válido. ¿Cómo lo veis los expertos? En caso que me lo adjudique ¿debería pedir al inquilino contrato de alquiler y luego demandar? ¿Puedes ser caro y largo un procedimiento de este tipo? Gracias de antemano Carlos
ir al comentario
CarlosMallorca 22/12/16 18:26
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Siempre tengo en cuenta que puede haber demás licitadores, pero las subastas las preparo como si las fuera a ganar teniendo en cuenta todo lo que me espera después. No sé si tu eres muy lanzado o Jotaerre muy cauto, pero, prefiero ser cauto cuando "los dineros" no abundan. Por mi parte no voy a participar, si te puedo ayudar en cualquier cosa que necesites, no lo dudes, escríbeme por privado. Saludos
ir al comentario
CarlosMallorca 22/12/16 15:02
Ha comentado en el artículo Consulta al autor del blog
Dar en 100% en la vivienda está bien porque apenas son 500€, pero el garaje no se le ha descontado nada en la tasación y me parece un poco alto el precio. En el valor de tasación no se ha calculado ni descontado el derecho al uso, entiendo que porque es posterior y se supone que se cancela, el tasador habrá hecho su trabajo y el que se lo adjudique ya peleará si lo necesita. La verdad que aún no he tomado la decisión de lo que haré, pero según los comentarios de Jotaerre y Tristán me echa un poco atrás si tengo que estar pagando hipoteca y no puedo alquilar ni vender durante un tiempo. Ayer estuve en la vivienda y vi a la señora en la puerta hablando con una vecina, miré por dentro y se ve bien cuidada. Si de verdad te interesa dime cosas y haré las averiguaciones que necesites sin compromiso. Saludos
ir al comentario