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Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

3,58K respuestas
Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total
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#3616

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Recibí la comunicación de inicio de expediente el 14 de junio, creo
#3617

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Gracias por compartirlo. Unos 3 meses. Algo dentro de lo normal. Pues mucha suerte, que vaya todo muy bien y ya nos contarás cuando tengas la resolución. Saludos!
#3618

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

También pienso que el expediente está cerrado porque han pasado los 135 días, y no me pienden llamar con el mismo numero, pero entonces pienso que me pueden abrir uno nuevo y llamarme en la misma semana como ha pasado a compañer@s del foro que les han citado en la misma semana.
Mira, por ejemplo Peter69 está en la misma situacíon que yo, y muchisima gente, tu crees que se van olvidar de todos nosotros?
Así es mi cabeza.
#3619

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Pero con fecha? Y cuanto llevas con la IP?
#3620

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Tengo una IPT revisable a los dos años. Me han abierto expediente de revisión a los 2 años y 10 meses y le han llamado para la entrevista a los 3 meses. Durante el plazo de alegaciones, les solicité una revisión por agravamiento
#3621

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

De donde eres?


#3622

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

De Sevilla
#3623

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

El agravamiento entonces lo solicitaste una vez que ya te habían llamado ellos a revisión  por lo que entiendo 
#3624

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Patricio y yo somos de bcn

#3625

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Probablemente hayan juntado las dos, la de oficio y la de agravamiento y te vean una sola vez para los dos expedientes.
#3626

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Sí, el agravamiento lo solicité en el plazo de alegaciones que contempla la carta de revisión, que creo que es de 30 días. También aporté en ese plazo todos los informes nuevos que tenía.
Entiendo que da mucho miedo. Al menos a mí me lo està dando, todo el proceso. Yo no había pedido revisión por agravamiento todavía por ese mismo miedo. Pensaba " Mejor no muevo ni un papel". Pero llegó la carta.
Entonces pensé que era el momento. Con lo mal que lo paso, "ahora o nunca". Además, de esa manera, el INSS està obligado a citarnos
#3627

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola, lo de que está obligado a citarte es relativo, a mí no me vieron cuando solicité revisión por agravamiento y a muchas otras personas tampoco.  Como van con tanta demora intentar evaluar de manera no presencial al máximo posible.

Un saludo 
#3628

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Hola amigo José Luís 

Yo tengo entendido que pasado los 135 días hábiles , con ese expediente ya no te pueden dictar resolución

En bcn el caos es total, se de muchos casos que llevan un año esperando la resolución y la nueva fecha de revisión.

No se si nos aran la resolución?

No se si la revisión ha caducado?

No se si han archivado el expediente?

No se si abrirán nuevo expediente?

Estamos en un limbo

Un abrazo amigo 🤗 
#3629

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Querido Peter, es una situación muy jodida ya que como bien dices te quedas en el limbo total y como siempre los nervios caen de nuestra parte con la repercusión en la salud.

Un vez que pasan los 135 días hábiles no te pueden revisar con el número de expediente que te abrieron, ese expediente queda caducado, archivado o como se quiera decir.

Tienen la obligación de abrir otro expediente si te quieren revisar pero basandose en la demora que tienen pueden intentar hacerlo con el mismo. Es tu labor informales de que no te pueden revisar bajo ese expediente porque ya está caducado aunque es vergonzoso que lo intenten colar así. Si decidieran seguir adelante con el mismo expediente el resultado de la revisión no sería válido en reclamación previa o en juicio.
Los jueces están hasta el gorro de decirles que no pueden hacerlo.

Siempre me remito a unas palabras que me dijo un funcionario del INSS, normalmente suelen echar un vistazo a los informes dentro de los 135 días hábiles y si ven que no hay donde rascar pues no se molestan ni en emitir resolución y entonces, como has dicho antes, la gente se queda en el limbo, sin saber nada.

Es pura desidia o por bajar el volumen de trabajo el actuar de esta manera.

Un abrazo 
#3630

Re: Revisión de oficio de una IP - Incapacidad permanente total

Muchas gracias por tus palabras. José Luis. 

Cómo siempre, tan atento y servicial.

Yo en mi caso he tomado la decisión de no preguntar nada ni mover nada.

Cómo ahora, a partir de septiembre, las notificaciones y comunicaciones son a través del medio telemáticos , ¿Si algún día me llega una notificación? Pues empezaremos el procedimiento de nuevo. O no defenderemos con uñas y dientes pidiendo justicia 


Un abrazo muy querido amigo