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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Buenas noches, yo estoy igual con el punto uno concluido nada más, a mi si me sale la demora de calificación en el punto dos, a parte recibí carta a los 18 meses de propuesta de incapacidad permanente y carta de demora de calificación hasta el 19 de octubre, ya os iré contando como va mi situación, llevo 23 meses de baja
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#11557
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
X fin llego septiembre y se ve el movimiento,en total mi expediente a estado abierto algo más de 8 meses con el punto 1,2,y4 finalizados en las primeras semanas y sin movimientos asta el 31 de agosto k se finalizo el punto 3,a raíz de ai todos los días había algún cambio y la incapacidad concedida el 5septiembre.aora toca luchar por la absoluta pero x lo menos se ve algo de luz después e 28 meses de baja
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Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Ya me llegó el mensaje del inss para entrar en la web porque tenía una notificación, y como imaginábamos al desaparecer el punto 5, la incapacidad ha sido denegada por motivos que nada tienen que ver con el informe de síntesis, donde se ponía todas las dolencias, grados y donde la médica del EVI solicita la incapacidad. Pues bien, con todo y con eso la incapacidad denegada, después de 18 meses de baja, otros cuatro hasta que me volvieron a ver después de la demora, y otros dos meses hasta que han resuelto. Ahora toca avisar a la empresa, porque muchas veces, el INSS no lo comunica a ésta, y luego hay problemas, ya que es hasta los 24 meses el tiempo en que la empresa tiene la obligación de guardar el puesto, ya que como sabréis, desde los 18 a los 24 meses de baja, la empresa ya no está obligada a cotizar por ti si no hay algo en el convenio y he estado cobrando de la Mutua. Como no quiero problemas he llamado a la empresa, y ellos me dicen que vaya cuando haya recibido la carta, pero un abogado amigo me ha dicho que me presente, ya que la carta se puede demorar por cualquier razón y luego hay empresas que intentan hacerte el lío si la fecha de alta que pone en la carta es anterior a cuando la llevas, y puede que cuando vayas ya hayan pasado los 24 meses, que a mí me cumplen el día 14 de este mes. Ahora recurriremos el alta cuando nos llegue la carta y si siguen denegando la incapacidad, con el informe de síntesis, todos los informes y un peritaje médico iremos a juicio. En fin, otros cuantos meses de peregrinaje, que en algunos casos ya me han dicho que entre el recurso, espera a su contestación o al silencio administrativo, que también se da, peritaje, acopio de informes, presentación de la demanda y que se celebre el juicio oral puede demorarse todo incluso un año o más. Y mientras, con todas mis dolencias sólo me queda que incorporarme, ya que pedir la baja por lo mismo no es posible durante 180 días. Sobre lo de las incorporaciones a la empresa, esos días en el limbo, etc., etc.si alguien me aporta algo, agradecido estaré. Mucha suerte a todos.
#11560
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Juanjo2315, no todo el mundo recibe demora de calificación, yo por ejemplo no la tuve aunque la doctora del evi me dijo que igual me la daban. Yo tuve la cita a los 17 meses y me llegó la carta de la propuesta de incapacidad en la que yo tenía que rellenar la solicitud. Casi 4 meses después tuve la resolución favorable de incapacidad permanente total y en ningún momento me enviaron nada de demora de calificación. Cuando me propusieron para incapacidad, le mandaron un aviso a mi médico de cabecera para solicitar el alta porque es un trámite para la propuesta de incapacidad . No te preocupes porque ese alta es porque para proponer incapacidad tienes que estar de alta, pero ni tienes que ir a trabajar y cobras exactamente igual.
#11561
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#11562
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#11563
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
#11564
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Estamos hablando de dos cosas diferentes. A mí nunca me concedieron la incapacidad peramente. Yo he estado de baja casi dos años (los hago el 21 de este mes), y ahora el Inss me deniega la incapacidad, y por tanto me dan el alta, y me tengo que reincorporar a la empresa, pero hay que tener en cuenta que cuando se cumplieron los 18 meses de baja, la empresa ya no tiene obligación de cotizar, pero sí de reservar el puesto hasta los 24 meses, y yo lo que no quiero, dada la proximidad de hacer esos 24 meses, es que a la empresa le llegue la comunicación del Inss pasado ese 21 de este mes. Yo, al recibir el mensaje de que me han denegado la pensión ayer, me he puesto en contacto con mi empresa y con el comité para decir que ya tengo el alta, pues la fecha de alta siempre es al día siguiente de recibir el sms, aunque posteriormente recibas la carta, y ésta siempre reflejará el día de hoy como alta. Lo que yo quiero comentar aquí es que muchas veces esa carta tarda y que este organismo muchas veces no comunica a las empresas el alta, lo tienes que hacer tú, y sabemos que muchas empresas intentan quitarse al trabajar, y en este caso, por días, pueden alegar que te has incorporado después de la fecha, y eso es lo que yo no quiero, por eso me estoy adelantando y pregunto aquí por si mi preocupación es excesiva.
#11565
Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
Esto me acaban de contestar un abogado:
Durante el periodo de incapacidad temporal, se suspende el contrato de trabajo con reserva del puesto de trabajo pero con la obligación por parte de la empresa de seguir cotizando a la seguridad social hasta los 18 meses de IT que es el tiempo máximo en el que la empresa esta obligada a cotizar a la seguridad social por el o la trabajadora en situación de IT, si transcurridos los 18 meses el o la trabajadora continúan en situación de IT porque se a concedido una prorroga o porque se esta a la espera de la resolución del EVI para conceder o denegar la IP el o la trabajadora continúan manteniendo la reserva del puesto de trabajo pero la empresa ya no tiene que cotizar a la seguridad social por agotamiento máximo de la IT .. Por lo tanto durante los 18 meses de IT la empresa sigue cotizando a la seguridad social y si transcurridos los 18 meses se continua en situación de IT a empresa deja de cotizar a la seguridad social pero con la obligación de seguir conservando el puesto de trabajo del empleado/da) hasta que se produzca la resolución aprobatoria o denegatoria del INSS a través de los informes del EVI.. Si la resolución es denegatoria el trabajador/ra) tiene que reincorporarse a l trabajo y la empresa tiene la obligación de readmitirle.. Si la resolución es aprobatoria en la resolución se tiene que indicar la fecha de revisión por mejoría o agravamiento, si la fecha de revisión es inferior a dos años la empresa tiene la obligación de reservar el puesto de trabajo durante dos años a no ser que el convenio colectivo de aplicación mejore el plazo de reserva en mas de dos años. Los dos años de reserva del puesto de trabajo se contabilizan a partir de la fecha de resolución del EVI en la que se concede la IP.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno.
Durante el periodo de incapacidad temporal, se suspende el contrato de trabajo con reserva del puesto de trabajo pero con la obligación por parte de la empresa de seguir cotizando a la seguridad social hasta los 18 meses de IT que es el tiempo máximo en el que la empresa esta obligada a cotizar a la seguridad social por el o la trabajadora en situación de IT, si transcurridos los 18 meses el o la trabajadora continúan en situación de IT porque se a concedido una prorroga o porque se esta a la espera de la resolución del EVI para conceder o denegar la IP el o la trabajadora continúan manteniendo la reserva del puesto de trabajo pero la empresa ya no tiene que cotizar a la seguridad social por agotamiento máximo de la IT .. Por lo tanto durante los 18 meses de IT la empresa sigue cotizando a la seguridad social y si transcurridos los 18 meses se continua en situación de IT a empresa deja de cotizar a la seguridad social pero con la obligación de seguir conservando el puesto de trabajo del empleado/da) hasta que se produzca la resolución aprobatoria o denegatoria del INSS a través de los informes del EVI.. Si la resolución es denegatoria el trabajador/ra) tiene que reincorporarse a l trabajo y la empresa tiene la obligación de readmitirle.. Si la resolución es aprobatoria en la resolución se tiene que indicar la fecha de revisión por mejoría o agravamiento, si la fecha de revisión es inferior a dos años la empresa tiene la obligación de reservar el puesto de trabajo durante dos años a no ser que el convenio colectivo de aplicación mejore el plazo de reserva en mas de dos años. Los dos años de reserva del puesto de trabajo se contabilizan a partir de la fecha de resolución del EVI en la que se concede la IP.. Espero que la respuesta te sirva de ayuda, lo único que te pido, es que no dejes de valorar la respuesta como consideres oportuno.