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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

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Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total
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#50356

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Ayyyy pobres. Bueno os habéis quitado una preocupación de encima. Os deseo que todo salga bien. Ya te preguntaré. 😘😘😘
#50357

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Gracias.
Igualmente!!!!

#50358

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Manel, si recuerdo bien, a ti todavía no te ha visto el tribunal médico no?, por tanto lo de los 135 días no hay que tenerlo e. Cuenta, vamos creo yo, a tí cuando te vea el tribunal tendrán que emitir una resolución, pero si te lo han abierto sin verte deberás esperar pero creo que no hay límite, igual por aquí te pueden aclarar mejor.
#50359

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Efectivamente, aún no me ha visto el tribunal médico del ICAM, pero ya estoy en en mes 22 de baja, por lo tanto dentro de esos 135 días hábiles que tienen legalmente para resolver el expediente. La cuestión es que no sé hasta que día, legalmente, tienen para resolver, y mi pregunta era esa, si hay algún sitio para verlo.
#50360

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

En ese caso, más o menos vienen a ser 6 meses, pero tal como van por allí las cosas se puede dilatar más, pero te tienen que comunicar la resolución aunque se dilate más.
#50361

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Cuánto me alegro Izasug!!!!otra victoria contra el puñetero INSS 👏🏼👏🏼👏🏼😘😘😘
#50362

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Si corazon!!!
A por ellos!!!
No pueden con nosotros.
#50363

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola Manel, no pienses en los 135 días hábiles porque eso al INSS/ ICAM lo da lo mismo. A los últimos compañeros de Cataluña les están llamando sobre el mes 29, 30, 31, para que les vea un inspector así que si te ven antes mejor.

Es triste, vergonzoso, etc pero basándose en que tienen muchos expedientes y poco personal cada vez tardan más en que te vean.

Un saludo y paciencia 
#50364

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Pero no tengo que hacer nada? Tenía entendido que si no resuelven el expediente en los 135 días hábiles que dice la ley, se considera silencio administrativo y tienes que presentar reclamación. Si no es así corregidme. Gracias!!
#50365

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Como te ha dicho @alex7676 antes, siempre tienen que resolver aunque en la mayoría de los casos tarden más de 135 días.
Estás en tu derecho de poner reclamación previa por silencio administrativo una vez que pasen los 135 días pero contra que? La reclamación previa seria para poner que no han resuelto todavía tu expediente y las pocas personas que lo hacen ni siquiera tienen respuesta a esa reclamación previa.

Ellos lo manejan a su ritmo, con tiempos de espera muy largos, pero siempre te van a llamar o ver tu informes médicos, te van a hacer el informe de síntesis y van a dictar resolución. Los peores casos que he visto han llegado a tardar 36 meses en Cataluña pero lo normal es que te vea el inspector o haga el informe de síntesis sobre el mes 29 o 30, si es antes pues mejor.

Un saludo 
#50366

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

No sé, es lo que he leído y lo que me ha recomendado hacer un conocido que tengo que es abogado laboral, poner reclamación pidiendo que resuelvan. Pero ya me va bien esto que me explicas para tenerlo en cuenta. Gracias José Luis!!
#50367

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Y estás en todo tu derecho de hacerlo, obviamente un abogado siempre te va a recomendar que lo hagas para meter presión . En otros tiempos pues valdría de algo, hoy en día prácticamente de nada porque no pueden sacar más expedientes adelante cada día.

De todas las maneras el resumen es siempre el mismo, los que lo pagamos somos nosotros, con nuestra salud y nuestro dinero.

Un saludo 
#50368

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Hola compañer@s,
Quería compartir con vosotros un tema que no sé si ya se ha hablado pero lo considero muy relevante y creo que puede servir de ayuda a muchos.

En mi caso, hablando recientemente con mi abogado me lo ha explicado y me ha sorprendido bastante, el tema va sobre las famosas tablas que que utiliza el INSS como “Guia de valoracion profesional” (se puede descargar buscando en google) y los codigos que aparecen, los jugones del INSS se basan mucho en este documento para conceder o no las incapacidades y las compatibilidades entre ipt combinado con otro trabajo.

Como ya sabréis, para cada uno de nuestros trabajos corresponde un código que determina exactamente a qué sector pertenecemos, en función de eso catalogan la profesión en distintos grados de carga física, mental, etc..

Pues bien, cómo saber exactamente el código y por tanto la profesión a la que pertenecemos?? Mas o menos podemos intuirlo, pero debemos conocerlo realmente en el que nos tienen catalogados, porque si os pasa como a mí que me tienen catalogado en otra profesión que se parece pero no es la correcta, os van a valorar las patologías con unos baremos erróneos que igual os perjudican.
Seguramente habran varias formas de averiguarlo, pero en mi caso la manera de saber el codigo es tan facil como mirarlo en el primer parte de baja medica (enfermedad común), adjunto una imagen de dónde aparece el codigo en el comunicado de baja y otra imagen de una de las tablas de ejemplo que aparece en la guía de valoración profesional.

Pongo de ejemplo mi caso (por suerte me he dado cuenta antes de pasar por el ICAM):
Según la profesión en la que me tienen incluido me valorarían la carga lumbar con un grado 2, pero la realidad es que si me tuviesen incluido en la profesión correcta y real el grado de carga lumbar sería el 3, si mi concesión o denegación de ip se basa en gran parte en eso pues estaría jodid… fastidiado.

Y me pregunto, cuántas incapacidades se habran denegado debido a esto y el perjudicad@ ni si quiera ha sabido que ha sido por este motivo?? Porque obviamente el INSS no nos da tantos detalles en las denegaciones…

Y por otro lado, qué hacer en caso de que nos tengan incluídos en un codigo que no corresponde como me está pasando a mi? Hay varios métodos pero no es facil solucionarlo, el que lo tiene que cambiar y tiene la última palabra es el INSS, pero lo que hay que hacer primero es hablar con la empresa para la que trabajamos en la profesion en la que estamos solicitando la ip, y que actualicen o corrijan la categoría, grupo profesional y puesto de trabajo en concreto, y en principio a partir de ahí les llega notificación al INSS y corrigen. Si esto no funciona pues mejor hablarlo con vuestros abogados para que os digan exactamente a quien reclamar porque hay variedad de opiniones.

Por último, yo recomendaría para estar blindados pedir también a la empresa copias de vuestros contratos y siempre un certificado de las tareas que realizáis (profesiograma), porque otra opción sería que cuando nos toque pasar por el EVI (en mi caso el ICAM) sacar el tema y poderles demostrar que las tareas que realizamos no corresponden con lo que ellos tienen registrado y que tomen nota.

Pues eso es todo, perdonad por el tocho que he escrito y espero que juntos sigamos aprendiendo los entresijos de este mundillo tan cruel.
Felicidades a los que os van saliendo bien las cosas y ánimo a tod@s los que seguimos lidiando!

#50369

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas tardes a todos, después de muchos años de baja, de esperar un juicio que parecía que no llegaba (me lo suspendieron y se retrasó 6 messs mas) hoy por fin he recibido la llamada de mi abogada, me han concedido una IPT, estoy contenta pero con mucho miedo también, no voy a negarlo.. leo tantos casos de todo tipo que me da miedo que me la revisen, me la quiten y me quede sin trabajo y sin pensión, ya sabéis.. me ha hablado de la nueva ley y la obligatoriedad de la empresa a buscarte otro puesto adaptado, alguien tiene experiencia con este tema? Muchas gracias 
#50370

Re: Incapacidad permanente - Incapacidad Permanente Total

Buenas Tardes, muy interesante lo que has escrito, parece que no tiene importancia pero creo que es mas importante de lo que creemos, ya que a la hora de decidir conceder una incapacidad, un simple detalle puede decantar todo. Yo ya he buscado mi código y los diferentes apartados, no se si te han dicho que significado tienen los grados, me refiero a como están enumerados del 1 al 4, me imagino que si la patología que se tiene es de rodilla, habría que mirar el requerimiento de rodilla y donde pone bipedestación y sedestación, etc, pero me refiero a que si pone 1 seguramente no den la incapacidad pero qué importancia tiene el 2, el 3 ó el 4? Me refiero a que tienes que tener un 4 para que te la den, o vale el 2?