#2836
Re: Cálculo rentas subsidio mayores 52 años
para el SEPE no importa la aceptación, importa la adjudicación
Cuando es tuyo el bien o derecho.
Hay herencias que se aceptan y tardan años en dividirse y adjudicarse, otras no, aceptación y adjudicación son simultáneos
Una vez el bien o derecho es tuyo, opera la suspensión de un mes si llega el caso, y después operan las presuntos rendimientos, que deberas justificar que no superas rentas, para su continuación, si así fuera.
Tienes plazo, hasta un año con los presuntos
Y minimo un mes, en caso de suspensión de un mes
(Si ni siquiera se suspende el mes, no hay nada que comunicar al SEPE)
Si pasas del año, debes crear una via de acceso, si es que puedes volver a pedir la ayuda.
Cuando es tuyo el bien o derecho.
Hay herencias que se aceptan y tardan años en dividirse y adjudicarse, otras no, aceptación y adjudicación son simultáneos
Una vez el bien o derecho es tuyo, opera la suspensión de un mes si llega el caso, y después operan las presuntos rendimientos, que deberas justificar que no superas rentas, para su continuación, si así fuera.
Tienes plazo, hasta un año con los presuntos
Y minimo un mes, en caso de suspensión de un mes
(Si ni siquiera se suspende el mes, no hay nada que comunicar al SEPE)
Si pasas del año, debes crear una via de acceso, si es que puedes volver a pedir la ayuda.