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¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas

44 respuestas
¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas
¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas
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#31

¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas ¿No se aplican convenios?

Es simple curiosidad, todo apunta a que aquí las dos compañías afectadas, la nuestra y la de la empresa responsable del siniestro no aplicaron estos convenios que tienen entre ellas ¿Cuál sería el motivo?

Resumo el asunto para evitar tener que leer todo el hilo 

El 5 de maro de 2025 nos trasladamos a vivir una nueva casa, tras una reforma integral cuyas obras duraron mas de un año, porque por libre elección no contratamos a ninguna cuadrilla, un albañil, su peón, lampista, electricista, etc., pero todavía nos quedan enseres en la antigua casa que poco íbamos trasladando (fines de semana), en cada ocasión íbamos comunicado a nuestra aseguradora AXA los nuevos valores de contenido. 

En fecha 14 de marzo de mismo año, por un corte de suministro de agua en la zona, al volver a conectar, se produce una rotura delante de la puerta de casa, provocando un “geiser” de casi 1,50 metros, más el metro y pico que la tubería estaba por debajo del nivel de calle. Según los técnicos de la compañía pudieron llegar a verterse entre 8 y 12.000 litros de agua a nuestra casa. Esto un viernes por la tarde, lo cual “es fantástico” para conseguir un equipo de limpieza, etc.  

Tras la obtención de presupuestos, se hacen las reclamaciones tanto a nuestra aseguradora AXA, como a la compañía de aguas y al municipio, porque desconocer si tal responsabilidad era municipal o de la subcontrata de gestión de aguas, todo ello con el consejo, ayuda, gestiones, etc. de nuestra correduría. El perito de nuestra aseguradora acepta el 100% de nuestra reclamación en su informe, pero el perito de la aseguradora de la compañía de aguas, que vino tras mas de un mes del siniestro, empieza con las rebajas considerando “textual” que lo que no ve, no lo puede valorar, pues claro en un mes empezamos a limpiar, deshumidificar, etc., y las fotos no debieron ser suficientes para él. La diferencia con la pericial de AXA fue de unos 2.900 € más IVA, el coste del siniestro supera los 20.000 € y no eran aplicables minoraciones por antigüedad, porque era todo nuevo, de alguna forma se vació toda la casa y se construyó de nuevo el interior. 

Por parte de AXA nos restan una pequeña cantidad (inferior a 500 €) más IVA por infraseguro, porque no leí bien la póliza, lo reconozco y los muebles de cocina son  contenido. 

Cobramos el dinero de AXA, a medida que entregamos facturas, los IVA, excepto los 500 euros … Seria a principios de enero que recibimos un correo electrónico de una despacho legal, solicitando como AXA va a reclamar a la compañía de aguas, si queremos que reclamen también la parte no cubierta por infraseguro, los 500 euros mas IVA, ¡Menuda pregunta! Pues claro …..  y entendimos que esto iba para largo, pero no fue así, hace pocos días, nos notifican que realizan el abono en la cuenta de los recibos de seguro, con lo cual es de suponer que la aseguradora de la compañía de aguas se allanó en las tesis de AXA, sin mediar una sala de juicios, de enero a marzo (menos de 3 meses) dudo que exista un juzgado en España al que le presenten demanda, se responda y de juzgue. 

La curiosidad mía, es porque este caso no funcionó por convenio entre aseguradoras ????????????????? 
#32

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas ¿No se aplican convenios?

Por lo que he leído, el convenio SGR sí ha funcionado en este caso. Axa te indemniza y gestiona el recobro al causante de los daños.
Otra cosa es que se detecte que estabas en infraseguro, en cuyo caso es lógico aplicar la regla proporcional.
¿Qué Axa quiera realizar la gestión de intentar recobrar la cantidad del infraseguro a la compañía del responsable?. Lo puede hacer, pero no sé si lo admitirán, dado que hay un evidente infraseguro.
El convenio SGR no funciona igual que el CICOS de Autos, donde el responsable (deudor) paga el módulo y es la propia compañía del perjudicado (acreedor) el que repara a su asegurado.
#33

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas ¿No se aplican convenios?

Pero si nos han pagado la pequeña diferencia por infraseguro !!!!

Vaaaaale, aqui no hay un modulo de "x dinero" fijo .... 
#34

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas ¿No se aplican convenios?

Pues genial. Con un canto en los dientes.
#35

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas ¿No se aplican convenios?

AXA solo puede reclamar lo efectivamente pagado a su asegurado en caso que lo haga por SGR; para reclamar el importe total debería hacerlo por RC, cosa que no creo que hagan para no complicarse la existencia.
#36

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas ¿No se aplican convenios?

Claro, que haya un convenio no quiere decir que funcione como el de automóvil, con módulos fijos. Este SGR es más un canal de recobro.

Podrían haber usado la parte de SGR para recobrar lo que tu aseguradora adelantó. Y después emprender una reclamación en tu nombre por la parte de siniestro sin cobertura (franquicia). Y Lógicamente, si la contraria ha atendido 19.500€ por SGR, no va a negarse a hora a los 500€, porque es una miseria, y porque ya ha aceptado el siniestro a ver como te plantas ahora... (estoy suponiendo, porque lo desconozco, que el uso del SGR no cape la posibilidad de la reclamación posterior, que no debería porque estaría perjudicando al asegurado y eso es inviable legalmente, pero no conozco tanto este convenio)
#37

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas ¿No se aplican convenios?

Todo eso lo entiendo .....como dije es más curiosidad que otra cosa, no obstante la pericial que realizó la aseguradora alemana de la compañía de aguas, tenía una diferencia de 2.900 € ... con la valoración de AXA .. con lo cual no eran solo los 500 del infraseguro, sino 2.400 por diferencias de valoración más dichos 500  euros.

Otra cosa que puede haber ocurrido es que, salvo error por mi parte, estos contratos de seguro de grandes compañías suelen tener unas franquicias muy altas, con lo cual aquí el tema no habrá sido solo entre AXA y la otra aseguradora, sino además la responsable final algo habrá tenido que decir.
#38

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas ¿No se aplican convenios?

No lo mires en términos absolutos, fíjate que debe ser más o menos un 10%, más los 500, un 11-12% ¿? No es gran diferencia.

Sobre la franquicia, es siempre la primera parte del siniestro. O sea, en ni en la diferencia ni en los últimos 500€ les tocará aportar a la empresa siministradora, salvo que la franquicia esté por encima de la totalidad de tu siniestro.

Y otra cosa a tener en cuenta es que "la acción directa es inmune a las excepciones que puedan corresponder al asegurador contra el asegurado" (art. 76 LCS). O sea, si tu reclamas a la aseguradora en acción directa te tienen que indemnizar completamente. Salvo que haya cambiado la jurisprudencia, la aseguradora debería pagar la franquicia.

O sea, que hay tantas variables que podemos intentar cubrir tu curiosidad con elucubraciones pero yo no se si podremos adivinar, sin acceso al expediente completo, que ha pasado realmente por debajo: quién ha pagado qué y por qué.
#39

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas ¿No se aplican convenios?

 
Bueeeeeeno, después de casi 12 meses (se cumplen en la segunda semana de junio)  hemos tenido "el gran honor" de recibir respuesta de la compañía de aguas !!!! 

 

Recordemos que hubo un siniestro principal por un gran vertido de aguas debido a la rotura de una canalización municipal, esto fue en marzo de 2025 y un segundo siniestro, que yo denominé “mini vertido” detectado n la primera quincena de junio de 2025, porque se acumulaba agua en una arqueta muy cercana a casa, y del alguna forma se filtraba a nuestro semisubterráneo (subterráneo por la parte norte y calle por la parte sur y este), nuestra casa forma un dúplex de planta baja y semi subterráneo. Este segundo siniestro fue valorado con una cantidad cercana a los 2.800 € más IVA y así lo entendió el perito de nuestra aseguradora AXA, coincidiendo sin ninguna modificación con nuestra apreciación y los presupuestos presentados por nosotros. Al mismo tiempo presentamos reclamación a la compañía de aguas y al municipio, aun cuando éramos conscientes de que íbamos cobrar de AXA y ya serían luego ellos los que “repetirían” contra la suministradora de aguas. 

Nos llamó un perito de la suministradora, pero el día que pretendía venir no nos era posible a nosotros, nunca volvió a llamar, aunque le remitimos fotografías, facturas, etc. 

Al cabo de casi 12 meses recibimos noticias, de entrada, no parece muy correcto esperar tanto tiempo. A diferencia del primer siniestro, que era bastante mas cuantioso, no nos responde la aseguradora de la empresa de servicios, sino la compañía de aguas directamente, lo cual probablemente confirma que el importe de esta segunda ocasión corresponde a franquicia de la póliza, pero en todo caso este no es mi problema. 

Pues bien, según la cuantificación de su perito, el que nunca se personó siquiera a ver donde estaba la arqueta y como narices podría llegar esto a las paredes de nuestra casa, aunque es probable que vinera y peritase desde la calle o vete a saber si por Google Maps, esto segundo me sorprendería porque las fotos de Google no están actualizadas, son de cuando estábamos en obras, y “el insigne” perito igual que la ocasión anterior “no cree que las cosas valgan tanto dinero” , cree que valen un 15% menos, curiosamente un porcentaje parecido a “la rebaja” en el primer siniestro. 

En fin, lo mando a nuestro corredor y éste a AXA, porque nosotros ya cobramos en su momento y dentro de plazo, y que se aclaren entre ellos.  
#40

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas

Hemos remitido escrito al Servicio de Atención al Cliente de la compañia de suministro de agua, informado de una atención que hay que considerar como muy deficiente, no es presentable responder tras 11 meses y medio. Y aunque nuestra aseguradora pagó en su momento, se presentó la reclamación también a ellos y como poco y en la supuesta calidad de servicio que anuncian, y más ahora que van a cambiar de marca comercial, pues eso, impresentable.

Luego el que valoren el siniestro por debajo del coste real y refrendado por los peritos de AXA, pues si, puede ocurrir, que se peleen entre ellos (la suminstradora y AXA)  a nosotros no nos afectará, pero creo que las formas son importantes y en el caso de nuestra compañia de aguas, en este asunto, tales formas, han brillado por su ausencia.

El problema es que a diferencia de la electricidad, el gas o la teléfonia, por el momento uno no puede cambiar la comercializadora del servicio, si así fuera ya estaríamos fuera. 
#41

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas

Como dices problemas de la falta de competencia. Les da lo mismo contestar en 11 meses como si fueran la administración 😂, porque no les vas a cambiar.

De todas formas, si cambias de comercializadora, cambias con quién pagas, pero la comercializadora no es la dueña de los tubos/cables/x. Los responsables de la instalación sigue siendo el dueño de la instalación, quien suministra, no quien comercializa. No tengo claro que ayude meter otro intermediario, que no aporta nada.

Y es alucinante que después de 11 meses, ni siquiera acepten, ¡ahora quieren ponerse a regatear!!??
#42

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas

 
Lo sé ..... esto de cambiar de comercializadora, que en suministro de agua que de momento no se puede, pero sería para  dar el mínimo de beneficio a estos impresentables.
 
 De todos modos con todas estas "parrafadas" lo que pretendo demostrar en este foro de seguros es que todo esto de las contrataciones de seguros directas sin mediador, a lo mejor pueden ahorrar dinero, aunque está demostrado que no siempre es así,  puede ser un problema serio, y queda constancia a diario en este foro. A la que tienes un siniestro que no sea simplemente una grúa o una determinada pieza de un coche o de una casa, y tengas temas de RC, instalaciones, reparaciones de cierta envergadura del vehículo, etc., lo primero que te encuentras es que si tu instalación o vehículo no es nueva, y no fue mi caso, empezamos con el valor depreciado del bien, yo que vengo de la contabilidad empresarial, entiendo el concepto, pero no así todo el mundo, y luego las valoraciones de la reposición o gastos en los que se incurren.

En mi caso, hemos ido de la mano con el mediador, su responsable de siniestros, acordando cada paso, ventajas de reclamar a la causante al margen de la aseguradora, porque era bueno y que conflicto podría provocar, tener claras las coberturas del seguro, que estaba contratado y que no. Sí, soy de los pocos gilipuertas que se leen las pólizas de seguro, aunque reconozco que no lo entiendo todo, la idea general si queda. Probablemente todo esto no sale a cuenta para un siniestro de 3, 4 o 5.000 €, pero en nuestro caso, eran unas pocas decenas de miles de euros, entonces ahí si sale a cuenta la lucha, porque con que solo te regateen un 5%, es mucho dinero, y el regateo del primer vertido fue del 25% , en este segundo  vertido consecuencial del primero ya es poco dinero. 
 
 Luego está la forma de ser de cada uno, a mi si es mucho o poco dinero, la verdad es que ni me importa, lo que me molestó es que además de ser una jodienda mayúscula que te inunden la casa a los 9 días de empadronarte en ella, y te la vuelvan a inundar (pero menos, porque eran solo un par de goteras) al cabo de 2 meses y medio, pretendan ahorrarse dinero con la idea que una parte del problema lo asuma el propio perjudicado. Puedo entender que la perjudicante (por accidente) revise todos los presupuestos o facturas, para evitar lo contrario, que el perjudicado haga negocio o se monte un baño nuevo a cargo de la compañía de aguas, ahora bien, cuando ya existe una pericial de la aseguradora del perjudicado, que refrenda los gastos presentados y tal aseguradora tampoco tiene interés alguno que este perjudicado se cambie el baño a su costa, salir con rebajas nada menos del 25% no tiene mucha lógica. 


#44

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas

Un periodista cuenta siempre que en el Lloyds le dijo alguien que el regateo es parte de la industria.

A veces parece tan cultural como lo es en algun mercadillo oriental.

Y yo puedo entender cuando la diferentes partidas de coberturas penden de un hilo, ese tratar de llegar a acuedos entre cifras para no discutir en el juzgado.

Pero ahora se ha convertido en reducir un 20% por qué sí, y a todo. Y en efecto, porque en cantidades pequeñas no se puede más que patalear.

Y esas son las que tenemos nosotros en nuestras oficinas, siempre alguna abierta, explicando a una compañia que no "está interpretando" bien su propio condicionado.

Y por esto, en buena parte, las aseguradoras solo nos soportan. No nos quieren. Y si no fuera porque nos necesitan, nos habrían sustituido.

Somos rentables para cualquier cliente, porque en una vida te van a pasar varias de estas. Pero la cebeza del humano está diseñada para resolver puzzles en el momento, no para pensar en el futuro.

Y así la mayoría al contratar piensa más en que se puede ir de cena el finde con lo que ahorra de seguro por teléfono, en que si invierte más no tendrá de que dejar de salir un mes en algún momento.
#45

Re: ¿Algun consejo adicional? Inundacion de la compañia de aguas


 
Para este caso lo primero es notificar a tu seguro de hogar con fotografías y parte escrito — cuanto antes mejor porque tienen plazos para reclamar. Si el daño viene de la compañía de aguas, tienes derecho a reclamarles directamente a ellos la reparación y los daños, independientemente de lo que cubra tu seguro.

El proceso habitual es: 1) denuncia el siniestro a tu seguro, 2) el perito valora los daños, 3) tu seguro se subroga contra la compañía de aguas para recuperar lo pagado. Si el seguro no cubre suficiente puedes reclamar directamente a la compañía de aguas por vía civil.

Guarda todas las facturas de reparación y documentación fotográfica — son fundamentales para la reclamación.