Acceder

Responsabilidad Civil

18 respuestas
Responsabilidad Civil
Responsabilidad Civil
Página
1 / 3
#1

Responsabilidad Civil

Buenas noches. Hace un tiempo, este foro, me fue de gran ayuda. Quería saber si el seguro de comercio era obligatorio. Me ayudasteis mucho y he decidido hacer el seguro. Pero ahora tengo una duda con la cantidad de responsabilidad civil. Las compañías no se ponen de acuerdo y estoy hecha un lío. Es para un bar. Unos dicen que depende del aforo y es una cantidad, otros dicen que no, que la cantidad es otra, un lío. ¿Alguien puede ayudarme y aclararme el tema o a dónde debo dirigirme para que la cantidad de R.C. sea la correcta?. El negocio es en la provincia de Alicante. Muy agradecida de antemano.

#2

Re: Responsabilidad Civil

En tu ayuntamiento te lo dirán. Por ejemplo, en Calvia (Baleares) lo ultimo que he visto, para un aforo mayor de 100 pers. es de 600.000€ (Lo cual me parece exagerado). Pero como de todos modos tienes que presentar la documentacion en el ayuntamiento pasate y te diran la cantidad exacta para la licencia.

#3

Re: Responsabilidad Civil

Se regula en la disposición transitoria cuarta de la Ley 4/2003, de 26 de febrero, de la Generalitat Valenciana, de Espectáculos públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos Públicos y en ella se recogen los capitales mínimos OBLIGATORIOS que deberán prever las pólizas de seguros para cubrir los riesgos derivados de la explotación, en consideración al AFORO máximo autorizado, en concepto de seguro de RESPONSABILIDAD CIVIL:
- Aforo de hasta 50 personas........300.500€
- Aforo de hasta 100 personas.......450.000€
- Aforo de hasta 300 personas.......600.000€
- Aforo de hasta 700 personas.......900.000€
- Aforo de hasta 1.500 personas...1.200.000€
- Aforo de hasta 5.000 personas...1.500.000€

OJO!!! Mucho cuidado con la 1ª cantidad, ya que hay muchas compañías que aseguran cantidades redondas, p.ej. 300.000€ donde debe ser 300.500€ y la multa te la pondrán igualmente.

#4

Re: Responsabilidad Civil

Existen ayuntamiento que se creen bancos hipotecarios y como para la RC, también exigen unos mínimos de continente para ciertas actividades, infórmate.

#5

Re: Responsabilidad Civil

Consejo que me permito darte.
A parte de lo que te obligue la ley...

Si por ejemplo tu local es de aforo 50 y te exigen 300.000 euros por ejemplo, mira la diferencia de precio que puede haber con contratar 600.000. No será el doble. Nunca pasa nada, hasta que pasa... Vale la pena.

#6

Re: Responsabilidad Civil

Estoy de acuerdo con Furia, y tengo constancia del mal asesoramiento de algunos mediadores que no tienen ni idea de esto y les venden el capital que viene en el paquete de garantías sin importarles el aforo. En esta ley esta toda la informacion para la Com. Valenciana
LCV 2003\61 Legislación (Disposición Vigente a 22/3/2006)
Ley 4/2003, de 26 febrero
CORTES VALENCIANAS
DO. Generalitat Valenciana 6 marzo 2003, núm. 4454, [pág. 7183]; BOE 4 abril
2003, núm. 81, [pág. 13065];
ESPECTACULOS Y ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS Y ACTIVIDADES
RECREATIVAS. Ley de Espectáculos Públicos, Actividades Recreativas y Establecimientos
Públicos

#7

Re: Responsabilidad Civil

Alguien me podría informar si el aforo se refiere al interior de un local, en este caso concreto un bar, o también estaríamos hablando de la terraza? Y si es norma general que la la RC para terrazas se establece como prima base 50% de la RC general?, o más concretamente, la RC para terrazas tiene que ser la misma que la del interior del local? Espero vuestra ayuda. Gracias.

#8

Re: Responsabilidad Civil

Tal como dice Cartman, no te compliques y contrata un tramo superior, el precio no será descabellado y un herido muy grave no se 'soluciona' con 300.000 euros...