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Emails cancelación de pólizas

13 respuestas
Emails cancelación de pólizas
Emails cancelación de pólizas
#1

Emails cancelación de pólizas

Hola.

Como de todos es sabido para anular una póliza hay que avisar con antelación. Tengo números de fax de varias compañias, pero en cuestión de emails no tengo muchos porque no son muy transparentes algunas compañias.
Aparte de Unespa, en la cuál no salen muchos fax ni muchos emails, sabéis de alguna página o algún archivo donde poder sacar una lista de estos emails, aunque sea de las compañias más importantes?
Gracias

#2

Re: Emails cancelación de pólizas

No te recomiendo enviar mails para anular pólizas, no queda constancia de su recepción, es más recomendable enviar un fax con constancia de contenido mediante imagen, burofax o carta certificada con constancia de contenido. Un saludo

#3

Re: Emails cancelación de pólizas

El email en sí no vale. Debe ser un escrito escaneado y firmado por el tomador

#4

Re: Emails cancelación de pólizas

Buenas, toda la información que necesitas puedes encontrarla en http://www.dgsfp.mineco.es/Sector/EntidadesAseguradoras.asp
Introduce en denominación (que contenga, preferiblemente) el nombre compañía, te vas para abajo y le das a buscar, pinchas en el link y te salta la información principal, si quieres más como servicio atención cliente, defensor...clickea en la parte final sobre cuadros grisaceo.

#5

Re: Emails cancelación de pólizas

Es la compañía de seguros la que te tiene que notificar el precio de renovación de tu seguro de forma fehaciente (burofax por ejemplo) con la antelación que marca la ley.

Si ellos no cumplen (y la mayoría no cumplen nunca) tú tampoco tienes que cumplir con ningún plazo de preaviso. Sólo tienes que devolver el recibo en el banco y meterle un bloqueo al emisor y ya está.

#6

Re: Emails cancelación de pólizas

No existe esa ley,estas equivocado.
Tendrás que repasar la ley del seguro.

#7

Re: Emails cancelación de pólizas

No dudo de tu buena intención, pero te equivocas.
La mayor parte de las pólizas de seguro son anuales y se renuevan automáticamente. El asegurador no debe avisar al cliente de su renovación,puesto que en el contrato ya se establece una cláusula de renovación automática de dicho seguro, salvo oposición de alguna de las partes. Únicamente en el supuesto en el que el asegurador no desee prorrogar el contrato, tal y como establece la ley 50/80 que mencionas, deberá avisar de forma fehaciente con una antelación mínima de dos meses. Dicho plazo se reduce a un mes, si es el asegurado el que desea que no se renueve automáticamente el seguro.
Cuestión diferente es cuando el precio de renovación es sensiblemente más alto del criterio establecido en la póliza, en ese caso si que se podría resolver el contrato si el asegurador no notifica el precio de renovación de forma fehaciente con una antelación mínima de dos meses, dejando por lo tanto tiempo al asegurado para decidir si pone fin a la relación contractual oponiendose a su prórroga o por el contrario acepta el nuevo precio. Un saludo

#8

Re: Emails cancelación de pólizas

Es posible que no me haya expresado bien, pero me estaba refiriendo al caso en que la aseguradora sube el precio de la renovación del seguro, y está obligada a notificar con 2 meses de antelación el precio, si no recuerdo mal. De momento no he conocido a ninguna aseguradora que no suba el precio de un seguro de un año para otro, con subidas sustanciales en la mayoría de los casos (al menos +20%). En ese caso la aseguradora tiene que notificar el nuevo precio, y en los años que llevo contratando seguros jamás he recibido una notificación fehaciente con el precio de renovación. En ese caso, el asegurado, al no recibir notificación fehaciente, no tiene por qué cumplir ningún plazo de preaviso de no renovación de la póliza. Puede devolver el recibo tranquilamente y por muchas cartas amenazantes que envíe la aseguradora (cartas ordinarias además!!! para qué mandar un burofax?), no conseguirá nada porque no ha notificado el nuevo precio.

En líneas generales, si uno recibe por correo ORDINARIO la típica carta de "no cumplió usted como cliente / asegurado con el preaviso" y le vamos a demandar si no paga la renovación, ya la puede tirar tranquilamente a la basura porque eso no va a ningún lado.

Hay compañías aseguradoras que hasta me han confirmado por teléfonos que graban (yo también grabo estas conversaciones) que me han incluido en la renovación del seguro coberturas extra que yo no he solicitado, y que implican una subida sustancial de precio de renovación de la póliza. En estos casos se está modificando la póliza y por tanto el contrato inicial porque se incluyen nuevos términos de forma unilateral, y el cliente no tiene por qué aceptar un nuevo contrato en otros términos.

#9

Re: Emails cancelación de pólizas

Algo sabes pero confundes términos, llevas años contratando seguros de forma particular y se leen y oyen muchas cosas que no son correctas y las damos por buenas sin mas.
Solo tienes algo de razón en tus últimos párrafos, en los demás estas muy despistado con tanta información que se cruza y que no es del todo correcta.
Lo de las devoluciones de recibos ya empiezan a tener mucho peso, las primas empiezan a ser muy personales y estas devoluciones ya se empiezan a tener en cuenta para el calculo de estas primas, no aconsejes mas estas cosas que después te las podrían echar en cara si a quien se lo recomiendas no le sale bien la jugada.

#10

Re: Emails cancelación de pólizas

Creo que no confundo términos; ésta es la base legal:

Ley del Seguro (texto consolidado)

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1980-22501&tn=1&vd=&p=20150715&acc=Elegir

Aquí viene una explicación de lo que comentaba:

http://ahorro.acierto.com/seguros-coche/compania-subir-unilateralmente-precio-seguros-coche

"En ocasiones puede suceder que el asegurado comunique a su compañía la baja el seguro del coche, y que esta le deniegue la petición esgrimiendo que debería haber avisado con dos meses de antelación. Estaría en su absoluto derecho en virtud de lo especificado en el artículo 22 de la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro. Pero lo que no saben muchos asegurados es que la compañía tiene que avisar, también con dos meses de antelación, si va a encarecer el seguro."

"La revisión anual de la prima al alza sin comunicación previa incumple un principio general en materia de contratos al dejar al arbitrio de la entidad aseguradora el aumento de la prima."

#11

Re: Emails cancelación de pólizas

Lo de las coberturas extra supongo que te refieres a la actualización de coberturas de los productos que se lleva a cabo en todas las pólizas cuando se incorporan nuevas garantías a un seguro, y se aplica a las pólizas de nueva contratación y las de cartera. Es cierto que en ese caso se cobran dichas incorporaciones junto a la actualización de la prima, pero en mi experiencia suelen ser garantías adicionales que no suelen suponer un aumento sustancial de la prima, aunque puedo estar equivocado. Un saludo

#12

Re: Emails cancelación de pólizas

Efectivamente la asegurador te tiene que comunicar si la prima varia, pero suele ser muy raro eso, lo normal es que se incremente en lo que tiene previsto la póliza que se contrata y se firma, la mayoría de las veces lo que se pierde es el descuento comercial que se aplique a esa póliza, que puede ser perdida de golpe o un porcentaje por año transcurrido, pero eso no es cambio en la prima y no se tiene que comunicar, parece lo mismo pero no lo es, y eso en un juicio se pierde, siempre que lo tenga anotado en la póliza firmada, tu quieres interpretar la ley en tu beneficio y eso no cuela.

#13

Re: Emails cancelación de pólizas

No debe ser tan raro, porque en alguna ocasión incluso he contratado seguros muy caros, que sé que tienen hasta un recargo muy importante, y para la renovación anual pretenden pasar además un 20% más de sobreprecio. E insisto, me refiero a seguros que en el momento de la contratación por motivos muy particulares los contrato con un recargo que está totalmente fuera de mercado, y aún así de cara a la renovación pretenden pasar una prima de un 20% más, sobre una cantidad que tiene ya un recargo tan alto que, para que se haga usted una idea, otras compañías ni me dejan contratar algo tan caro en relación a las coberturas ofrecidas (directamente no ofrecen seguros con esas coberturas a ese precio tan desorbitado).

No aplico la ley a mi favor. Se aplica la ley del seguro, tal y como viene explicada en los links que he puesto más arriba.

#14

Re: Emails cancelación de pólizas

Este año por ejemplo para mi seguro de auto de todo riesgo con franquicia la renovación del la prima pasaba de 310 euros a 460 euros. Les llamo y me dicen que me han incluido coberturas nuevas en la prima.

Jurídicamente eso es una modificación unilateral del contrato, además con un recargo del 48%, y da derecho a la resolución de contrato si no me notifican en plazo de forma fehaciente tanto el nuevo precio como las modificaciones y nuevas coberturas que no he solicitado y se han incluido en la póliza de forma unilateral por parte de la aseguradora.

Saludos!