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Me requieren prima a través de una sociedad de cobros

16 respuestas
Me requieren prima a través de una sociedad de cobros
Me requieren prima a través de una sociedad de cobros
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#9

Re: Me requieren prima a través de una sociedad de cobros

Creo que mezclais curras con merinas, como se suele decir.

Betico45 no tiene razón, el seguro no es nulo, el seguro está en vigor mientras no abones lo pagado. O mejor dicho, has dejado de abonar una cosa a la que te has comprometido y que yo admití que me pagaras a plazos. Un TV que pagas a plazos si se te quema dejas de pagarlo?

Y a Avante, decirle que das a entender que se puede dejar de pagar, cuando lo que dice la ley es que si quieres renovar tiene que comunicar a las partes el cambio de Tomador/Asegurado y si es de renovación automática y no comunicas con suficiente tiempo la anulación el seguro, este seguirá sigue en vigor siendo solidarios tanto el nuevo adquirente como el anterior.

#10

Re: Me requieren prima a través de una sociedad de cobros

En ningún caso doy a entender que hay que dejar de pagar. Lo que hago es transcribir un artículo de la Ley en el que indica con toda claridad que en el caso de que se traspase la cosa asegurada el seguro se traspasa también y tanto el nuevo comprador como el antiguo titular responden solidariamente del pago del seguro.
Por favor, no interpretes tan libremente mis aportaciones. Basta releer el asunto para darse cuenta de que has valorado mal mi comentario.
Saludos

#11

Re: Me requieren prima a través de una sociedad de cobros

Pues acabo de leer el seguro de coche de mi hermano en linea directa aseguradora y dice claramente en mayusculas y en letra roja:LA POLIZA NO SE RENOVARA EN CASO DE TRANSMISION DEL VEHICULO ASEGURADO.

#12

Re: Me requieren prima a través de una sociedad de cobros

Si transmites el coche,yo entiendo que si cambia el riesgo aunque sea el mismo coche. No es igual yo con 25 años de carnet que un chaval con 18 años y obtenido hace un mes el carnet de conducir.Incluso me ha pasado a mi que el mismo seguro vale 20-30 euros mas en Sevilla que en Ciudad Real, va tambien por provincias el riesgo

#13

Re: Me requieren prima a través de una sociedad de cobros

En la Ley todo eso está previsto. Incumbe al asegurado transmitir la póliza como un elemento más de la cosa tranmitida al nuevo comprador. Pero el asegurador se reserva el derecho de aceptar o no la nueva situación ¿Por qué? El Artículo 12 de la Ley nos aclara cómo funcionará esa selección de riesgo a la que aludes y que en ningún caso supone una entrada en conflicto con el deber de traspaso. Dice "El asegurador puede en un plazo de dos meses a contar del día en que la agravación le ha sido declarada, proponer una modificación del contrato. En tal caso, el tomador dispone de quince días a contar desde la recepción de esta proposición para aceptarla o rechazarla. En caso de rechazo, o de silencio por parte del tomador, el asegurador puede, transcurrido dicho plazo, rescindir el contrato previa advertencia al tomador, dándole para que conteste un nuevo plazo de quince días, transcurridos los cuales y dentro de los ocho siguientes comunicará al tomador la rescisión definitiva.
El asegurador igualmente podrá rescindir el contrato comunicándolo por escrito al asegurador dentro de un mes, a partir del día en que tuvo conocimiento de la agravación del riesgo. En el caso de que el tomador del seguro o el asegurado no haya efectuado su declaración y sobreviniere un siniestro, el asegurador queda liberado de su prestación si el tomador o el asegurado ha actuado con mala fe. En otro caso, la prestación del asegurador se reducirá proporcionalmente a la diferencia entre la prima convenida y la que se hubiera aplicado de haberse conocido la verdadera entidad del riesgo."

Como verás este apartado de nuestra legislación protege abiertamente al asegurador, no al consumidor de seguros. Por ello aludía a que el mediador de seguros quien tiene la obligación de conocer esta Ley especialmente, tenía el deber de advertir a su cliente acerca de cual era exactamente el procedimiento y las consecuencias.

El cambio de provincia a que aludes no es sino otra situación de cambio en el riesgo que el asegurador debe conocer y valorar. En este caso juega a tu favor.

Un saludo,

#14

Re: Me requieren prima a través de una sociedad de cobros

Eso deberia ser asi, que el mediador supiera las leyes que afectan a los seguros y muchos no tienen ni idea, al igual que yo el monton de leyes y decretos que afectan a la farmacia, joe si tenemos hasta en la carrera una asignatura que es Legislacion Farmaceutica.Pues no tenemos leyes, ley general de sanidad, del medicamento, de la receta, de los psicotropos y estupefacientes, etc....Hombre que muchas veces nos las saltemos, pues si, en que farmacia no te han dado un nolotil o un voltaren sin llevar receta,por poner un ejemplo, pues en ninguna.Pues inclumimos la ley, al igual que cortar el cupon precinto y que despues nos traigan la receta....30000 euros de multa si nos coje el inspector de farmacia.

#15

Re: Me requieren prima a través de una sociedad de cobros

Me parece razonable que tú, como "comerciante" decidas jugarte 30.000 € TUYOS si cortas el cupón antes de tener la receta. Es tu decisión y la tomas ante quien consideras un "buen cliente" porque dudo que hagas eso con alguien que cruza por primera vez la puerta de tu oficina de farmacia.

El problema del mediador consiste en que al hacer algo que va contra la Ley o que no tiene en cuenta las reglas del juego que las Leyes establecen para el seguro lo que hace es que compromete los bienes y los recursos financieros de su cliente, no los propios. Te garantizo que si los mediadores tuviéramos que poner de nuestro bolsillo el resultado de las pifias este mercado sería más serio.

Por cierto, dos anotaciones: una de ellas es que los corredores sí exponemos nuestro patrimonio e incluso nuestra autorización administrativa en cada acto profesional. Por ello debemos contar con un seguro de RCivil mínimo de 1.000.000 € por siniestro con ambito CEE. La otra: hace unos días recibí el formulario de renovación de mi aseguradora de RCProfesional con quien tengo suscrita una cobertura de 2.000.000 € y ahora la incremento a 3 millones. Me hizo gracia ver que hay una opción en materia de protección de datos que no puedo contratar si... soy un bancasegurador ¿por qué será?

Abrazos,

#16

Re: Me requieren prima a través de una sociedad de cobros

Nosotros tenemos un seguro de responsabilidad civil (que no quita si llega el caso, lo penal o perdida del ejercicio profesional por x años), de 50 millones de euros que pagan los colegios de farmaceuticos. Bueno la poliza la hace el colegio y al final va incluida en la cuota mensual.