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¿Obligaciones de las aseguradoras?

17 respuestas
¿Obligaciones de las aseguradoras?
¿Obligaciones de las aseguradoras?
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#1

¿Obligaciones de las aseguradoras?

Saludos a tod@s.

el tema que planteo y sobre el que tengo dudas es si las aseguradoras tienen alguna obligación con nosotros, los asegurados, antes de la renovación automática de una póliza. Los asegurados, para anular una póliza, tenemos que avisar con dos meses de antelación y he oído algo sobre que las aseguradoras te tienen que informar por escrito de las condiciones/precio de la renovación. ¿Es esto cierto? ¿Tienen que mandar la carta obligatoriamente? Y si no nos escribieran, ¿se puede devolver el recibo de la nueva póliza y anularla?

Como os podéis imaginar estoy en esta situación que os cuento, con un nuevo seguro y la compañía anterior pidiéndome que pague por no haberlo cancelado en el plazo.

Gracias de antemano por vuestros comentarios.

Un saludo.

#2

Re: ¿Obligaciones de las aseguradoras?

Efectivamente, las aseguradoras también tienen ciertas obligaciones. Entre éstas las de comunicar con al menos 2 meses de antelación cualquier modificación en las condiciones del contrato (entre ellas el precio) y/o la decisión de anulación.

En el caso que planteas, si el precio te ha subido, tendrían que haberte avisado con al menos dos meses. ¡Ojo!, en Hogar suele incluirse cláusula de revisión del IPC por lo que la subida por dicha cantidad estaría contemplada. Si la subida es mayor, entonces sí tendrían que haberte avisado.

En consecuencia, en esos casos, sí puedes devolver el recibo sin habérselo comunicado. Es posible que ellos te reclamente pero tu puedes argumentar que la subida es un cambio en las condiciones del contrato que no te han avisado ellos. El posible "peligro" es que si deciden no aplicar la subida y dejarte el seguro al mismo precio del año anterior, estarías obligado a renovar con ellos aunque hubieses encontrado una compañía que te haya hecho una oferta mejor.

#3

Re: ¿Obligaciones de las aseguradoras?

Gracias, Emmamami, por tus comentarios.

El seguro es de automóvil y, efectivamente, ha subido algo respecto al año anterior, aunque no sé si suelen llevar la clausula del IPC.

Entiendo entonces que, al no haberme avisado de la subida, estarían obligados a aceptar mi renuncia ¿no?

Un saludo.

#4

Re: ¿Obligaciones de las aseguradoras?

En seguro de autos, que yo recuerde o haya visto, no incluye la cláusula de revalorización. Como te decía, sí están obligados a aceptar puesto que han modificado las condiciones del contrato y las nuevas no te interesas pero, como te decía, ojo por si te ofrecen mantenerte el precio.

#5

Re: ¿Obligaciones de las aseguradoras?

Gracias de nuevo, Emmamani, por tu comentario. Me queda claro, creo.

Un saludo.

#6

Re: ¿Obligaciones de las aseguradoras?

Las pólizas de seguros anual renovables, que la mayoría contratamos, llevan siempre la renovación al vencimiento ya incluido en lo contratado, por lo tanto no tienen que comunicarte la nueva prima con ningún margen de días para que tú la apruebes, lo normal es que te remitan una carta indicándote que procederán al cargo de x a la cuenta reseñada en póliza.
Si al vencimiento lo que modifican son nuevas condiciones o garantías, si te tienen que comunicar, con al menos 2 meses de antelación al vencimiento de las garantías, esta modificación para su consentimiento.
Los seguros de hogar, y ningún seguro que yo conozca, tienen contemplada ninguna subida del IPC, eso no lo conozco y creo que no existe.
Un saludo.

#7

Re: ¿Obligaciones de las aseguradoras?

Muchas gracias, Asesor. Creo que ya tengo las cosas claras con los comentarios que Emmamani y tú me habéis hecho.

Un saludo.

#8

Re: ¿Obligaciones de las aseguradoras?

tenia un contrato de seguro de coche con mapfre hasta el 18 de marzo 2015..el dia 19 marzo me dieron una nueva poliza hasta el dia 19 de marzo 2016..tuve que pagar trimestral..al fin de marzo yo pedi a una officina de mapfre de cambiarme mis datos personales(adresso,correo electronico)para poder pagar mis recibos correctamente..me dijeron que lo iban a cambiar pero no lo hicieron..resulta que me mandaron cartas de pago en avril a mi viejo domicilio y me avisaron de anular mi contrato..esas cartas nunca me llegaron ni la carta que me iban a anular mi contrato el dia 12 de mayo 2015..segun mis informationes mapfre podria resolver el contrato por impago si fuera culpa mia..o hubieran sido obligado de mandarme una carta cerificada con dos meses de antelacion informandome sobre la anulation de mi contrato?