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Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

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Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?
Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?
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#5337

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

Duplicado

#5338

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

William te digo lo mismo que a Pakky, espero que tengaís mas suerte que yo, llevo desde Marzo solicitando copias de mis contratos y test, por email a el sac, carta certificada a la oficina y BUROFAX a la misma, y esta es la hora que no los han encontrado !!! ...que si está buscando todas las cajas,.... que si viene de la central, .... qe si no estará bien archivados ??? todas las excusas habidas posibles. como lo ves ?, que hago denunciar por que no me entregan nada de documentación ??.

#5339

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

Hombre, si has enviado BUROFAX y siguen sin entregarte la documentación... el siguiente paso es enviar nuevamente un BUROFAX exigiendo que, si no te entregan la documentación solicitada tal día por el mismo medio antes de tal fecha, tomarás las acciones legales pertinentes.

Una clara amenaza.

Y si no las encuentran, pues de puta madre para ti. Que demuestren ellos que tú consentiste la compra de preferentes. Juicio ganado automáticamente.

#5340

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

Gracias, bien aclarado, aunque me parece algo exagerado que el montante de la operación te salga por más de un 30%...
De todos modos, la opción de perder en el Juzgado no la quiero ni contemplar cuando se de el típico caso de persona mayor, sin conocimientos, perfil conservador, etc. Sería directamente como para volverse loco...

#5341

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

http://loquemepasaporlaabezagag.blogspot.com/2012/07/espana-memorandum-de-entendimiento-mou.html

Leed los puntos 17, 18 y 19 del famoso MOU (se ve que está traducido por google o algo así, pero se entiende):

"17. Se tomarán medidas para minimizar el costo para los contribuyentes de la reestructuración bancaria. Después de asignación de las pérdidas a los accionistas, las autoridades españolas exigen reparto de la carga medidas de los titulares de capital híbrido y titulares de deuda subordinada de los bancos reciben del público de capital, incluyendo la aplicación voluntaria y, cuando sea necesario, obligatorio Ejercicios subordinados Responsabilidad (SLES). Los bancos que no necesitan de la ayuda estatal estará fuera de la alcance de cualquier ejercicio de reparto de la carga obligatoria. El Banco de España, en colaboración con la La Comisión Europea y la EBA, supervisará las operaciones de conversión híbrido y instrumentos subordinados a la deuda senior o la equidad."

18. La legislación se introdujo a finales de agosto de 2012, garantizar la eficacia de los SLES. Las autoridades españolas adopten las modificaciones legislativas necesarias, para permitir que para SLES obligatorias si el reparto de la carga requerida no se logra de forma voluntaria. Estas modificaciones también deben incluir disposiciones que permitan que los titulares de capital híbrido instrumentos de deuda subordinada y participar plenamente en las SLES. A finales de julio de 2012, el Autoridades españolas a identificar los pasos legales que se necesitan para establecer este marco, por lo que su adopción puede ser completado a finales de agosto de 2012. El Banco de España inmediatamente a desalentar cualquier banco que puede ser necesario recurrir a las ayudas estatales de llevar a cabo Los AVE a una prima de más del 10% de la par por encima de los precios del mercado hasta diciembre de 2012.

19. Los bancos con déficit de capital y que necesitan ayuda del Estado llevará a cabo Los AVE en contra de la fondo del marco jurídico revisado y de acuerdo con las normas sobre ayudas de Estado por, la conversión de híbridos de capital y deuda subordinada en capital en el momento de capital público inyección o mediante la compra de nuevo con importantes descuentos. Para los bancos del Grupo 3 de esta regla se aplicará el 30 de junio de 2013, si todavía están en la recepción de los fondos públicos. Para los que no los bancos viables, SLES se También es necesario que se utilizará en toda la medida de reducir al mínimo el costo para el contribuyente. Cualquier capital déficit derivado de los problemas que surjan en la ejecución de SLES no será cubierto por la asistencia EFSF.

#5342

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

Totalmente de acuerdo, yo lo he enviado todo hoy, ya veremos cuanto tardan en darme los papeles

#5343

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

Hola a todos, a ver si podéis ayudarme, voy a enviar un Burofax a la oficina y solicitar copia de la documentación, pero quería saber que es exactamente lo que tengo que poner. Muchas gracias.

#5344

Re: Participaciones preferentes serie c de la cam, ¿que pasará con ellas ahora?

Ahí está el quid de la cuestión: "Los bancos que no necesitan de la ayuda estatal estarán fuera del alcance de cualquier ejercicio de reparto de la carga obligatoria"

La pregunta es: ¿Banco CAM está fuera de la ayuda o no? Si no está fuera, canjeo. Si está fuera, me quedo con las preferentes.

Pero es que nadie es capaz de darme respuesta a esto. Ni el BdE, ni la CNMV, ni el Sabadell, ni la CAM.

Nadie. Y así estoy. A 6 días hábiles de tomar una decisión sin saber qué cojones hacer.