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No canjeamos en Bankia. ¿Y ahora qué?

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No canjeamos en Bankia. ¿Y ahora qué?
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No canjeamos en Bankia. ¿Y ahora qué?
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#689

Re: No canjeamos en Bankia. ¿Y ahora qué?

Por cierto, noticias relativamente buenas ( comparándolas con las que ha habido hasta ahora! ) para aquellos que canjearon por acciones... esperemos que esta vez sea una subida real, y no una manipulación del valor...

http://www.elboletin.com/index.php?noticia=58274&name=mercados

#691

Re: No canjeamos en Bankia. ¿Y ahora qué?

Buenos deseos los tuyos, Goyobelix. Y que no falten por supuesto.

Pero la única manipulación que queremos es la restitución de lo que en justicia nos corresponde a los no-inversores estafados. Y como dije en anteriores posts, va más allá del 100% del valor nominal de los títulos. Depende de los daños y perjuicios ocasionados a cada persona en función de sus circunstancias.

#692

Re: No canjeamos en Bankia. ¿Y ahora qué?

Aunque pecando de ingenuo, parece que hay algunos motivos para que Bankia no canjee por capital las preferentes que quedan por canjear ( y no me refiero a la diluccion de las acciones, ya que ésta se produce al capitalizarse con las ayudas a la banca ):

http://laeconomiadelosconsumidores.adicae.net/?articulo=914

Repito, pecando de ingenuo. Se canjearon unos 1150 millones de € en marzo por acciones, y si se canjean las preferentes que quedan son 3125 millones más ( bueno, hay que restar la parte de la quita ), pero las necesidades de capitalización de Bankia son tales, que el porcentaje de ex- preferentistas convertidos en accionistas descontentos no se si seria lo suficientemente significativa...

#693

Re: No canjeamos en Bankia. ¿Y ahora qué?

Ignacio, esto que dices lo puedes afirmar categóricamente, te lo ha dicho algún abogado , algún forero?? Pregunto eh?? Es simple intuición?? Yo tengo entendido que si se accede al canje ya no puedes pedir la nulidad de contrato, pero sí puedes demandar por daños y perjuicios. Otra cosa es que convenga más demandar por vicio del consentimiento que por daños y perjuicios derivados no sólo de ese vicio del consentimiento sino de la obligación de canjear, y encima con una quita. Porque a ver si alguien aclara de una vez si el canje con la quita es obligatorio o no lo es. La quita es seguro que se va a dar, pero si te dicen en el MOU que los titulares de deuda subordinada y p.p. tienen que asumir pérdidas... no significa eso que te obligarán a canjear??? Ahora bien, una vez canjeado, si te obligan, puedes reclamar por daños y perjuicios, según parece, pero el problema es que ya no sería contra CAJA MADRID-BANKIA , sino contra el FROB-BANKIA, es decir, de alguna manera es el Estado quien aunque sea de forma subsidiaria tendría que indemnizar si se gana el juicio, al estar nacionalizada BANKIA. Pero acaso ahora mismo si demandamos a CAJA MADRID- BANKIA por vicio del consentimiento no es el Estado Español el que está detrás intentando que se impongan unas quitas y dejando a la gente que se desespere y se conforme finalmente a perder dinero?? Sí, pero lo que se pediría es la nulacion de contrato por lo que pasó en un principio, en 2009, 2010, 2011 ,cuando se adquirieron las p.p. Ok, pero y si en vez de vicio del consentimiento decimos que hay incumplimiento de contrato por haber cerrado el Mercado durante meses??? No es posible eso?? O bien por haber infringido la normativa MIFID, etc..

En todo caso, si el canje fuese voluntario, entendería que lo que dices, Ignacio, fuese asi. De ser obligado no estaría de acuerdo, aunque creo que hay que consular con expertos asesores o abogados para asberlo con seguridad. Acaso existe un abogado que lo sepa con total certeza?? Espero que sí.

#695

Re: No canjeamos en Bankia. ¿Y ahora qué?

Parece que también, para efectuar el supuesto canje, no todas las emisiones de preferentes de Bankia tienen el mismo valor en el mercado, por lo que es dificil dar una solución uniforme:

http://www.cincodias.com/articulo/mercados/titulares-preferentes-tendran-asumir-perdidas-65/20120711cdscdimer_4/

Bruselas no permite que haya una prima de mas del 10 % sobre el valor de mercado al efectuar en canje, pero permite que el estado ponga el resto del dinero a cargo de los presupuestos de estado. Ahora, ciertamente, eso es imposible ( no hay dinero! ) pero es factible si la devolución del nominal se hace dentro de unos años ( la crisis son cíclicas, ya se sabe, despues de años de vacas flacas vienen las gordas, y viceversa )... otra cosa es que haya voluntad política necesaria para resarcir a los afectados...

#696

Re: No canjeamos en Bankia. ¿Y ahora qué?

No lo puedo afirmar categóricamente. Además no soy abogado. Me baso en los diálogos que mantiene W. Petersen en su Blog con otros foreros. En el fondo de mi idea, subyace la figura del vicio de consentimiento. En consecuencia, si desaparece el contrato por un canje, ya no hay nada sobre lo que reclamar.

Por otra parte, el sentido común me dice que si OBLIGAN a un canje que provoque graves perjuicios, debería haber algún resorte de "La Justicia" al que poder acogerse. En estos momentos lo desconozco.

Ánimo en tu lucha Geodisei. Tu persistencia, dedicación y coraje seguro que te llevan a buen puerto.

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