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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE
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#24281

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

“El despacho Martinez-Echevarría-Perez y Ferrero avanza en su exitosa lucha por recuperar el dinero invertido y cautivo en preferentes.

Recientemente obtuvo una sentencia favorable que condenó al Banco a devolver 90.000 euros más intereses legales, y las comisiones de custodia de valores que le cargaban. Según el Juzgado de Primera Instancia de Torremolinos en una sentencia que es firme al no haber sido recurrida, el Banco incumplió su obligación de ofrecer un producto adecuado al perfil inversor del cliente, y no suministró toda la información precisa para comprender sus riesgos. Entre estos riesgos estaba el del carácter perpetuo – propio de las participaciones preferentes-, ya que al cliente se le dijo que podía recuperar su dinero cuando quisiera con sólo avisarlo “unos días antes”. La realidad fue muy diferente y cuando quiso su dinero se le dijo que era imposible porque nadie quería comprar estos valores, que acumulaban una pérdida latente de 45.000 euros. A día de hoy el cliente ha recuperado su dinero al haberse ejecutado la sentencia.

En otro asunto similar, aunque el perfil del cliente era algo más elevado, la entidad bancaria tras recibir la demanda, presentada en el Juzgado de Primera Instancia de Málaga, ha devuelto voluntariamente el dinero invertido, 200.000 euros, con intereses legales desde la fecha de la inversión (más de 50.000 euros), por lo que se ha obtenido una solución rápida y muy económica para el cliente, que en poco más de dos meses ha visto resuelto el litigio.”….

Pueden ponerse en contacto con nosotros a través del 687 792392 o [email protected]

Un saludo

#24283

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Ese misma explicaión que posteas es la que dió la forera lucia211, a quien le hice la misma pregunta de cómo vender las acciones, y esta fué su respuesta:

"Seguramente tengas firmado con Bankia el"CONTRATO DE DEPOSITO O ADMINISTRACIÓN DE VALORES".

En las cláusula novena te dirá que puedes presentar la orden por escrito en tu sucursal, ellos ya la hacen llegar a BankiaBolsa.

Tambien si miras en BankiaBolsa.es puedes darte de alta si ya eres cliente de Bankia y poner la orden tu mismo por internet (una vez que te den las claves para operar)."

#24284

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Sinceramente, si tu objetivo es vender el primer dia y plantarte en la sucursal para que te pongan una orden de venta a mercado, no creo que los primeros dias las acciones coticen más allá de 60 centimos.
eso hace que tu inversion inicial de 1000 € a la venta de las acciones valgan menso de 300€

Quizá por eso las preferentes de cajamandril se coticen en el SEND al 30 y nadie las quiera, a 27% sí
¿que significa eso? pues que si hubieras vendido hoy 1000 € de esa preferente te hubieran dado 270 € en efectivo y fin de la historia.

Suerte con la decision, la tuya y la del FROB

#24285

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

diezlunas ¿Por que no llamas a Antonio?

#24286

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Bueno, mas o menos lo tienes.
La prima que se va a pagar es 0.36, por lo que las acciones nos las valoraran a 1,36 euros.
Las acciones ya cotizan en bolsa, actuañmente a 0.19 euros, que una vez realizado el contrssplit equivaldría a 19 euros por título nuevo.
Por supuesto que esta no va a ser la cotización de Bankia cuando tengamos las acciones, pero tampoco tiene por que ser 1 euro.
Yo creo que los primeros días serán caoticos para la venta. si quieres venderlas tienes que ir a la oficina de bankia el día que las adjudiquen y dar orden de venta de las acciones, la orden la puedes dar por lo mejor, que significa que te la venden en ese momento al mejor precio que exista de compra, pero ojo, al mejor de ese momento, no del día.
También si quieres puedes fijar un precio mínimo, es decir que si no esán por encima de ese precio, no las vendes, esto puede ser bueno para intentar que no te pillen en los primeros momentos de incertidumbre y abalanchas de cotización.
Si la orden no se ha ejecutdo se puede anular en cualquier momento de la mañana y cambierla por otra con otros precio mínimo, pero ojo, cadda vez que anulas una orden de venta te van a cobrar una comisión de cancelación de orden.
Yo te aconsejo que vayas siguiendo este foro según se acerque le periode de adjudicación, sin duda se pondrán mas comentarios sobre la evolución posible de los títulos, yo sinceramente creo que a corto plazo su valor va ser inferior a 1 euro, entre 0,60 y 0,80 euros y posteriormente, si logran beneficios en el 2013, para el año que viene puede empezar a remontar, aunque no lo tiene facil, han hecho mucho daño a su base de clientes tradicionales y estos no lo van a olvidar.
Si neceitas mas información de algún tema en concreto, dímelo.

#24287

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

Y los bonos patrioticos que emitio la generalitat del tripartito y que se han pagado rescatando a esa comunidad con el dinero de todos...eso que era...??
Cada dia me dan mas asco ciertas posturas partidistas de gentuza que solo mira por ellos y que les importamos una mierda.
En este pais solo miramos el interes propio y con argumentos torticeros y asi nos va.
Mas les vale callarse la boca...aqui hay para todos...
Un saludo.

#24288

Re: Que pasará con las Participaciones Preferentes de Caja Madrid al 7% TAE

¿Te han contestado eso?
No sé de tu caso particular, pero si TU eres el titular, i si NO HAS PEDIDO OTRO Certificado de Legitimación en los últimos 6 meses, TE LO TIENEN QUE DAR pues tú eres el titular de las PPFs, y para acreditar esa titularidad es para lo que vale el certificado: y con esa acreditación puedes hacer lo que quieras con tus participaciones, desde bloquearlas a llevártelas a otra gestora.
Ese certificado te lo emite la entidad, pero su base son los apuntes en cuenta bajo la custodia de Iberclear (un organismo independiente a las entidades).
A mí me la han dado 2 veces en un año: una en mayo de 2012 y otra hace un par de semanas, y salvo algún amago de querer preocuparme si lo solicitaba cuando lo pedí la primera vez, en realidad no pusieron mucha resistencia para dármelos.

Yo, en tu caso, que ya te digo que no sé exactamente cual es y simtiene alguna particularidad que haga que le sea posible negárte el certificado, iría de nuevo a la oficina y se lo pediría de nievo. si se niegan o aluden a la respuesta que espones en ti anterior mensaje, les pediría que te dieran por escrito los motivoa por los cuales no son de aplicación en tu caso lo dispuesto en el art. 18 Real Decreto 116/1992; y en prevision de algún reparo, iría con un escrito (por duplicado para que te lo registren, como siempre) en el que les pides esas explicaciones, para ver si se atreven a negarse a darte el certificado de nuevo o a darte los motivos por los que no te lo dan.
El modelo con el yo pedí el certificado es el siguiente, algo distinto al que se colgó hace unas semanas po el foro.

Don / Doña ..................................
Con DNI ..................................
Domicilio a efectos de notificaciones ..................................
Email ..................................
Cliente de entidad.
Entidad Bancaria: ..................................
Sucursal nº ..................................
Dirección postal ..................................
Localidad ..................................
Estimados señores:
Como cliente de la entidad, en el ejercicio de mis derechos, y al amparo de las normas que se expondrán, mediante el presente escrito que presento por duplicado, recogiendo copia sellada, les solicito expresamente:
1º) Certificado de legitimación de las participaciones preferentes de las que soy titular, serie .................................. según lo dispuesto en el Real Decreto 116/1992 de 14 de febrero.
Deben expedir el certificado antes de que concluya el día hábil siguiente al de la fecha.
Quiero recordarles que el suscriptor puede designar a quién sea el tenedor, y tal certificado es necesario para proceder a designar a otro diferente del actual, tratándose de anotaciones en cuenta bajo la custodia de Iberclear.
Les comunico que la información de la identidad del nuevo tenedor les
será comunicada en su momento.
2º) De acuerdo con lo establecido en la Orden EHA/2899/2011, de 28 de octubre, de transparencia y protección del cliente de servicios bancarios. (BOE de 29) (Corrección de errores BOE de 3 de diciembre), en su artículo 7:
“1. Las entidades de crédito deberán entregar al cliente el correspondiente ejemplar del documento contractual en que se formalice el servicio recibido.
2. Las entidades de crédito deberán conservar el documento contractual y poner a disposición del cliente copia del mismo siempre que éste lo solicite.”
Les solicito:
- Copia con firma de la Orden de suscripción de las participaciones preferentes, antes mencionadas, legible.
- Copia del Folleto Resumen Informativo firmado por el suscriptor que debe acompañar a la orden anterior.

Sin más, y a la espera de la pronta puesta a disposición de la documentación solicitada, reciban un cordial saludo.
Fdo. ..................................

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