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Instalación fotovoltaica en edificio de viviendas - Comunidad de propietarios

1 respuesta
Instalación fotovoltaica en edificio de viviendas - Comunidad de propietarios
Instalación fotovoltaica en edificio de viviendas - Comunidad de propietarios

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#1

Instalación fotovoltaica en edificio de viviendas - Comunidad de propietarios

Hola,

Vivo en el segundo piso en un ático dúplex de un edificio en el que solo hay tres viviendas. Hasta el año 1991 el edificio sólo tenía dos viviendas, una en la planta baja y otra en la planta primera. En ese año, el antiguo propietario de lo que hoy es mi piso, como los "vuelos" o "aires" del edificio existente para construir el dúplex encima. Cuando le compramos el piso, en 2020, nos aseguró que tanto el tejado como la terraza (a donde sólo se puede acceder desde nuestra vivienda) nos pertenecían sólo a nosotros.

El caso es que ahora quiero poner placas fotovoltaicas y no encuentro ningún documento donde se especifique explícitamente que el tejado es sólo nuestro.

También hay un artículo en la ley de propiedad horizontal que me permitiría instalar mis placas fotovoltaicas con la aprobación de un tercio de los vecinos, y yo sólo ya represento un tercio.

Alguien me podría asesorar si el tejado debería de ser realmente sólo mío o si es comunitario? Si opto por la opción de que el tejado es comunitario y con representación del 33% se puede aprobar la instalación, entomces qué pasa si otro vecino quiere ponerse placas? Sólo mi instalación ya cubriría todo el lado sur del tejado.

Gracias 
#2

Re: Instalación fotovoltaica en edificio de viviendas - Comunidad de propietarios

Lo primero es averiguar quién es el propietario de ese tejado. Para ello hay que ver la inscripción de su vivienda en el Registro de la Propiedad, así como la inscripción del propio edificio.
Si en tales documentos no figura nada, por aplicación del Código Civil, el tejado es comunitario.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

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