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Facturar agua a un inquilino - Alquiler de vivienda
Buenos días. Tengo un estudio que voy a empezar a alquilar en Madrid que era local comercial y ya es una vivienda. La única duda que tengo es como se repercute el consumo de agua al inquilino. En caso de la luz se puede cambiar el titular del contrato al inquilino pero en el del agua como en la mayoría de fincas de con varios propietarios el consumo es leído por una empresa de lectura de contadores pues el CYII cobra el total del consumo a la comunidad de propietarios y luego según la lectura de consumo hecha a cada propietario se carga el importe a través del pago de la comunidad. Entiendo que yo pagaría el consumo del agua pues el inquilino no paga la comunidad y después debería repercutírselo periódicamente al éste. Si alguien me lo lo aclarase o confirmase lo agradecería.
Un saludo
Un saludo