Hola! Acabo de aterrizar aquí y estado leyendo... Que desesperación de verdad dos años esperando y desastre que son no se cuánto difícil será llevar está gestión pero madre mía
Ahí alguna novedad?
Yo los escribí y su respuesta fue está :
Le indicamos que la ayuda del alquiler de la convocatoria 2024 es de concurrencia competitiva por lo que toda la información, las Resoluciones y/o Órdenes que se publiquen en el BOCM y listados correspondientes a cada fase de tramitación se deben consultar en el Portal de Internet y en la Sede Electrónica de esta ayuda.
La convocatoria está en fase de pagos, al haber finalizado el plazo, el 9 de junio 2026, de presentación de la documentación para subsanar del listado de expedientes “Requeridos al Cobro”.
Se procederá al pago de los que hayan subsanado previa fiscalización por parte de la Intervención.
En los expedientes en los que no se haya aportado la documentación de pagos completa o falta alguna cantidad por justificar se perderá el derecho a la subvención total o parcial.
Los listados de beneficiarios con pérdidas de derecho al cobro total o parcial se publicarán mediante Órdenes en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.
Cuando se publiquen las Órdenes, que ponen fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejería de Vivienda, Transportes e Infraestructuras, en el plazo de un mes, o directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, computándose ambos desde el día siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Le indicamos que, para información sobre su expediente, el interesado PREVIA SU IDENTIFICACION (DNI o NIE) o persona autorizada por escrito por el solicitante con copia del DNI de éste, puede acudir a la Oficina de Vivienda de la CAM, sita en Avda. de Asturias 28, Madrid, de lunes a viernes de 9 a 17 horas.
Se recomienda solicitud de solicitar CITA. Se atiende sin cita, si bien tienen preferencia las personas con cita.