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Venta de un piso:Consejos

23 respuestas
Venta de un piso:Consejos
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#1

Venta de un piso:Consejos

Buenas rankianos!

mi hermano va a vender su piso, del cual está pagando una hipoteca, a otro particular. El jueves tiene cita con el notario para firmar los papeles de la venta. Me gustaría saber que consejos o cosas ha de tener en cuenta para que todo vaya bien y no tenga ninguna cláusula o truco del banco que le pueda perjudicar.

Gracias y saludos!

#3

Re: Venta de un piso:Consejos

Hi!
Pero tu hermano es el vendedor, no?
Lo único que puede exigirle el banco del comprador es que cancele la hipoteca que tiene con ese particular, es decir, que, si está inscrita en el Registro de la Propiedad, la cancele antes de inscribirse su derecho.
Y como consejo, que pregunte cualquier cosa que no entienda, pero tampoco se tiene que preocupar mucho por lo que te he dicho antes, más atento debe de estar el comprador.
s2!

#4

Re: Venta de un piso:Consejos

Gracias Antoniomapo. Sí, mi hermano es el vendedor.

Supongo que debe ser más fácil si eres el vendedor, lo que sucede es que a él ya le han hecho cuando compró y cuando reunificó tras el divorcio, varias jugarretas: cláusula suelo, estimación de gastos más baja que luego tuvo que pagar pidiendo otro crédito más alto, etc. de manera que ahora que parece que ya va a cerrar la hipoteca no le vayan a dar la última estocada. Le he dicho que me gustaría acompañarle a ver como funciona todo el asunto en la notaría, por curiosidad y porque 4 ojos ven más que dos.

Un saludo y muchas gracias nuevamente.

#5

Re: Venta de un piso:Consejos

La hipoteca con el particular la tiene inscrita en el Registro de la Propiedad? se hizo la escritura de constitución de hipoteca?
Te lo comento porque, por ahorrarte algo, puedes llevar tú mismo la escritura de cancelación al Registro correspondiente, siempre que la haya terminado de pagar, claro. Aunque tengas que pagar la inscripción de la cancelación en el Registro, al menos te ahorras lo que te puede cobrar la Notaría o gestoría por la gestión. Mejor pagar sólo la escritura de cancelación y el Registro de la Propiedad, que pagar escritura, Registro y gestoría(que se llevan un pico por hacer un trámite supersencillo)
s2!

#6

Re: Venta de un piso:Consejos

HOLA Antoniomapo

Por culturilla mia (esque oi algo al respecto en su dia)
"Mejor pagar sólo la escritura de cancelación"

esta escritura ¿hay que pagarla cuando el credito hipotecario cuando "muera por si solo"?(vamos cuando termine de pagarla)

¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡FELIZ Y PROSPERO AÑO NUEVO¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡¡

#7

Re: Venta de un piso:Consejos

Mi hermano tiene la casa hipotecada con su banco a 35 años y ha pagado unos 7. Por lo que me ha comentado, se trata de que el comprador se haga cargo de la hipoteca (subrogación?) y aparte le de cierta cantidad de dinero. El comprador ya parece que ha conseguido financiación de algún banco y este jueves firmaran ante notario el acuerdo. Mi hermano tiene escritura de cuando hizo la hipoteca y supongo que estará inscrita en el Registro de la Propiedad desde entonces. De todas formas cuando lo vea se lo comentaré a ver si tiene la documentación en orden.

Muchas gracias por tus comentarios :)

#8

Re: Venta de un piso:Consejos

Wolap!
Siempre hay que tener presente una máxima, y es que lo importante es tener la deuda pagada en el banco, y si ésta se hizo con garantía hipotecaria, es decir, "hipotecando" el piso, al haberse pagado la deuda/préstamo ya no correría peligro el bien hipotecado. Esto lo podríamos llamar técnicamente "tener la hipoteca cancelada de hecho".
Una vez pagada(cancelada) la hipoteca en el banco, qué pasa con el Registro de la Propiedad? tengo que comunicar que se ha cancelado la hipoteca? Bien, para comunicar al Registro que la hipoteca está cancelada es necesario hacer/otorgar la escritura de Cancelación de Hipoteca en la Notaría, no basta con un certificado el banco. Por tanto, si no es necesario cancelar ese derecho de hipoteca que grava a mi piso, se puede quedar eternamente en el Registro de la Propiedad, no pasa absolutamente nada. Técnicamente lo podemos llamar "tener la hipoteca cancelada de hecho, pero no de derecho". En este caso me ahorraría varios gastos, como son y por orden: pedir certificado al banco + pedir nota simple al Registro + hacer escritura de cancelación de hipoteca en una Notaria + llevarla al Registro para su inscripción, ala! Por eso digo que, si no es necesario, una vez pagada la deuda en el banco, a mimí tranquilito. Los casos en los que sí tendría que hacer todo serían muy claros, por ejemplo, el más común es por vender el piso (ya que, si el comprador quiere hipotecarse, su banco le va a exigir tener la hipoteca cancelada de hecho y derecho)...
feliz año!