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Saldar hipoteca con el Santander transfiriendola a otro Banco?

7 respuestas
Saldar hipoteca con el Santander transfiriendola a otro Banco?
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Saldar hipoteca con el Santander transfiriendola a otro Banco?
#1

Saldar hipoteca con el Santander transfiriendola a otro Banco?

Buenas tardes,

Tengo una hipoteca con el Banco Santander (antiguamente con el Banco Popular) y quiero terminar mi relación contractual con esta entidad. El tipo de interés es euríbor + 0.7. Resido en el extranjero y el Banco Santander me cobra €10 mensuales por gastos de mantenimiento en la cuenta corriente que utilizo para realizar los pagos mensuales de la hipoteca. No tengo nómina domiciliada con ellos porque cobro en el extranjero pero hasta hace poco, hacia un ingreso superior a €600 y tenía varias recibos. Por eso no pagaba gastos de mantenimiento. Es posible hablar con otra entidad bancaria y trasladar la hipoteca? En el Reino Unido es muy común que un Banco pague la deuda de una hipoteca y ésta se traslade a la nueva entidad. Puedo hacerlo en España? Gracias a todos.
#2

Re: Saldar hipoteca con el Santander transfiriendola a otro Banco?

Dificilmente puedes subrogar una hipoteca con este preio, euribor mas 0,70% porque es bastante bueno, tal vez encuentres una entidad al 0,60 ... pero no mucho más, porque ahora los bancos en España  tienen que pagar todos los gastos e impuestos de una hipoteca, y como te pudes imaginar esto de "pagar" pues no, es un negocio y al final lo acaban repercutiendo al cliente, como hace cualquier negocio, ahora bien, esto tiene una solución bien fácil.

El Banco de España tiene unos criterios de buenas prácticas bancarias, que normalmente aunque a "regañadientes" las entidades cumplen, en tu caso estamos ante lo que denomina una "cuenta vinculada" y lo que considera el Banco de España de ellas, lo tienes sguidamente:

https://www.bde.es/f/webbe/Secciones/Publicaciones/PublicacionesAnuales/MemoriaServicioReclamaciones/22/MSR2022.pdf  página 179 y siguientes ... observa lo que yo te marco en negrita (no viene así en el informe) 

 Comisiones de mantenimiento y de administración en cuentas vinculadas
 
La vigente normativa general de transparencia y la de crédito al consumo han impuesto la revisión del criterio que anteriormente mantenía el DCE.
 
Así, con arreglo a la normativa vigente, y centrándonos en los servicios bancarios más frecuentemente ligados a esta problemática —préstamos o créditos y depósitos a plazo—, se han de tener en cuenta los siguientes aspectos en materia de transparencia: la información previa que se ha de suministrar respecto al cobro de la comisión, la inclusión de la comisión en el cómputo para la determinación del coste o rendimiento del servicio principal y la imposibilidad de que dicha comisión pueda ser modificada unilateralmente por parte de la entidad13. El criterio de buenas prácticas subyacente a la citada normativa es considerado por este Departamento igualmente aplicable a los clientes que no tengan la condición de consumidores.

 Por tanto, si se trata de cuentas instrumentales asociadas a préstamos, créditos o depósitos formalizados con posterioridad a la entrada en vigor de la normativa de transparencia actual (29 de abril de 2012) —o que hubieran sido objeto de novación con posterioridad a dicha fecha—, el DCE no considera apartado de las buenas prácticas bancarias el cobro de comisiones en estas, aunque se utilicen exclusivamente para la gestión del producto principal, siempre que se cumpla con las exigencias establecidas en la normativa, esto es: i) que se haya informado a los clientes, antes de contratar el producto principal, en el documento de entrega obligatoria previa, acerca de la exigencia de contratar la cuenta vinculada; ii) que se informe de la parte del coste total que corresponde al mantenimiento de dicha cuenta; iii) que tanto la contratación de la cuenta como su coste se recojan expresamente en el contrato del producto principal, y iv) que dicho coste no pueda ser modificado unilateralmente por la entidad a lo largo de la vida del contrato principal.
 
 Si no se cumplieran las referidas exigencias, el cobro de comisiones en cuentas vinculadas cuyo mantenimiento sea obligatorio y que no tengan otros usos se calificaría como contrario a las buenas prácticas bancarias (o, en su caso, a la normativa de transparencia). Todo ello sin perjuicio de las obligaciones de información previa en el caso de que la contratación de la cuenta sea obligatoria. 

Entonces si la cuenta solo se utiliza para la hipoteca y como mucho los seguros vinculados a ella y contratados a través del banco no te pueden cobrar, salvo que en la escritura de hipoteca se establezca que si no se cumplen determiadas condiciones pagaras x euros al año por la cuenta, y raro sería que dijera 120 €, suele ser bastante menos o simplemente que no determine nada al respecto. En caso de que si establezca una determinada comisión, ésta no se puede modificar al alza por parte del banco, tal como indica en el penúltimo párrafo.

¿Cómo reclamar?

Escribe al SAC del Banco, aquí tienes los datos:

SERVICIO DE ATENCION AL CLIENTE DEL GRUPO SANTANDER
Titular:  Esther Alonso Rafael
Apartado de Correos, 35250
28080 MADRID

Correo electrónico:  [email protected]

Solicita que tu cuenta sea considerada cuenta vinculada al amparo de la recomendación del Banco de España contenida, entre otras, en su memoria de reclamaciones de 2022 en su página 179 y siguientes.

Yo les copiaba todo el rollo ese que te he puesto encomillado.

No te olvides de poner una fotocopia del DNI 

Puedes reclamar todas las comisiones de los últimos 6 años, al amparo de la orden ECC/2502/2012  artículo 10f) que dice:

f) Cuando haya transcurrido el plazo de prescripción de acciones o derechos que de conformidad con lo previsto en los contratos o en la normativa reguladora que resulte de aplicación pueda ejercitar quien presente o aquel en cuya representación se presente la reclamación o queja de que se trate y en todo caso cuando haya transcurrido un plazo de 6 años desde la producción de los hechos sin que se haya presentado la reclamación o queja.
Si por un casual en tu escritura de hipoteca hay una comsión mínima, no te apures, ya te lo dirán y se limitarán a abonar las diferencias.

Con esto dudo que sea necessario acudir en "segundo recurso"  al Banco de España ... y no, no puedes ir directamente ahí, saltándote al SAC del Banco, porque sin este primerm paso, el BdE no te puede admitir la reclamación.

Suerte !!!!!
#3

Re: Saldar hipoteca con el Santander transfiriendola a otro Banco?

Es habitual la subrogación y, en algún caso, simultánea novación . El problema será gestionarlo en la distancia. Igual te conviene otorgar poderes a alguien de tu confianza para esa operación.
Suerte
#5

Re: Saldar hipoteca con el Santander transfiriendola a otro Banco?

Hola que tal,

He estado revisando la escritura de la hipoteca y aparece esto (Para determinar si puedo cerrar la cuenta vinculada):

"Los pagos se realizaran en la Sucursal de BANCO POPULAR ESPANOL, S .A. de Gij6n-Agencia 1, cuenta corriente numero XXXXXXXXX --------------------
Sera liberatorio el pago que realice la parte prestataria al Banco, y este queda facultado para presentar y cargar los distintos recibos de liqui­daci6n del prestamo en la cuenta de la parte pres­tataria, que asi lo acepta, comprometiendose a tener saldo suficiente en la fecha de cargo de cada recibo para los pagos correspondientes. La parte prestataria, para su mayor facilidad, acepta que puedan efectuarse, tambien tales cargos en cual­quier otra cuenta que tuviera con la entidad pres­tamista, a cuyo efecto se compromete a tener saldo suf iciente en las f echas de los correspondientes vencimientos.--------------------------------------
El recibo del capital por el acreedor no impli­ca que el deudor este al corriente en el pago de los intereses.------"


Voy a mandar el escrito de reclamacion al Banco Santander pero veo el siguiente problema: hace unos cuatro anos domicilie unas tres facturas en esta cuenta para que el Banco no me cobrara gastos de comision (eran los requisitos que imponian). Ahora, tengo estas facturas y probablemente digan que esta cuenta no es una cuenta vinculada ya que tengo otras facturas domiciliadas. Yo enviare el escrito de reclamacion pero no se que va a ser.... He dado orden de transferir las facturas a la cuenta que mi hijo tiene en la BBVA y mi intencion es cerrar esta cuenta del Santander (si no me retiran los gastos de comision y no me devuelven el dinero). Puedo cerrar la cuenta y pagar mis mensualidades de la hipoteca a traves de la BBVA? Arriba he puestoi lo quye dice la escritura de la hipoteca. Gracias. 
#6

Re: Saldar hipoteca con el Santander transfiriendola a otro Banco?

 Ahora, tengo estas facturas y probablemente digan que esta cuenta no es una cuenta vinculada ya que tengo otras facturas domiciliadas. Yo enviare el escrito de reclamacion pero no se que va a ser.... He dado orden de transferir las facturas a la cuenta que mi hijo tiene en la BBVA  ....
Si además de la hipoteca y en su caso los serguros v inculados, utilizas la cuetna para otra cosa, aunque sea un único recibo al año, te cobran y por mas que reclames no te darán la razón, el Banco de España tampoco.

Lo de pagar tus cosas a través de la cuenta de tu hijo, si eres titular (da lo mismo que seas segundo que primero)  de la misma vale, pero si no lo eres, hay un problema fiscal.

 Puedo cerrar la cuenta y pagar mis mensualidades de la hipoteca a traves de la BBVA? Arriba he puestoi lo quye dice la escritura de la hipoteca. Gracias. 
No, no puedes, seria rarísimo que un banco aceptase cobrar la hipoteca por otro banco, porque al margen de si informáticamente lo tienen preparado, la única manera de hacerlo es gurando recibos CORE (*) que tiene 8 semanas de plazo para ser devueltos, es decir, tu puedes pagar los recibos, y a las 8 semanas devolver los dos últimos y se la comerían con patatas, muy aceptable no parece.  Vale, que algunas financieras de coches por ejemplo, no les queda otra que hacerlo así, pero un banco dudo que te acepte eso. 

Y ya en una cuenta de tu hijo, pues imposible.

(*) En empresas existen los recibos B2B que solo se pueden devolver en 24 horas, pero no es posible utilizarlos para particulares. 

#7

Re: Saldar hipoteca con el Santander transfiriendola a otro Banco?

Gracias por la respuesta tan rapida. He dado orden de cambiar todas las domiciliaciones que tengo. Una vez que ya no tenga factura alguna en la cuenta, es posible utilizar la opcion que me recomendaste de declararla cuenta vinculada y pedir que no cobren la comision? O es ya tarde porque ya se ha utilizado la cuenta para otras facturas con anterioridad? 

#8

Re: Saldar hipoteca con el Santander transfiriendola a otro Banco?

No, no ... a partir del momento en el que la cuenta solo se utilice para pagar la hipoteca, los seguros vinculados, es una cuenta así, "vinculada" y, al menos hasta hoy, los bancos aceptan tratarlas así, pero tendrás que reclamar al SAC, desde la oficina dudo que te puedan hacer eso. 

Pero ten en cuenta mi respuesta número 2, por si tu escritura determina una comisión de cuenta determinada, que entonces hay que pagarla, se considera que es parte del contrato hipotecario, peeeeero el precio no lo pueden modificar nunca.

Los ingresos que hagas para pagar las cuotas no se consideran "otras cosas" porque es evidente que tienes que ingresar para pagar, puedes ingresar en efectivo, en transferencia ... pero ojo, no se te ocurra domiciliar la devolución del IRPF por ejemplo o la indemnización de un seguro (no contratado por ellos), porque no lo considerarian como ingresos para pagar las cuotas, sino otros servicios de la cuenta.