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Beneficio del 50% en IBI - vivienda

5 respuestas
Beneficio del 50% en IBI - vivienda
Beneficio del 50% en IBI - vivienda
#1

Beneficio del 50% en IBI - vivienda

Buenas tardes. Adquirí una vivienda nueva, con certificación energética A, en el año 2022 y me he enterado de que existe una bonificación del 50% en el IBI, durante tres años.
Ni la promotora ni el notario me advirtieron de tal beneficio y en ningún sitio lo he leído, en estos tiempos en que las diferentes administraciones se afanan en publicitar otros descuentos.
Tengo posibilidades de optar a dicho descuento en el ejercicio del 2022, aunque haya pasado el tiempo, en caso de reclamación?. Un saludo
#2

Re: Beneficio del 50% en IBI - vivienda

Buenas tardes.
Lo mejor que puedes hacer es ir a tu ayuntamiento para informarte sobre el tema.
#3

Re: Beneficio del 50% en IBI - vivienda

Una pregunta, es de obra nueva? Y la compraste en 2022 y ya tienes que pagar el IBI? Te pregunto porque estoy en la mismo situación que tu y ya me han adelantado que el recibo del IBI me llegará en un par de años, de momento no tenemos ni valor catastral asignado al ser obra nueva. 
#4

Re: Beneficio del 50% en IBI - vivienda

Gracias. Llamé a la Concejalía de Hacienda y me dijeron que "haberme dado cuenta antes" (con otras palabras, claro y eso que acaban de ser las elecciones)
#5

Re: Beneficio del 50% en IBI - vivienda

En mi caso, si teníamos valor catastral. En notaría tuve que adelantar el precio estimado para 2022 y hace diez dias me llegó la notificación del 2023. Si tu obra tiene certificado energetico A, no lo demores, investiga, da la lata "fehacientemente" y no te fies de las palabras, que te juegas el 50%. Suerte!
#6

Re: Beneficio del 50% en IBI - vivienda

Nuevas informaciones me indican que el Ayuntamiento, para cobro del IBI, se fija en los datos del Catastro, es decir, el titular a la fecha del cargo del impuesto, así que no te fíes de la promotora, porque a menos que haya alguna irregularidad en permisos ect, habrá pagado el impuesto con tu dinero y como ella no puede beneficiarse de la reducción (por ser empresa) te quedas colgado.
Yo les pediría aclaración escrita sobre si han pagado el impuesto o no, porque como lo hayan hecho, el Ayuntamiento no te va a solucionar nada, por caducidad. La bonificación se hace durante los tres primeros años del alta de la vivienda. Saludos y suerte