#2761
#2762
Re: Ayudas al alquiler Castilla y León
#2763
Re: Ayudas al alquiler Castilla y León
#2764
Re: Ayudas al alquiler Castilla y León
#2765
Re: Ayudas al alquiler Castilla y León
#2766
Re: Ayudas al alquiler Castilla y León
#2768
Re: Ayudas al alquiler Castilla y León
Alquien de aquí q haya recibido alguna respuesta sobre recurso reposición de ayuda alquiler 2022 xq no se manda nada según veo yo no favorable ni desfavorable y estamos a medio de mes q a mí me dijeron cuando llamé q a medianos de este mes está todo resuelto ,les hablo de Valladolid.Alquien de aquí recibió alguna carta? Xq esto ya es muyyyyy raro
#2769
Re: Ayudas al alquiler Castilla y León
#2770
Re: Ayudas al alquiler Castilla y León
Mmmmm mucho me temo que transcurrido el plazo legal para dictar resolución de un recurso de reposición, la administración lo considera denegado por silencio administrativo y sin necesidad de comunicarlo al recurrente. Y si en un plazo de 1 mes no se interpone un contencioso-administrativo la reclamación se archiva. Ojalá me equivoque, pero 4 años son muchos…
#2771
Re: Ayudas al alquiler Castilla y León
#2772
Re: Ayudas al alquiler Castilla y León
Tenían de plazo hasta el día 12 o sea que más adelante a últimos de mes o primeros del que viene o saldrá una tercera lista o saldrán la resolución definitiva. En el Norte de castilla dijeron cuando sacaron la primera que saldría una segunda y la resolución tienen de plazo hasta el 31 de julio espero que lo cumplan
#2773
Re: Ayudas al alquiler Castilla y León
#2774
Re: Ayudas al alquiler Castilla y León
Si, te hago un corta-pega del la web de la JCYL:
RECURSO DE REPOSICION. OBJETO: Recurrir los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa. PLAZO DE RESOLUCIÓN: El plazo para dictar y notificar la resolución es de un mes. NOTIFICACIÓN: Por correo postal en el domicilio del interesado o en el lugar o medio que haya indicado a efectos de notificación. EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO: Desestimatorio. A partir de ese mes, puedes interponer RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, pero ahora necesitas abogado y procurador (minuta mínima de 1.500 €).
RECURSO DE REPOSICION. OBJETO: Recurrir los actos administrativos que pongan fin a la vía administrativa. PLAZO DE RESOLUCIÓN: El plazo para dictar y notificar la resolución es de un mes. NOTIFICACIÓN: Por correo postal en el domicilio del interesado o en el lugar o medio que haya indicado a efectos de notificación. EFECTO DEL SILENCIO ADMINISTRATIVO: Desestimatorio. A partir de ese mes, puedes interponer RECURSO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, pero ahora necesitas abogado y procurador (minuta mínima de 1.500 €).
#2775