Su obligación de conservar documentos son 6 años, ello según el código de comercio vigente.
No, no pueden hacer una nueva factura.
Con el cargo en cuenta lo puedes intentar, el no ya lo tienes ahora.
El artículo 30 del Código de Comercio establece que los empresarios conservarán los libros, correspondencia, documentación y justificantes concernientes a su negocio, durante seis años a partir del último asiento realizado en los libros.