No sé como plantear mi tema, y no me acabo de aclarar con la interpretación de la sentencia del tribunal supremo. Vamos a ver ....
Nosotros tenemos dos hipotecas, sobre dos fincas distintas, una sin suelo, y la otra con suelo, el inicial era superior (solo ligeramente) a los 150.253,03 €, formalizada en mayo de 2007, (para vivienda no principal) por lo tanto no obligatoria la entrega de la oferta vinculante, al mismo tiempo utilicé mi derecho de leer la hipoteca antes de la firma, solicitando a la notaria un borrador completo de la escritura, también debo indicar que la cláusula es clara, no induce a error de tipo alguno, me explicaron la cláusula, la entendí y cometí un error de cálculo, no pensé que tipos tan bajos se pudieran mantener durante tanto tiempo, si que entendí que en alguna revisión podría ocurrir, una, dos, tres o las que sea veces, durante la vida de una hipoteca a 25 años .... pero al mismo tiempo debo decir que no fui engañado, ni me ocultaron nada, ni puedo ir a un juzgado indicando que fue un engaño.
Incluso de intentar buscar las previsiones de la evolución del euribor realizadas en 2007, para años futuros, creo que algunos estudios indicarían que los tipos bajarían, pero una bajada de tanta consistencia creo que ni el propio FMI la pudo prever.
Seguimos: Durante los últimos cuatro años, y mediante negociación año a año y a cambio de incrementos de depósitos o de operativa, se ha conseguido la rebaja de dicho suelo hipotecario (no su eliminación) pero el trato es anual, y llega a un punto que no tienes nada mas que ofrecer “a cambio de ....” o simplemente no me da la gana “comprar” cosas que no necesito, si tengo una imposición en el banco de enfrente que me rinde el 2,25% y para bajar el suelo la tengo que llevar ahí al 2,00%, pues me sale rentable, pero lo que no haré es “comprar” carísimos seguros, cuyas coberturas no me sirvan de nada ....
Me temo que ahora en la nueva revisión me mandarán al cuerno y el suelo será el que es, punto pelota ....
Cada año he pedido por escrito y mantengo copia sellada guardada de la solicitud de eliminación del suelo, y ellos en su defecto nos otorgan una pequeña rebaja, que visto lo visto (la no retroactividad de la sentencia) todo esto que tenemos, porque de pedirlo ahora, pues eso, perdido ....
La única forma que reclamaría es con la ley en la mano o con lo que se desprende de la sentencia del Tribunal Supremo, entiendo que por ejemplo debe acreditarse que no se informó adecuadamente, a esto puedo decir informar si, pero “adecuadamente” dependerá de que considera “adecuado” el TS, habla de presentar al cliente “escenarios simulados”, y obviamente no los hay, dudo que algún hipotecado los tenga, porque la reglamentación creo que no lo preveía, ¿o si? ......
Al final ni puedo, ni quiero ir con una reclamación falaz, no diré ni escribiré en el texto lo que no fue, sin embargo si se incumplió la ley, es por ahí dónde atacaría.
De momento entiendo que tengo pocas o nulas posibilidades, por ello agradeceré opiniones.