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Casa heredada 50% - Proindiviso

8 respuestas
Casa heredada 50% - Proindiviso
Casa heredada 50% - Proindiviso

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#1

Casa heredada 50% - Proindiviso

Buenas tardes... Os pongo en antecedentes. Somos dos hermanas, yo me compre un piso y mi hermana siguió viviendo con mis padres. Los gastos de la casa los pagaba mi padre, mi hermana solo aportaba una cantidad. Por enfermedad de mi madre ingresaron en una residencia y mi hermana siguió viviendo donde mis padres. Desgradaciadamente he perdido a mis padres en 8 meses. El caso es que mi hermana no quiere vender la casa, pero tampoco me quiere comprar mi parte porque dice que no tiene dinero. He visto como posibilidad el proindiviso... Pero si mi hermana vive allí, ¿que pasa con ella si me compran mi 50%?
¿Me aconsejáis el proindiviso? 
Muchas gracias por vuestra ayuda
#2

Re: Casa heredada 50% - Proindiviso

El que te compre el proindiviso no te dará ni el 30% de tu mitad, puesto que lo que le estas diciendo, es que te compre algo con un paquete dentro que ni quiere vender ni quiere comprar , vamos que se acostumbro a vivir bien.
O te vas al juzgado para que el juez la obligue a vender o intenta acordar un alquiler con ella para que te de lo que te corresponde por ser la propietaria de la otra mitad. 
#3

Re: Casa heredada 50% - Proindiviso

Muchas gracias por tu respuesta... Lo intenté lo del alquiler pero sigue en sus trece de que no tiene dinero 
#4

Re: Casa heredada 50% - Proindiviso

 
Ahora es posible llegar a algún tipo de acuerdo entre las partes, antes de recurrir a la vía judicial, mediante una escritura de conciliación ante Notario que adquiere la misma validez que una sentencia judicial.

De esta manera, ahorramos tiempo y dinero a ambas partes. Es muy recomendable, a su vez, ser la parte que insta la resolución por esta vía amistosa para posteriormente, y llegados al punto de un juicio, ser considerados como reclamantes de buena fe y con ello poder pedir la condena en costas del procedimiento a la otra parte. 
La ultima frase es la que te da las de ganar o acepta por las buenas o pierde su parte y por encima paga.
#5

Re: Casa heredada 50% - Proindiviso

No quiere... No quiere vender... No tiene dinero...
Como tu has dicho se ha acostumbrado a vivir muuuuyyy bien, se creee la dueña de la casa 

#6

Re: Casa heredada 50% - Proindiviso

No se trata de vender la fuerzas interponiendo el acto en notaria y si no quiere te vas al juzgado para la disolucion del proindiviso o la copropiedad.
Si interpones tu la demanda se supone que estas actuando de buena fe y el juez la puede obligar hasta a pagar las costas del procedimiento.
Mucho me temo que antes o despues empezaras con el tramite , se puede decir que mientras no la muevas esta comoda y se siente fuerte en la misma.
 
Por supuesto, acudir a los tribunales es la última opción a la que puedes recurrir. Cualquier condómine puede impulsar la disolución del proindiviso.

El problema es que acudir a la vía judicial probablemente terminará con una subasta del proindiviso, cuyo resultado se repartirá entre los copropietarios en proporción a su cuota de participación en la propiedad común.

Es decir, por regla general esta es la opción más antieconómica para todos los partícipes. Sin embargo, hay ocasiones en las que no queda más opción que recurrir a ella. 

#7

Re: Casa heredada 50% - Proindiviso

Muchas gracias por tu ayuda Luder39, lo último que yo quería es llegar a este extremo, a mi padre le dije que no discutiría con mi hermana por dinero...

Pero es que la venta de mi parte me puede ayudar a quitarme hipoteca.... No creo que mi padre se ofenda al respecto, ya que es mi derecho.

De nuevo gracias Luder39 por tu información y ayuda.
#8

Re: Casa heredada 50% - Proindiviso

Buenos días.

Este tipo de situaciones son muy complicadas y cuando la otra parte no quiere entrar en razón mucho más.
Si te vale como referencía las empresas que compran proindivisos suelen pagar entre un 30 y 35% del valor de tu parte. 
Te pongo un ejemplo . Si la casa vale 200.000 euros tu parte vale 100.000 euros(50%) estas empresas te pagaran entre 30.000 y 35.000 euros por tu parte . El caso que conozco , se metio al Juzgado y es un suplicio de casi 2 años . 
Tienes que valorar si con la cantidad que puedas sacar en la venta te vale para quitarte el problema.
Un conocido vendio en una empresa , creo que son de los más serios www.compropisos.net
Eso si , mejor no ir con la idea de sacar más dinero porque por lo que me dijo es dificil . Igual si es bueno lo que tienes puedes sacar un 40%.
Ten en cuenta que te compran el problema y luego son ellos ,los que les toca pelear con tu hermana.
Como último detalle , se puede vender el proindiviso sin necesidad de acuerdo con los otros herederos o proindivisos.
Vaya ladrillo que me ha quedado.
Espero poder ayudaros 

Un saludo
#9

Re: Casa heredada 50% - Proindiviso

 A la atención de Gelosa2019
 
Poniendo por delante que entendemos lo desagradable de la situación planteada por su parte, debe tener en cuenta que escenarios legales de estas características son algo más que frecuente tras la aceptación de una herencia entre varios hermanos, visualizando el problema que ahora mismo pretende solucionar desde una perspectiva estrictamente legal para poder tomar una decisión objetiva sobre cómo proceder a resolver el mismo. 
 
En primer lugar, debe tener en cuenta que la relación legal que se ha establecido con su hermana tras el fallecimiento de sus padres es una relación de copropiedad, un tipo de relaciones que el Tribunal Supremo (STS 609/2012 del 19 de octubre) ha catalogado como incidentales, negativas y transitorias, tal como puede leer en el extracto de esta sentencia a cuyo contenido íntegro si lo desea podrá acceder haciendo click en el enlace anterior. 

 
“El Código Civil, inspirado en el carácter no definitivo, poco rentable y desfavorable con el que concibe la situación de comunidad, concede al comunero una acción para exigir que se divida la cosa común.
 
La acción de división ("actio communi dividundo") es indiscutible por los demás partícipes, incondicional e imprescriptible, pues la facultad de pedir la división de la cosa no es un derecho que pueda extinguirse por su falta de ejercicio en determinado plazo, sino una facultad de carácter permanente que acompaña siempre a la comunidad” 

 
Al fin y al cabo, son relaciones jurídicas de las que siempre se derivan infinidad de problemas (en su caso por ejemplo el uso que está haciendo su hermana del piso sin su consentimiento o pagándole al menos un alquiler por ello), siendo este el motivo por el cual nadie podrá obligarle Gelosa2019 a permanecer en ellas, realidad legal establecida de forma clara en el artículo 400 del Código Civil. 

 
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ARTÍCULO 400 DEL CÓDIGO CIVIL: Ningún copropietario estará obligado a permanecer en la comunidad. Cada uno de ellos podrá pedir en cualquier tiempo que se divida la cosa común.

Esto no obstante, será válido el pacto de conservar la cosa indivisa por tiempo determinado, que no exceda de diez años. Este plazo podrá prorrogarse por nueva convención.

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Si le gustaría conocer Gelosa2019 aquellos principios legales que configuran la relación de copropiedad de la que ahora mismo pretende deshacerse, puede hacer click en el enlace anterior y acceder a un artículo del blog de nuestro despacho de abogados donde estos son explicados de una forma más concreta y detallada. 
 
Este es el motivo por el cual, en caso de persistir la actitud de negativa hacia la venta por parte de su hermana, si usted interpone contra ella una demanda de acción de división de la cosa común, será el juez quien ordene la venta de la casa en pública subasta, vendiéndose el mismo por menos precio y con una alta probabilidad para su hermana de ser condenada en costas por la actitud de negativa hacia la venta tomada por su parte durante los últimos años.
 
Es cierto que, si la venta de la casa es llevada a cabo mediante subasta judicial la misma será vendida por menos precio (aproximadamente un 30% menos del valor que tendría el inmueble a precio de mercado). 

 
No obstante, debe tener en cuenta Gelosa2019 que a efectos prácticos son muy pocos los casos que suelen finalizar de esta manera, vendiéndose el inmueble de mutuo de acuerdo tras recibir su hermana la demanda interpuesta por su parte. 


 
A fin de cuentas, si la casa va a venderse de forma obligatoria, con independencia de los problemas personales que su hermana pueda tener contra usted, es de lógica que ella apueste también por venderla de mutuo acuerdo (por ejemplo a través de una agencia inmobiliaria), con el objetivo de sacar el máximo dinero posible por su parte de la vivienda y dejando a un lado esos problemas personales que hasta el momento parecen ser ya de un carácter irreversible entre ustedes dos. 
 
Es probable Gelosa2019 que lo explicado hasta el momento por nuestro equipo en la respuesta a su comentario le resulte raro o confuso, valorando su desconocimiento en la materia legal de la cual usted tiene un problema como parte implicada. 
 
Por ello, si le gustaría entender de una forma más sencilla el escenario teórico planteado por nuestra parte, a continuación le dejamos varios artículos de nuestro blog donde el mismo es explicado de una forma más detallada, a través de casos prácticos tramitados por nuestro despacho de abogados como equipo especializado en este área de práctica: 


  1. ¿QUÉ SUCEDE JURIDICAMENTE CUANDO UN HEREDERO NO QUIERE VENDER?
  2. ¿QUÉ PASA CUANDO UNA VIVIENDA TIENE 2 COPROPIETARIOS, PERO UNO NO QUIERE VENDER?
  3. ¿ME PUEDEN OBLIGAR A VENDER MI PARTE DE LA CASA?

 
Por otro lado, la forma más sencilla y lógica de entender que todo esto que le acabamos de explicar es cierto es comprobar que existen empresas (lo que usted llama el proindiviso) que se dedican a comprar "partes de casas” (en este caso su 50%) muy por debajo del valor que tendrían a precio de mercado....

¿POR QUÉ? 
 
Porque como saben que la venta de la casa va a producirse sí o sí, y además usted ya empieza a estar cansada por las actitudes llevadas a cabo por parte de su hermana en los últimos años, es probable que acceda a vender su parte por menos precio solo para dar por cerrado este asunto cuanto antes, interponiendo luego la empresa contra su hermana la demanda anteriormente mencionada y sacando el dinero que a usted no le pagaron cuando compraron su parte de la casa. 

 
Nadie da “duros a pesetas” por lo que, cuando compran la parte de una casa que saben que no van a poder utilizar por menos precio es porque saben que, con la ley en la mano, si llegado el caso es necesario interponer una demanda contra su hermana el juez sí o sí aprobará la venta de la casa por subasta judicial de la que son copropietarios tras haber comprado su parte del inmueble. 

 

Como ya le hemos dicho Gelosa2019 al principio de este comentario, problemas de este tipo son algo absolutamente habitual en el día a día de nuestros Tribunales de Justicia. 
 
Por ello, si quiere obtener más información sobre el funcionamiento de este tipo de empresas o el precio que podrían llegar a ofrecerle por su parte de la casa, a continuación le dejamos 2 artículos de periódicos de ámbito nacional donde nuestro equipo ha sido entrevistado hablando de ellas, los cuales presuponemos serán también de su interés antes de tomar su decisión definitiva: 




 ¿Es esta una opción que le conviene?  Sintiéndolo mucho Gelosa2019, ahí la respuesta depende de usted. 

Si prefiere malvender su parte de la casa por menos precio con el objetivo de dar por cerrado cuanto antes este asunto, debe saber que será una opción perfectamente legal (artículo 399 del Código Civil), si bien esta nunca será la mejor posibilidad desde un punto de vista estrictamente económico. 

 
No obstante, si prefiere poner el asunto en manos de la justicia, debe saber Gelosa2019 que el juez siempre acogerá su deseo de vender el inmueble heredado por parte de sus padres, siendo su hermana la que podría enfrentarse a las posibles consecuencias económicas (condena en costas) por la actitud de negativa hacia la venta tomada por su parte en los últimos años. 


 
Entenderá Gelosa2019 que, como despacho de abogados especializado en la materia, nunca podríamos hacer un “juicio de valor” sobre lo que usted debería hacer al respecto, siendo nuestra labor únicamente explicarle lo que la ley dice al respecto sobre ese problema que ahora mismo pretende solucionar y por el cual ha acudido al foro de Rankia especializado en esta materia. 

Sin embargo, lo que sí podemos hacer es dejarle 2 artículos de nuestro blog donde ambas opciones (vender su parte a una empresa y/o iniciar un procedimiento legal) son explicadas con mayor detenimiento, analizando pros y contras de cada una de ellas y esperando que estos le ayuden a tomar su decisión definitiva. 


  1. ¿QUÉ 2 OPCIONES TENGO PARA DESHACERME DE UNA PROPIEDAD COMPARTIDA?
  2. ¿QUÉ SOLUCIONES TENGO A MI ALCANCE CUANDO UN COPROPIETARIO NO QUIERE VENDER EL INMUEBLE DEL QUE FORMO PARTE?

 
Esperamos Gelosa2019 haber resuelto su duda de la mejor forma posible, quedando a partir de ahora a su entera disposición. 

Un cordial saludo y gracias de antemano