Gracias infinitamente por el tiempo que me estás dedicando.
He escrito a la Generalitat, un correo que me ha dado Vivienda donde contestan sobre tanteo y retracto, esta ha sido la respuesta:
"Si han pasado los 50 años del periodo de protección como dice la vivienda es libre.
En caso de que la vivienda hubiera sido adquirida por transmisión singular(dación en pago, ejecución hipotecaria...) si debe solicitar tanto según el decreto 6/2020"
No debería dudar de la preparación del empleado que me ha contestado pero, digo yo, si está allí la nota será por algo, no?
Por otro lado desde la agencia me dicen que los hermanos han llegado a enfadarse entre ellos, pero que me enviarán la nota simple para que pueda ir haciendo números con los bancos.
A ver si coincide con la que hemos pedido, que ya me estoy mosqueando.
Muchas gracias una vez más!