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El Ibi - Arrendamiento

5 respuestas
El Ibi - Arrendamiento
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El Ibi - Arrendamiento
#1

El Ibi - Arrendamiento

 Dice la LAU que el IBI corre a cargo del propietario. Salvo que, 1º el contrato indique el acuerdo de retribuirla al inquilino y 2º que se indique el valor del IBI. 3º Que si estas 2 últimas condiciones no se cumplen en su totalidad o en alguna de ellas el artículo que anulado y corre a cuenta del propietario.

En mi caso tengo como propietario un inquilino que se niega a pagar este impuesto. En el contrato se cumple el punto 1 (figura el acuerdo de pagarlo el inquilino) y no se cumple el punto 2 (no figura la cantidad). Quiero señalar que este contrato está firmado en 1984 y que entonces no existía esta normativa actual.

¿Qué debo hacer? 
#2

Re: El Ibi - Arrendamiento

 Quiero señalar que este contrato está firmado en 1984 y que entonces no existía esta normativa actual. 
Miro en la actual LAU, en el preámbulo:   El régimen jurídico de los arrendamientos urbanos se encuentra en la actualidad regulado por el texto refundido de la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1964, aprobado por el Decreto 4104/1964, de 24 de diciembre. 

Encuentro en Google dicha ley (ya obsoleta), pregunto: ¿que dice al respecto? ¿Es igual que la actual LAU o esos requisitos eran distintos?
Aparte, pregunto: ¿el inquilino lleva sin pagar el IBI desde 1984 que se firmo el contrato, o lo pagaba inicialmente y hubo un dia que dijo "hasta aqui hemos llegado"?
#3

Re: El Ibi - Arrendamiento

Muchas gracias por su atención y respuesta.

Ante su pregunta le informo, de que este inquilino ha pagado habitualmente los recibos de IBI que se le han presentado sin ningún tipo de problemas. Ha sido desde el recibo de 2019 y 2020 los que no ha pagado y nos comunica que no tiene que pagarlos, con la siguiente excusa:

El inmueble consta de un bajo comercial y un 1º piso como vivienda y cada uno de ellos con su contrato independiente. La referencia catastral es única y figuran los 2 locales en un solo recibo de IBI.

El inquilino nos amenaza incluso en denunciarnos, porque dice que nunca tenía que haber pagado el IBI de la vivienda (1º piso).

El caso es que los dos contratos, tanto del bajo comercial como de la vivienda indican en una de sus condiciones el pago de este impuesto.

Gracias, otra vez.
#4

Re: El Ibi - Arrendamiento

Hola

Entonces si hay una referencia catastral única se emite un solo IBI para todo el conjunto?

Saludos 
#5

Re: El Ibi - Arrendamiento

si, claro.
#6

Re: El Ibi - Arrendamiento

Pues eso es un problema para ti.