Acceder

Alquiler vivienda habitual por empadronamiento en Residencia de ancianos

1 respuesta
Alquiler vivienda habitual por empadronamiento en Residencia de ancianos
Alquiler vivienda habitual por empadronamiento en Residencia de ancianos
#1

Alquiler vivienda habitual por empadronamiento en Residencia de ancianos

Se trata de una viuda de 83 años,  tiene vivienda en propiedad 50% desde abril 2002,  (en septiembre 2002 falleció el esposo). Se realizó declaración de herederos,  correspondiendo usufructo a la viuda y el otro 50% de la propiedad a las dos hijas. Se presentó impuesto de sucesiones de la Comunidad de Madrid. Posteriormente no se realizó aceptación de herencia, cambio de titularidad, ni pago de plusvalía.  Actualmente la viuda está empadronada en residencia de ancianos donde reside desde hace 14 años, beneficiaria de plaza de residencia por Ley de Dependencia.  Recibe pensión de viudedad de la seguridad social que se destina casi en su totalidad al pago de la residencia.

A la hora de alquilar la vivienda, quien debe declarar los ingresos de alquiler y firmar contrato?  ¿Se deberá pagar plusvalía después de transcurridos 18 años?


#2

Re: Alquiler vivienda habitual por empadronamiento en Residencia de ancianos

La viuda, 50% de propiedad y usufructo del otro 50%.