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Desahucio

2 respuestas
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#1

Desahucio

Siete hermanos, uno de ellos fallece, deja una casa (situada en un pueblo de la provincia de Zaragoza) en herencia a los otros seis.

Los seis hermanos tienen escritura que demuestra que la casa es de ellos, además la inscriben en el registro de la propiedad (cada hermano es propietario de 1/6 de la casa).

La casa estaba alquilada, contrato verbal, a una mujer que vivía con su hijo.

Los seis hermanos herederos de la casa respetaron a la inquilina y no la echaron.

Los hermanos han ido falleciendo y sus cónyuges también, menos uno que es muy mayor.

Los propietarios son ahora trece primos y el cónyuge de un hermano fallecido.

La inquilina de la casa falleció y el hijo siguió viviendo en la casa, durante un tiempo pago algo de alquiler, lleva años sin pagar nada. Se le ha invitado a marcharse y ni caso, hace aproximadamente un año se ha puesto el caso en manos de un abogado, después de varios avisos que no han obtenido respuesta se va a interponer una DEMANDA DE JUICIO DECLARATIVO VERBAL DE DESAHUCIO POR PRECARIO

 

En dicha demanda dice que las costas serán impuestas al demandado, aunque no tiene un duro, supongo que se declarará insolvente, y que la cuantía del procedimiento se fija en 8.468,22€  que se corresponde con el valor catastral de la casa.

 

Mis dudas son:

¿Este procedimiento se puede volver en nuestra contra y que nos hagan pagar a nosotros?

¿No entiendo muy bien eso de cuantía del procedimiento?

No queremos que nos pague nada, ni tener que pagar nosotros, únicamente que se vaya de la casa.

 

Agradecería, que me pudieseis contestar y explicar un poco.

Un saludo.

#2

Re: Desahucio

Si los abogados, el vuestro y el suyo que mucho me temo serà de oficio, pactan ... podéis acordar esto pero los gastos de tu abogado los pagareis vosotros. 

¿en contra? Si perdeis el juicio, los gastos irna todos parar vosotros, los suyos y los de él ..... si ganáis es muy posible que ,los gastos sean para él, el problema es que si es insolvente vustro abogado no cobra, y de momento pagáis vosotros. 

#3

Re: Desahucio

Por lo que explicas, el juicio que se ha interpuesto es de "precario" porque tras el fallecimiento tanto de la inquilina, como de los distintos arrendadores, les es más fácil hablar de una situación de "precario" (es decir, de ocupación sin ningún contrato de ningún tipo) que de un arrendamiento donde seguramente no se tendrán claras las condiciones.

 

Por eso, el abogado cuando interpone el juicio, tiene que hacer una valoración de los bienes en conflicto (en base a unas tablas de valoración, ajustandolas al caso) y de ahí sale la cantidad de 8.400 euros y pico, y que no van a ser las costas del juicio, sino la cantidad sobre la cual se calcularán las costas.

 

Al finalizar el juicio, el abogado y procurador os pedirán sus honorarios por el trabajo realizado, y aunque condenen en costas a la parte contraria, si como dices no tiene dinero para pagar, os corresponderá a vosotros pagarlas y si es posible repercutirselas al inquilino. Pero lógicamente os tocará pagar algo, puesto que los abogados y procuradores también comen todos los días.

 

Si quereis estar seguros de lo que os va a tocar pagar, preguntadselo directamente al abogado para estar prevenidos.