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Plusvalia

5 respuestas
Plusvalia
Plusvalia
#1

Plusvalia

Hola voy a vender un piso y me he estado informando y tengo que pagar seis mil y pico euros de plusvalía incluso vendiéndolo más o menos por el precio que lo compre hace 12 años .tengo que pagarla ?

hay alguna manera de no hacerlo?

#2

Re: Plusvalia

¿Alguna manera de no hacerlo?

Es que te piensas que el pago de impuestos es según tengamos ganas, o no, de pagarlos.

No entiendo tu pregunta.

Método, disciplina y tiempo

#3

Re: Plusvalia

Hay varios hilos hablando del tema, incluso ahora se habla de que tampoco se puede cobrar aunque haya ganancias porque el sistema de cálculo es inválido, el problema es que de momento probablemente si te lo intenten cobrar.

Un saludo

#4

Re: Plusvalia

Se refiere supongo a la historia de las recientes sentencias del Constitucional acerca de la legalidad de cobrar ese impuesto.

Un saludo

#5

Re: Plusvalia

Si,m referia a eso.
Entonces da igual si tengo o no ganancias?

#6

Re: Plusvalia

Buenas noches:

si hace doce años, es posible que tengas pérdidas, por lo que la ficción monetaria que puedas tener no son beneficios.

La confiscación se ha terminado. 

https://www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/3753893-plusvalia-municipal-venta-divorcio#respuesta_3758556

 

#7

Jesúsm1 
en respuesta a Gdvb84

" en supuestos de inexistencia o de existencia de incrementos reales menores" atenta contra el art. 31.1 de la Constitución Española. 

#112

Jesúsm1 
en respuesta a Gdvb84

El tuyo no es el caso de más de 20 años, pero mira los razonamientos del TC. 

"Fundamento 3, párrafo 4  (STC 59/2017):

"Enjuiciando aquella regulación foral consideramos que  l os preceptos cuestionados fingen1 , sin admitir prueba en contrario, que por el       solo hecho de haber sido titular de un terreno de naturaleza urbana durante un determinado período temporal (entre uno y veinte años)2, se       revela, en todo caso3, un       incremento de valor4 y, por tanto, una capacidad económica susceptible de imposición, impidiendo al ciudadano cumplir con su obligación de contribuir, no de cualquier manera, sino exclusivamente ‘de acuerdo con su capacidad económica’ (art. 31.1 CE)». De esta manera ,       al establecer5 el legislador la       ficción6 de que ha       tenido lugar un incremento de       valor susceptible de gravamen7 al momento de toda transmisión de un terreno por el solo hecho de haberlo mantenido el titular en su patrimonio       durante un intervalo temporal dado8"

Fundamento (Michael Spivak:Cálculo Infnitesimal, pág 60)

"       Si f es una función1, el       dominio de f es el conjunto de todos los a2 para los que       existe3 algún       b tal que (a,b) está en f4. Si       a está en el dominio de f5, se sigue de la       definición de función6  que e   xiste, en efecto, un número b único7 tal       que (a,b) está en f8. Este b único se designa por f(a)."

Después de 20 años no hay plusvalía.

Enlace para verificar el fundamento del Cálculo Infinitesimal de Michael Spivak.

-      http://valle.fciencias.unam.mx/licenciatura/bibliografia/spivak.pdf

Saludos.

 NOTA: Los números de los textos sirven para localizar el paralelismo de los conceptos.

Es de libro que es una ficción. 

Lo dice el TC, por lo que si no se da ese incremento no lo pueden imponer con la intensidad que marca la tabla del Ayuntamientom que se basa en la tabla del art. 107-4 de la LRHL.

Saludos.