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Venta de vivienda heredada.

11 respuestas
Venta de vivienda heredada.
Venta de vivienda heredada.
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#9

Re: Venta de vivienda heredada.

Aunque está todo contestado, quería añadir: el piso no lo puedes vender hasta que es tuyo, al adjudicarse la herencia. No obstante, si encuentras comprador podrías hacerlo todo a la vez en el notario, herencia y compraventa. Nosotros lo hicimos así y vino bien, había herederos mayores que vivían fuera y esto redujo viajes.

#10

Re: Venta de vivienda heredada.

Buenas tardes.
Quisiera saber si alguno me podéis ayudar en esta consulta:

Mi esposa, junto a sus 8 hermanos, uno de ellos disminuido síquico, heredaron de sus padres ya fallecidos 4 inmuebles urbanos
, 3 pisos y 1 casa de veraneo.
El padre falleció «ab intestato» en 1996, y la madre en 2004 habiendo otorgado testamento.
Por falta de acuerdo entre los hermanos, decidieron repartirse judicialmente la herencia tras haber pagado el impuesto de sucesiones al fallecer la madre, correspondiéndoles aproximadamente 1 piso a cada 3, y la casa al incapaz como usufructo y al resto como nuda propiedad.

Mi esposa, junto a sus dos hermanos copartícipes, vendieron el piso que les correspondió en 2013.

La pregunta es:
A efectos de declarar a hacienda la venta de este inmuetble, ¿Que valor de adquisición se debe tomar para el mismo? ¿El de la declaración de herederos al morir el padre? ¿El de sucesiones al fallecer las madre, o el del reparto judicial?

Muchas gracias

#11

Re: Venta de vivienda heredada.

En puridad, hay que dividir en dos partes según de quién viene la adquisición de esa parte, la primera se coge el valor que se le dió en el momento del fallecimiento del padre, y la segunda, el declarado en sucesiones al morir la madre. Esa es al menos la teoría.
No obstante, habría que ver qué valores y cómo se establecieron en la sentencia judicial, puede ser que se pudieran aplicar esos, pero habría que estudiarlo detenidamente

Un saludo

#12

Re: Venta de vivienda heredada.

Muchas gracias leopol72 por tu respuesta. Algo así me imaginaba.
Sé que al fallecer el padre los 9 hermanos heredaron el 50% del inmueble y la madre el otro 50%.
Al fallecer ésta se declaro en sucesiones este último porcentaje y se pagó el impuesto correspondiente.
Posteriormente, en el reparto judicial, el valor asignado al piso se tomó de una valoración de ese momento, pero esta fue muy superior al precio por el que fue finalmente vendido.
Entiendo que habría que sumar el valor de adquisición cómo el asignado al fallecer el padre más el asignado al fallecer la madre, sin tomar en cuenta el de reparto judicial. La cosa está complicada.
Bueno, seguiré consultando.
Muchas gracias por tu aportación.

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