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Gastos del registrador para cancelación de hipoteca. Ayuda.

19 respuestas
Gastos del registrador para cancelación de hipoteca. Ayuda.
Gastos del registrador para cancelación de hipoteca. Ayuda.
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#17

Re: Gastos del registrador para cancelación de hipoteca. Ayuda.

Hola Immerm,

Antes de nada, pedirte disculpas por el retraso en contestar aquí al email que recibí el 8 de marzo. Por motivos que no vienen al caso, estuve muy pero que muy desconectada de casi todo.

Y ya entrando en el asunto, si tu hipoteca era de exactamente 106.000,00 €, el arancel 2.2. que debe aplicar el Registrador es, tal y como has señalado, de 85,53 € (con IVA incluido, ojo). Sin IVA ese arancel 2.2. por cancelación de hipoteca es, como ya habrás visto en la calculadora, de 70,69 €.

Dices que por cancelación de hipoteca, propiamente dicha (arancel 2.2.), pretenden facturarte 75 € (sin IVA). Supongo que has redondeado desde no sé qué cifra a 75 euros, pero sería muy interesante saber cuál es exactamente -con todos sus decimales- el importe que por este concepto pretenden facturarte, sin redondear nada. No obstante, como tendrían que ser 70,69 € y tú hablas de 75, hablamos de una diferencia que está en torno a los 5 euros y podría pensarse que NO te han aplicado la rebaja/reducción del 5% que deberían aplicarte en base a la Disposición Adicional Octava del RDL 8/2010. En la calculadora verás que esa reducción del 5% en tu caso (préstamo de 106.000 €) es de 5,32 € y es por ello que da la sensación de que no te la aplicaron.

Respecto al asiento de presentación, es correcto que te cobren los 6,01 € (antes de IVA también) que se corresponde con el arancel nº 1.

Respecto a las "bastantes líneas de 9,6,3 euros" que has comentado, pues no sé qué decirte. Como hablas de 3 importes distintos, supongo que obedecerán a otros tantos aranceles pero no sabría decirte a cuáles... En la minuta tendrá que venir perfectamente indicado qué arancel en concreto aplican por todos y cada uno de los conceptos minutados. A bote pronto:

3 € --> Cada "nota de afección en garantía de débitos fiscales (arancel nº 3.3.) o también cada "nota simple informativa" (arancel 4.1.f) o "Por los asientos que se practiquen en los libros de inscripciones sobre incapacitación de personas físicas" (arancel 6.b).
6 € --> "Por otras certificaciones no comprendidas en los apartados anteriores" (arancel 4.e) o también "Por los asientos que se practiquen en el libro especial de incapacitados" (arancel 6.a).
9 € --> "expedición de certificaciones de cargas para procedimientos ejecutivos" (arancel nº 3.2.), o "Certificación de dominio" (arancel 4.1.a) o "Por certificación negativa de cargas" (arancel 4.1.d)

Y respecto a los otros 75 euros por "fusión/absorción", ni idea...

Pero vamos, que ya sabiendo que en aplicación del arancel 2.2. te intentan cobrar unos 5 euros de más, yo pondría todita la minuta bajo lupa. Un error (a favor del Registro, claro) ya está detectado, y eso da pie a pensar que no sea el único. No obstante, poner todas las cifras y con todos sus decimales podría contribuir a esclarecer el tema.

Por último, yo diría que uno puede acudir al Registro y decir expresamente "Solo quiero que inscriban esta escritura de cancelación de hipoteca" y así no te pueden cobrar más que el arancel 2.2. + los 6,01 por asiento de presentación. Los del Registro podrán decirte "hombre, ya que pagas asiento de presentación te conviene también cancelar en este momento todas las notas de afección fiscal, etc." pero si uno deja claro que SOLO quiero inscribir la cancelación de hipoteca, tendrán que ceñirse a ello.

Esto es como cuando vas al dentista, a que te quiten una muela y de repente te hacen 3 empastes, dos endodoncias, un curetaje de 4 cuadrantes, un blanqueamiento dental, etcétera. Oiga, que yo solo he venido a que me quiten esta muela así que cíñase a lo que le pido. Si quisiera hacer las demás cosas a las que usted me intenta obligar, ya me lo pensaré con calma y vendré en otro momento.

Por ejemplo, la nota simple para comprobar que efectivamente ha quedado inscrita la cancelación sale a 3 euros si la pides directamente al Registro, pero nadie te obliga a pedirla. La podrás pedir, si quieres, en cualquier momento y siempre serán esos 3 euros (mientras no suban el arancel 4.1.f. al que se corresponde). Saludos

#18

Re: Gastos del registrador para cancelación de hipoteca. Ayuda.

Hola Ainhoa66,
En su dia ya fui al registrador a recoger la escritura inscrita pues me corria prisa. Al final hablando con el registrador conseguí que me eliminaran los aprox 75 euros de fusion/reabsorción dado que el banco originario se fusionó con otros para crear uno nuevo.
Sin embargo eso no se debe cobrar según el RD 18/2012
https://www.rankia.com/foros/hipotecas/temas/941643-he-cancelado-hipoteca-que-pasos-seguir-dudas-etc?page=9
Como bien comentas la rebaja del 5% del RDL 8/2010 no me aplicó y eso que se lo comenté. De todos modos, parecía que estaba regateando en el rastro más que estar con una persona que debe aplicar la ley.
Al final pagué la factura por la cantidad de 124 eur que se desglosan
6 por asiento presentacion
75,73 por cancelacion hipoteca
9 por nota marginal
3 por nota afeccion
3 por cancelacion nota afeccion
3 por nota simple
+IVA

Como ves, el tema de 5% no me lo han aplicado y como bien explicas me han incluido conceptos que yo no quería. De todos modos, como me parece una verguenza que estemos tan indenfensos ante este tipo de situaciones, presentaré la impugnación ante la Junta del Colegio de Registradores.
Un saludo a todos y a ver si entre todos nos ayudamos ante casos como éste.

#19

Re: Gastos del registrador para cancelación de hipoteca. Ayuda.

Muchas gracias, Immerm, por reportar tu caso con tanto detalle. Sin duda ayudará a quienes tengan (tengamos) que pasar por este trámite.

Si tu préstamo era de exactamente 106.000 euros, por cancelación de hipoteca (arancel 2.2. letra c) te habrían cobrado de más (antes de IVA) la cantidad de 5,04 €. El asiento de presentación está OK (obligatorio), la nota simple (demuestra que se canceló la carga hipotecaria) también OK aunque podrías negarte a pagarla (y a no quedártela, claro) dado que no la habías solicitado expresamente. Si bien, es bueno que tengas nota simple informativa para comprobar que efectivamente la carga hipotecaria ha desaparecido. Los "3 por cancelación nota afección", y aquí tengo que desdecirme de lo dicho anteriormente, lo siento, estaría también OK si realmente había una nota de afección caducada que, de oficio (forzosamente), tienen que cancelar y, claro, cobrártela. Esto lo confirman en el teléfono gratuito 900 10 11 41; número de teléfono que es el de "Contacto Consumidores Colegio de Registradores": http://www.registradores.org/contacto/

La duda que me queda son los "3 por nota afección". A riesgo de equivocarme, yo diría que por cancelar registralmente la carga de una hipoteca no procede nueva nota de afección fiscal ya que la cancelación de hipoteca está exenta del impuesto AJD (actos jurídicos documentados). Aunque si no presentaste ante el Registro la autoliquidación (a pagar 0,00 €) de dicho impuesto de AJD, entonces sí que sería procedente. El hecho de que se tenga que "pagar" 0,00 € no exime de la obligación de presentar la autoliquidación en el plazo de 30 días desde el otorgamiento de la escritura notarial de cancelación de hipoteca. Y no presentarla, o presentarla fuera de plazo, podría dar lugar a sanción económica en cuyo caso, y solo en ese caso, sí que procede que el Registrador practique nueva nota de afección fiscal. Presentaste la autoliquidación del AJD al Registrador?

Por otro lado, como solo dices "3 por nota afección" pudiera ser que esa afección (no especificas de qué tipo...) no fuese de tipo fiscal sino afección al reintegro de subvenciones públicas. Esto sería aplicable en caso de haber recibido subvenciones públicas cuya percepción obligaba a no cancelar el préstamo antes de un determinado plazo que no fue respetado. Es decir, alguien que cobró subvenciones y canceló el préstamo antes de tiempo tendría que devolver todo o parte de dichas subvenciones y para garantizar esa devolución el inmueble queda gravado con esa afección, de modo que si no se devuelven las subvenciones (en todo o parte, según corresponda) la Administración tiene que tener su derecho al reintegro garantizado, y de ahí la afección registral a la devolución de subvenciones que podría proceder. No sé si es tu caso.

Los "9 por nota marginal" no sé a qué se referirán concretamente.

Para impugnar, y aunque ya lo conocerás, para quienes pudieran estar interesados dejo enlace del Ministerio de Justicia en relación al "Recurso de revisión contra las minutas de honorarios de Registradores de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles":

http://www.mjusticia.gob.es/cs/Satellite/Portal/es/servicios-ciudadano/tramites-gestiones-personales/recurso-revision-contra

Un saludo+

#20

Re: Gastos del registrador para cancelación de hipoteca. Ayuda.

Hola, recientemente he cancelado una hipoteca, como los honorarios del notario y del registro me parecieron excesivos presente sendas reclamaciones, en el notario me han dado la razón(me tenían que abonar unos 80€ y me han abonado el importe integro de lo cobrado 253€)
sin embargo en el registro dicen que esta bien.
En el registro abone 281,35€ de provisión de fondos que al final resulto ser el importe final.El primer día me entregaron un borrador en el que venían unos conceptos y unas base 70600€de hipoteca mas 26820€ de una ampliación sobre las que se calculaba el importe y en la factura definitiva variaron los conceptos y la base que ahora era 42900€ mas 16490€ de ampliación. Me llama la atención que las bases sean distinta y el resto de importes en la factura final este ajustado al céntimo con respecto al borrador inicial siendo muy diferentes los conceptos y las bases.
primera factura/borrador:
1.1 Presentacion--------------------------------------6.01
2.2 R10 CANCELACION HIPO.(5-40%)---------70600--------105.97
2.2 R10 CANCELACION AMPLI.. (5-40%)------26820--------57,43
2.2 R10 CANCELA. NOV (5-40%)------1------------24,04
3.3 NOTA AFECCION FISCAL------------------------------3,00
3 NOTA CANCELACION AFECCION FISCAL------------------3.00
4.1F NOTA SIMPLE--------------------------------------3,00
7 VARIOS---------------------------------------------6,01
A TODO ESTO 232,52€ SE LE SUMA EL IVA DANDO UN TOTAL DE 281,35€

fACTURA DEFINITIVA EN LA QUE SE MODIFICAN CONCEPTOS Y BASES, PERO EN LA QUE RESULTA QUE EL IMPORTE FINAL ES EL MISMO:
1.1 PRESENTACION-------------------------------------18,03
2.2 R10 CANCE. HIPO. (5-40%)----42900-----------------78,06
2.2 R10 CANCE. AMPLIA(5-40%-----16490-----------------40,26
2.2 R10 CANCE. NOV. (5-40%)------1-------------------24,04
2,11 MODIFICACION DESCRIPCION-----1-------------------24,04
3.1 NOTA MARGINAL DE DERECHOS-----1-------------------12,02
3 NOTA CANCELACION AFECCION FISCAL--------------------3,00
3.3 NOTA AFECCION FISCAL------------------------------3,00
4 CER CERTIFICACION DE DERECHOS-----------------------9,01
4,1F NOTA SIMPLE--------------------------------------3,00
7 VARIOS----------------------------------------------6,00
A ESTE IMPORTE 232,52€ LE SUMAMOS EL IVA DANDO 281,35€.