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Otra de extinciones de condominio

1 respuesta
Otra de extinciones de condominio
Otra de extinciones de condominio
#1

Otra de extinciones de condominio

Buenas, a ver si alguien me ayuda para saber como actuar.
Mi ex y yo tenemos dos pisos, el caso es que uno de ellos (A) está a nombre de los dos y el otro (B) sólo de ella.
Hemos acordado que ella se quedará el A y yo el B.
¿En este caso se puede hacer una extinción de condominio? ¿el piso B puede ser entregado como compensación por la parte del piso A que yo le cedo?
¿O quizá se ha de hacer una extinción de condominio del piso A y un cambio de titular del B?

(los pisos no tienen hipoteca)

Gracias por la ayuda

Saludos
#2

Re: Otra de extinciones de condominio

En el piso A sí existe un condominio susceptible de extinción.  Con el dinero obtenido en tu salida del condominio le compras a ella el piso B.

La extinción del condominio pagará Actos Jurídicos Documentados (1,5% Andalucía) sobre una base imponible igual a la cuota que ella adquiere.

Tu adquisición del piso B pagará Transmisiones Patrimoniales Onerosas (8% en Andalucía) que abonarás tú como comprador.

Si no puedes comprar la totalidad de B con el dinero obtenido en la extinción del condominio de A, cómprale parte y constituye un condominio; tras dos o tres años extinguís el condominio recién constituido como hiciste con el piso A con la ventaja de que iría por AJD (menos %) y no por TPO.

Un saludo.