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Duda formalización escritura pública e inscripción registral en acuerdo banco cláusula suelo y devolver cantidades

4 respuestas
Duda formalización escritura pública e inscripción registral en acuerdo banco cláusula suelo y devolver cantidades
Duda formalización escritura pública e inscripción registral en acuerdo banco cláusula suelo y devolver cantidades
#1

Duda formalización escritura pública e inscripción registral en acuerdo banco cláusula suelo y devolver cantidades

Buenas,

El banco me ha hecho una oferta para eliminar la cláusula suelo de la hipoteca a lo largo de toda la vida de la misma y devolverme los intereses pagados de más desde el inicio. En el documento del acuerdo se dice que tendré 10 días de plazo para elevar dicho acuerdo a escritura pública, si así lo deseo. Así que para quedarme más tranquila he pensado pasar por notaría y registro de la propiedad, aunque no sé muy bien si sería necesario o con el acuerdo privado basta...

En el Real Decreto-ley 1/2017, de 20 de enero, de medidas urgentes de protección de consumidores en materia de cláusulas suelo, en la Disposición adicional tercera (Gratuidad del procedimiento extrajudicial y reducción de aranceles) se dice que "La formalización de la escritura pública y la inscripción registral que, en su caso, pudiera derivarse del acuerdo entre la entidad financiera y el consumidor devengará exclusivamente los derechos arancelarios notariales y registrales correspondientes, de manera respectiva, a un documento sin cuantía y a una inscripción mínima, cualquiera que sea la base".

Si alguien pudiera interpretarme dicha disposición y aclarar qúe tipo de documento (acta, novación...) debería elaborar el notario y presentar en el registro, se lo agradecería de corazón, porque tras preguntar en varias notarías no he conseguido información alguna al respecto y más perdida no puedo estar.

Un saludo.

#2

Re: Duda formalización escritura pública e inscripción registral en acuerdo banco cláusula suelo y devolver cantidades

Según lo interpreto yo (no me considero profesional del sector ni mucho menos) la disposición adicional tercera del Real Decreto Ley 1/2017 indica que en el hipotético caso de llegar a un acuerdo extrajudicial entre demandante y banco, únicamente tendrías que pagar los gastos notariales y el registro si lo quisiérais elevar a escritura pública. No devenga costas y además será un "coste reducido". 

Elevarlo a escritura pública le da mayor veracidad al acuerdo aunque, en mi opinión, no es necesario al basarse en las pautas fijadas por un Real Decreto e involucrar a profesionales en la negociación (abogados). La escritura pública la veo más útil para acuerdos entre particulares. Respondiendo a tu pregunta, desconozco el tipo de documento que se trataría o si existe... 

Un saludo.

#3

Re: Duda formalización escritura pública e inscripción registral en acuerdo banco cláusula suelo y devolver cantidades

Muchísimas gracias por tu ayuda, Lorena.
Un saludo.

#4

Re: Duda formalización escritura pública e inscripción registral en acuerdo banco cláusula suelo y devolver cantidades

Buenos días,

 

No es necesario elevarlo a público e acuerdo al haberse alcanzado el mismo en el marco del RD 1/2017. Personalmente me ahorraría ese dinero.


Saludos,

 

 

Federico Wahnich

#5

Re: Duda formalización escritura pública e inscripción registral en acuerdo banco cláusula suelo y devolver cantidades

Muchísimas gracias por la aclaración. Un saludo!!