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Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones

9 respuestas
Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones
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Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones
#1

Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones

Hola,

hemos heredado un plan de pensiones y la testamentaría nos plantea la opción de traspasar los derechos consolidados que hemos heredado (y de los que somos beneficiarios) a otro plan de pensiones.
Mi duda es si el traspaso de esos derechos afecta a su "naturaleza". Me explico: Como beneficiarios de esos derechos, a día de hoy podemos rescatarlos en cualquier momento, ya que la contingencia para poder rescatarlos ya ha ocurrido (fallecimiento). Al traspasar esos derechos a otro plan, ¿podríamos seguir rescatándolos en cualquier momento o tendríamos que esperar a una nueva contingencia?

Muchas gracias
Félix
#2

Re: Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones

Esto es lo que he encontrado aquí

"Los beneficiarios del plan de pensiones pueden rescatarlo en el momento que deseen y no solo inmediatamente tras el deceso del titular. Para efectuar el cobro, existen dos opciones: en renta o en capital. La elección de una u otra modalidad es de suma importancia  para determinar el importe de lo que habrá que tributar. Si se cobra el total del capital de una sola vez se pagarán más impuestos que si se hace en renta a través de varios pagos, porque el tipo impositivo es mayor en el primer caso"

Un saludo
#3

Re: Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones

Efectivamente, como heredero puedes decidir entre rescatar el plan de pensiones o mantenerlo (y después incluso traspasarlo).

A la hora de elegir el rescate, la fiscalidad del heredero es la misma que la que tendría el titular del plan. De forma resumida, ese dinero se sumará a las rentas del trabajo para tributar en la base general.
#4

Re: Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones

Muchas gracias por vuestras respuestas.

La duda que nos surge es si, en caso de que los traspasemos a otro plan de pensiones, esos derechos podríamos seguir rescatándolos en cualquier momento. Es decir, si al traspasar los derechos de un plan a otro, esos derechos siguen etiquetados como derechos que hemos heredado y por tanto podemos rescatarlos sin necesidad de que ocurra otra contingencia.

Muchas gracias
#5

Re: Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones


El heredero pagará impuesto de sucesiones.
Cualquier otro impuesto a pagar sería doble tributación.
Al menos, eso entiendo yo.
#6

Re: Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones

Pienso que no saldrás de dudas al 100% a menos que lo consultes con un experto.
En cualquier caso, me da la sensación de que una vez traspasado el dinero al nuevo plan de pensiones, no podrás rescatarlo a tu libre albedrío.
Yo en tu lugar haría líquido ese dinero lo antes posible. 
No veo por ninguna parte la ventaja de meter ese dinero en un nuevo plan de pensiones.

P.D. El banco no es tu amigo.
#7

Re: Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones

Los PP no pagan impuesto de sucesiones. Tributan como rendimientos del  trabajo una vez se rescatan pero no se tienen en cuenta para valorar la masa hereditaria a efectos de impuesto de sucesiones.

Saludos
#8

Re: Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones

Un titular en un plan de pensiones puede ser beneficiario o participe.

Participe es cuando está en fase de acumulación y beneficiario cuando ya no aporta y sólo puede rescatar.

Cuando alguien hereda un plan de pensiones lo hace como beneficiario y por tanto aunque quiera, no puede continuar haciendo aportaciones al mismo.

Si ese plan de pensiones se traspasa a otro distinto, lo hará a otro en el que siga siendo beneficiario, por lo que posteriormente lo podrá rescatar exactamente igual que si no hubiera hecho el traspaso. El traspaso no afecta a la disponibilidad del plan.
#9

Re: Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones

Con un plan de pensiones el heredero no paga el Impuesto de Sucesiones. El plan de pensiones tributa en el IRPF, no en sucesiones. 
No hay doble tributación porque no se paga nada en sucesiones.
#10

Re: Traspaso de derechos consolidados heredados - planes de pensiones

Lo desconocía.