#1111
Re: Supermercado de fondos de Diaphanum
Ya había dado el tema por zanjado, pero si insistís, sigo con el asunto...
Vamos a ver, tienes razón prácticamente en todo, pero ya que preguntas te voy a dar mi visión, y posibles soluciones al tema, si se quiere conseguir algo.
- Efectivamente la LIRPF, tal y como está redactada en la actualidad es como dices, pero hay una cosa en la que estoy totalmente de acuerdo con@jose-a-esteban
Vamos a ver, tienes razón prácticamente en todo, pero ya que preguntas te voy a dar mi visión, y posibles soluciones al tema, si se quiere conseguir algo.
- Efectivamente la LIRPF, tal y como está redactada en la actualidad es como dices, pero hay una cosa en la que estoy totalmente de acuerdo con
en pleno siglo XXI hablar de custodiar una transacción electrónica como cuando las hacíamos en papel ha perdido su sentido.
Ante esto caben dos opciones
1) Elevar una consulta vinculante proponiendo que ese gasto es necesario y debería ser desgravable, a la vez que se plantea que el tema de la custodia está "obsoleto", con lo cual podría conseguirse que se modifique y/o amplié la LIRPF a otros supuestos como el que nos ocupa. (Ya sé que esto parece utópico, pero si nadie lo plantea, nunca se hará, y las principales interesadas son las comercializadoras de fondos y ahora también las fintech, que es algo nuevo que no existía hasta ahora).
Si rebuscas en las consultas vinculantes verás que algo parecido pasó cuando aparecieron los CFDs, y los intermediarios financieros y comercializadores, elevaron las consultas vinculantes hasta conseguir aclarar el tema. Y eso no estaba contemplado en la LIRPF.
2) (Más fácil) Adaptarse a la Ley con soluciones ya contempladas en la misma. Una idea (entre otras posibles) sería del estilo de la que aplica Interactive Brokers, quien dispone de varios tipos de tarifas a elegir, una con tarifa plana, y otra por volumen.
Pero en el caso de Diaphanum podría articularse así (repito que esto es solo una posibilidad):
- El cliente paga los 100 EUR como hasta ahora, por el servicio de suscripción.
- Además, dado que las gestoras permiten, en ciertas clases de fondos, que el intermediario aplique comisiones de compra y/o de venta, reservar en determinadas clases de fondos esa posibilidad de manera que quienes paguen vía comisión de compra y o venta el mismo importe, se les descuente de los 100 EUR. (Algo parecido es lo que hace IB).
El cliente que quiera desgravar los 100 EUR, no tiene más que suscribir/reembolsar esas clases, y el que no, sigue como hasta ahora.
Es una solución imaginativa, que se me ocurre sobre la marcha, pero seguro que hay más.
1) Elevar una consulta vinculante proponiendo que ese gasto es necesario y debería ser desgravable, a la vez que se plantea que el tema de la custodia está "obsoleto", con lo cual podría conseguirse que se modifique y/o amplié la LIRPF a otros supuestos como el que nos ocupa. (Ya sé que esto parece utópico, pero si nadie lo plantea, nunca se hará, y las principales interesadas son las comercializadoras de fondos y ahora también las fintech, que es algo nuevo que no existía hasta ahora).
Si rebuscas en las consultas vinculantes verás que algo parecido pasó cuando aparecieron los CFDs, y los intermediarios financieros y comercializadores, elevaron las consultas vinculantes hasta conseguir aclarar el tema. Y eso no estaba contemplado en la LIRPF.
2) (Más fácil) Adaptarse a la Ley con soluciones ya contempladas en la misma. Una idea (entre otras posibles) sería del estilo de la que aplica Interactive Brokers, quien dispone de varios tipos de tarifas a elegir, una con tarifa plana, y otra por volumen.
Pero en el caso de Diaphanum podría articularse así (repito que esto es solo una posibilidad):
- El cliente paga los 100 EUR como hasta ahora, por el servicio de suscripción.
- Además, dado que las gestoras permiten, en ciertas clases de fondos, que el intermediario aplique comisiones de compra y/o de venta, reservar en determinadas clases de fondos esa posibilidad de manera que quienes paguen vía comisión de compra y o venta el mismo importe, se les descuente de los 100 EUR. (Algo parecido es lo que hace IB).
El cliente que quiera desgravar los 100 EUR, no tiene más que suscribir/reembolsar esas clases, y el que no, sigue como hasta ahora.
Es una solución imaginativa, que se me ocurre sobre la marcha, pero seguro que hay más.