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Complemento a minimos - Pensiones

5 respuestas
Complemento a minimos - Pensiones
Complemento a minimos - Pensiones
#1

Complemento a minimos - Pensiones

Hola. Mi mujer ha cotizado como autónoma, y como por cuenta ajena los 15 años que exige la ley, dos de ellos ya dentro de los últimos 15 años antes de su jubilación. Dejo claro que ha cotizado siempre por lo mínimo. Mi pregunta es la siguiente. Haciendo cálculos le sale una pensión no superior a los 350 euros ¿ Es posible que le puedan dar un complemento, para poder llegar al salario mínimo? ¿ Le podrían dar ese complemento, independientemente de la pensión que me quede, a mi que soy su marido? Gracias
#2

Re: Complemento a minimos - Pensiones

¡Hola, bienvenido a Rankia!

En primer lugar, la cuantía de pensión que cobraría su mujer depende de cómo ha estado cotizando a lo largo de estos 15 años. Si ha estado cotizando como autónoma y asalariada de forma simultánea en estos 15 años, tiene derecho a percibir dos pensiones (una por cada régimen). En el caso de que la cotización de alguno de ellos no supere los 15 años, la cotización no se pierde, simplemente se acumula a la del régimen válido de acuerdo con LGSS, siempre y cuando sin exceder de la base máxima de cotización establecida por ley.

Si por ejemplo en el momento de la jubilación su mujer ha cotizado 2 años en el RETA y 15 años en el Régimen General, se jubilaría por el Régimen General con un  total de 17 años cotizados. En cambio, si hubiera cotizado 15 años en RETA y 2 años en Régimen General, se jubilaría por el RETA con un total de 17 años cotizados.

En segundo lugar, para pensiones con una cuantía inferior a la cuantía mínima, existe la posibilidad de solicitar un complemento por mínimo para alcanzar dicha cuantía. Si su mujer se jubila con 65 años y usted no es dependiente económicamente de ella, la pensión mínima a percibir es de 648,70€ mensuales o 9.081,80€ anuales. Por lo que si sus cálculos le dan un resultado inferior a dicha cuantía usted puede solicitar un complemento con el fin de alcanzar la pensión mínima.

Fuente: Seguridad Social


Cabe destacar que los complementos por mínimos no tienen carácter vitalicio y pueden variar si las percepciones del interesado experimentan cambios. Además, son incompatibles con las percepciones por rendimientos de trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales cuando dichas rentas excedan de 7.638€.

El derecho al complemento por mínimos se perderá si el beneficiario de la pensión no reside en territorio español

Espero haberle ayudado. 

Saludos. 

#3

Re: Complemento a minimos - Pensiones

Hola. Gracias por la respuesta, pero no me ha quedado claro. El importe de la pensión ya lo conozco. La pregunta es, si ella en el futuro, percibe una pensión de Jubilación de 375 euros, por lo poco que ha cotizado, y la mía al haber cotizado al máximo, se queda en unos 2.000 euros, ¿ puede pedir ella un complemento a mínimos, a pesar de que el computo global de las pensiones sea de 2375 euros?  Gracias
#5

Re: Complemento a minimos - Pensiones

 SIgue sin contestarme a la pregunta.................Hola. Gracias por la respuesta, pero no me ha quedado claro. El importe de la pensión ya lo conozco. La pregunta es, si ella en el futuro, percibe una pensión de Jubilación de 375 euros, por lo poco que ha cotizado, y la mía al haber cotizado al máximo, se queda en unos 2.000 euros, ¿ puede pedir ella un complemento a mínimos, a pesar de que el computo global de las pensiones sea de 2375 euros?  Gracias 
#6

Re: Complemento a minimos - Pensiones

Hola de nuevo, 

En un principio entiendo yo que no tiene que haber ningún problema ya que la pensión de su mujer es de cierto modo independiente a la suya, es decir, que usted obtenga una pensión de 2.000€ no implica que ella no pueda solicitar un complemento por no alcanzar a la mínima. 

Puede que @lunatico y @leopol72 tenga más conocimientos sobre este tema que yo, a ver si nos puede ayudar. O si no, le aconsejo que vaya al Instituto Nacional de Seguridad Social más cercano para salir de dudas. 

Saludos. 
#7

Re: Complemento a minimos - Pensiones

cuando hay cónyuge, el "complemento a mínimos" puede ser con cónyuge a cargo o con cónyuge a no cargo. En el segundo caso, se computan solo los ingresos del solicitante distintos de su pensión para ver si tienen derecho; en el primero, los de ambos cónyuges que no sean la pensión del solicitante.
Así que tu cónyuge tendría que indicar explícitamente que quiere la 2ª modalidad, para la cual la cantidad del complemento es inferior a la otra.
En la siguiente página de Seguridad Social puedes ver los mínimos para este año, así como los límites de ingresos distintos de la pensión  del solicitante para que se conceda:
http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Pensionistas/Revalorizacion/30434
 Con cónyuge NO a cargo  | 648,70 euros/mes.
 LÍMITE DE INGRESOS (sin incluir la pensión) CUANTÍA ANUAL
Con cónyuge no a cargo  | 7.638,00 

Guía Básica