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Ya me voy jubilar, ¡por fin! y ahora... ¿que pasa con mi plan de pensiones?

36 respuestas
Ya me voy jubilar, ¡por fin! y ahora... ¿que pasa con mi plan de pensiones?
3 suscriptores
Ya me voy jubilar, ¡por fin! y ahora... ¿que pasa con mi plan de pensiones?
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#31

Re: Ya me voy jubilar, ¡por fin! y ahora... ¿que pasa con mi plan de pensiones?

De nada, me alegro si he podido servirte de ayuda.

Otra cosa: releyendo ahora tu respuesta #21, quería comentarte algo (que seguro que ya has tenido en cuenta, pero por si) con respecto a este párrafo:

Con los fondos de inversion (que fue en lo primero que invertí y tambien hace muchos años que no meto dinero), me encuentro con un problema parecido al de los PP. Me freirian a impuestos si los vendo. Ya vere que hago con ellos. Quiza los pase a FI con reparto de dividendo.

Como sabes, el tipo impositivo es el mismo para los dividendos que para las ganancias de capital (19-21-23%), por lo que fiscalmente sale más a cuenta “hacerse” uno mismo los dividendos a medida mediante reembolsos parciales. Lo que percibas como dividendos entra íntegro en la base imponible (antes había una bonificación, pero la quitaron), mientras que del reembolso sólo tributa la parte de ganancias acumuladas que contengan las participaciones reembolsadas. Así que para cobrar una misma cantidad, tributa uno más cobrando dividendos que reembolsando. Y encima, reembolsando es uno mismo el que decide cuánto “saca”, en vez de que lo decidan por ti (dividendo).

Y, por abundar en el tema, te “comes” (o te dejas de comer) el capital igualmente de una forma que de la otra. Si un fondo no distribuye dividendos, los acumula al valor liquidativo de sus participaciones, es decir, a su patrimonio. O si prefieres expresarlo a la inversa, si distribuye dividendos, los deduce de su patrimonio. Con lo que de una forma o de la otra vienes a parar a lo mismo, menos patrimonio propio (del partícipe) en el fondo después del pago del dividendo o del reembolso que antes del mismo. Mientras el reembolso no exceda del beneficio obtenido, tu capital inicial sigue intacto (recuerda a este efecto que, a diferencia de las acciones, no tienes que reembolsar un número entero de participaciones, sino que puedes hacerlo con decimales; dicho de otra manera: puedes reembolsar por importe).

 

#32

Re: Ya me voy jubilar, ¡por fin! y ahora... ¿que pasa con mi plan de pensiones?

El tema que comentas, dividendos vs acciones, es algo que genera controversia. 

Si quieres puedo entrar en detalle de por que yo decidi ir por el camino de dividendos, pero, en resumen de mi eleccion es que intento hacer lo mismo que hace Warren Buffet: El invierte en empresas que pagan dividendos pero, sin embargo, él, en su fondo, no reparte dividendos. Esto es, se fia de las empresas en las que invierte lo justito, y los beneficios de éstas, prefiere re-invertirlos donde él elija (en la misma empresa o en otras).

En cualquier caso, muchas gracias por comentarlo. Y como decia, si quieres, puedo entrar en mucho mas detalle sobre la Inversion en Dividendos con Crecimiento (DGI en ingles), que es el metodo al que me refiero.

#33

Re: Ya me voy jubilar, ¡por fin! y ahora... ¿que pasa con mi plan de pensiones?

Gracias por tu respuesta. Conozco el concepto DGI y “vacas lecheras” para configurar una cartera de acciones. No era ni es mi intención poner en duda esta estrategia, muy al contrario. Pero, como tú bien distingues en tu ejemplo, una cosa son acciones que repartan dividendos y otra fondos que lo hagan (fondos de distribución). Tienes, por ejemplo, fondos indexados de distribución, que naturalmente nada tienen que ver con DGI. Y, por el contrario, puedes muy bien invertir en una estrategia DGI a través de un fondo de acumulación. Mi comentario se ceñía exclusivamente al párrafo que te señalaba, referido al “residuo” de fondos de inversión que tienes y al marco en el que lo planteabas, la fiscalidad de los mismos (“me freirían a impuestos si los vendo ...”). Lamento no haberme expresado bien.

 

#34

Re: Ya me voy jubilar, ¡por fin! y ahora... ¿que pasa con mi plan de pensiones?

Pues efectivamente, no te habia entendido bien. Y sí, para los FI que tengo estoy de acuerdo. Muhcas gracias. Me parece que lo tendre que estudiar con cuidado, incluyendo la parte del tratamiento fiscal que apuntabas. ¡Al final resulta que acertar en el tema de impuestos es casi mas dificil que la propia inversion! 

#35

Re: Ya me voy jubilar, ¡por fin! y ahora... ¿que pasa con mi plan de pensiones?

¡Ja, ja, ja! No te falta razón. Un saludo. Ha sido un placer charlar contigo. Acierto y suerte en lo que decidas. Y lo más importante: disfrutar de la jubilación.

#36

Re: Ya me voy jubilar, ¡por fin! y ahora... ¿que pasa con mi plan de pensiones?

¡Ojo! haced bien las cuentas. Los bancos/gestoras te aconsejarán que no lo saques como capital, todo de golpe, mejor en 5 ó 10 años como renta. Pues no, depende de la pensión y situación de cada cual. En mi caso, me conviene sacarlo todo de golpe y cuanto antes mejor, no me fío de que a corto plazo cambien la normativa fiscal en esta materia. En Navarra, no importa cuándo hayas hecho las aportaciones, si lo rescatas todo de una vez, como capital, te desgravas el 40% de todo el plan. Y en mi caso, si lo rescatara como renta mensual en 5 ó 10 años la factura fiscal me supondría pagar 4000 euros más que rescatándolo todo de una vez. Sí, cuando lo rescatas escuece pagar la factura fiscal, pero en mi caso el ahorro es importante.

#37

Re: Ya me voy jubilar, ¡por fin! y ahora... ¿que pasa con mi plan de pensiones?

En tu caso es claro del mismo modo que también es claro que es mejor no sacarlo todo de golpe si todas las aportaciones son posteriores al 31/12/2006 puesto que no hay reducción alguna (salvo en Navarra).

#38

Re: Ya me voy jubilar, ¡por fin! y ahora... ¿que pasa con mi plan de pensiones?

Sí, así es. En Navarra, por ahora ¡ojo!, se puede hacer como digo, pero  no te puedes fiar. También en Navarra se ha aprobado, desde hace un año, que todas las aportaciones hechas a los planes de pensiones a partir de 2018 ya no tendrán ese 40% de desgravación, es decir, estamos al pairo de lo que decida, no ya el Gobierno Central, si no cualquier Gobierno autonómico. Hay que estudiar cada caso y ver lo que interesa. De todas maneras, los que tenemos planes de pensiones, ya lo rescatemos de una vez o como renta (de esta manera según tu pensión y situación personal y familiar, te puede salir fácilmente también un factura fiscal considerable, dado que se suma el total de la renta a la pensión y como el IRPF de la pensión es más bajo que cuando trabajabas, esa renta mensual del plan de pensiones te puede subir de tramo fácilmente) no nos escapamos. Si no tienes un sueldo igual o más alto de 60.000 euros no vale la pena tener un plan de pensiones, mejor nos hubiera ido dedicando ese dinero a la cartera de fondos de inversión. Pero,¡ay, madre! si con 25 años hubiéramos sabido lo que sabemos a los 65, pero todo no se puede tener: juventud, belleza, experiencia y dinero.