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¿No se pueden declarar los gastos de alimentación y ropa?

6 respuestas
¿No se pueden declarar los gastos de alimentación y ropa?
¿No se pueden declarar los gastos de alimentación y ropa?
#1

¿No se pueden declarar los gastos de alimentación y ropa?

Compañeros rankianos

Teniendo en cuenta que hasta en el supermercado nos cobran impuestos indirectos, pero más allá, teniendo en cuenta que muchos precios están por las nubes, ¿me puede contar alguien, si es mínimamente posible desgravar todos los gastos de comida, ropa, autobuses y demás?

¿por qué se puede declarar las pérdidas de bolsa, y no las pérdidas por alimentación, vestido, y autobuses/viajes ?

saludos

#2

Re: ¿No se pueden declarar los gastos de alimentación y ropa?

aun recuerdo los tiempos que se podian desgravar los gastos de medicinas y médico... que no entiendo por qué al menos no se pueden desgravar los gastos de gafas (al menos un mínimo, no hace falta que nos subvencionen las gafas de marcas con pedigri) y/o dentista... porque la seguridad social no los cubren, mientras que la gente de muface (no todos los funcionarios lo tenemos) sí tiene prestaciones para gafas y limpieza de dientes.

la ropa como no seas autonomo y sea ropa de curro lo dudo...

#3

Re: ¿No se pueden declarar los gastos de alimentación y ropa?

En la declaración de la renta está el concepto de "mínimo personal y familiar", que precisamente es la cantidad de dinero que se estima necesaria para cubrir las necesidades básicas y que no tributa.

Obviamente no es posible desgravar los gastos que comentas. Las pérdidas de bolsa no desgravan, se compensan con ganancias y la diferencia es lo que tributa. Y esto es posible porque son una pérdida patrimonial, mientras que en los gastos de comida, etc. se supone que recibes algo a cambio y por tanto no es lo mismo.

#4

Re: ¿No se pueden declarar los gastos de alimentación y ropa?

un saludo y gracias

#5

Re: ¿No se pueden declarar los gastos de alimentación y ropa?

muy esclarecedor, luke78

sabía que hay un mínimo sin obligación de declarar, pero no había meditado sobre este criterio

¿conoces a fondo la ley del irpf?

quiero echarle un vistazo a las leyes esas, porque creo que despés de leer un poco se puede sacar algo en claro, pero claro, siempre está después el hiper reglamento...

saludos

#6

Re: ¿No se pueden declarar los gastos de alimentación y ropa?

Creo que hay que perderle el miedo a las leyes, muchas veces perdemos tiempo y tiempo buscando en foros, asesores, etc. cuando la respuesta está clarísima en la propia ley. Por si eso fuera poco la agencia tributaria edita una guía que responde a las preguntas más frecuentes y aclara conceptos que no están claros en la ley ni el reglamento.

Tampoco hace falta leerse la ley entera, te lees la parte que te afecta y listo.

#7

Re: ¿No se pueden declarar los gastos de alimentación y ropa?

gracias por la respuesta, luke

comentar que la ley del irpf tiene conceptos propios tipo amortización, prorrateo, capitalización, y movidas de este tipo...

para mí que estos de economía querían demostrar que ellos también tienen su propio vocabulario, al igual que los que salieron de Medicina (no olvidemos que en las leyes tienen que ayudar técnicos de varias carreras universitarias o profesionales del sector, en las respectivas comisiones)

saludos