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Declaracion de un Pias GENERALI SIALP III (Pias)

6 respuestas
Declaracion de un Pias GENERALI SIALP III (Pias)
Declaracion de un Pias GENERALI SIALP III (Pias)
#1

Declaracion de un Pias GENERALI SIALP III (Pias)

Buenas noches, rescaté totalmente un PIAS de Generali Seguros en Noviembre de 2025 por vencimiento. No me han hecho ninguna retención y me ingresaron la totalidad por transferencia en mi cuenta. Me tenían que haber hecho alguna retención?. En el borrador de IRPF Renta 2025 no me aparece nada sobre este plan. Tengo que declararlo en la declaración de la renta 2025? Muchas Gracias.
#2

Re: Declaracion de un Pias GENERALI SIALP III (Pias)

El nombre del producto que pones contiene el término SIALP, que es un producto diferente fiscalmente de un PIAS.
El SIALP está exento de tributación si has respetado los requisitos de no aportar más de 5.000€ año y rescatar después del quinto año de la apertura.
El PIAS sí tributa los beneficios si rescatas como capital 
#3

Re: Declaracion de un Pias GENERALI SIALP III (Pias)

Muchas gracias por la aclaración, así que no hace falta declararlo. Un saludo.
#4

Re: Declaracion de un Pias GENERALI SIALP III (Pias)

El SIALP está exento de tributación si lo mantienes más de 5 años e inviertes hasta 5000€ por año.
Lo que yo no tengo claro es que no haya que declararlo en la Declaración de la renta.
En todos los sitios veo que dicen que se declara en la casilla 35 pero al declarar en esa casilla los rendimientos no te deja poner en ningún momento que está exento y lo declarado te lo suma a la base imponible del ahorro con lo cual estás tributando por él. 
Estoy haciendo la declaración de la renta y no hay manera. 
A ver si alguien me puede dar una solución. 
Gracias
#5

Re: Declaracion de un Pias GENERALI SIALP III (Pias)

Casilla 0035: Se utiliza para declarar los rendimientos generados si se incumplen los requisitos de permanencia o aportación
#6

Re: Declaracion de un Pias GENERALI SIALP III (Pias)

los rendimientos exentos en general NO se incluyen en ningún lado en el IRPF. Por ejemplo, una pensión por incapacidad absoluta, o por orfandad, o la ganancia por la venta de la vivienda habitual de un mayor de 65 años, o la indemnización por daños personales de un seguro determinada por un juez.
Cuando hay alguna casilla para incluirlos, es porque la exención puede estar condicionada a algún requisito que se incumpla en el futuro y que entonces obligue a tributar por lo declarado exento.
 Por ejemplo: reinvertir la ganancia de la venta de la vivienda habitual en una nueva vivienda; hay que ponerlo explícitamente, pues puede que no se acabe comprando la nueva vivienda o no se resida en ésta el tiempo necesario para que consolide como habitual, y Hacienda lo rastreará en el futuro.  Lo mismo al reinvertir por un mayor de 65 años la ganancia de la venta de una vivienda no habitual o de acciones o fondos en una renta vitalicia: si se rescata el seguro de rentas vitalicias en el futuro, hay que pagar por toda la ganancia exenta. Entonces hay que poner en la declaración que te acoges a esta exención por un lado, y por otro la aseguradora comunica cuál es la poliza contratada. Así Hacienda controla que se cumple en el futuro los requisitos.
En este caso, los intereses del SIALP no se declaran en ningún lado, salvo que, como ha indicado @mivisa , se incumplan los requisitos como no aportar más de 5.000 €/año.
#7

Re: Declaracion de un Pias GENERALI SIALP III (Pias)

Ok. Muchas gracias