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¿Se puede deducir cobertura tipo interes vinculada a hipoteca??

9 respuestas
¿Se puede deducir cobertura tipo interes vinculada a hipoteca??
¿Se puede deducir cobertura tipo interes vinculada a hipoteca??
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#9

Re: ¿Se puede deducir cobertura tipo interes vinculada a hipoteca??

Hombre, al.rodrigo,

Me sorprende tu pregunta de ¿En concepto de qué es pérdida patrimonial?

Tú mismo, para responder a Lunanueva, le has adjuntado 2 consultas, en las que te basas para responderle porque NO puede deducirse las cuotas que ha acabado pagando en concepto de Cobertura de Tipo de Interés de la Hipoteca de Vivienda Habitual, en caso de CRÉDITO HIPOTECARIO. La ley, aparentemente, no interpreta que esto sea posible, a no ser que fuera un PRÉSTAMO, y no un CRÉDITO.

En la primera consulta que adjuntabas se establece un caso, que unos particulares llevaron a consulta. Resulta que de la aplicación de este instrumento financiero, que se liquidaba trimestralmente, ellos se beneficiaron (les resultó positivo, a su favor). La Respuesta de la Consulta establece, en su primera parte, que NO puede deducirse como gasto atribuible a la vivienda (como las cuotas hipotecarias.

Sin embargo, después de citar diferentes leyes y apartados, concluye lo siguiente, entre otras cosas:

" De acuerdo con los anteriores preceptos, en el caso objeto de consulta, en la medida en que las liquidaciones originadas por el instrumento financiero contratado parecen depender únicamente de las variaciones, al alza o a la baja, que en cada período de liquidación se produzcan en el tipo de interés de referencia, y siempre que el nominal sobre el que se calculan constituya un importe nocional o teórico que no haya implicado ningún desembolso inicial o cesión previa de capitales por parte de los consultantes a la entidad de crédito (con independencia de que su cuantía coincida o no con el importe del crédito otorgado a los consultantes), los resultados positivos obtenidos por los mismos en las liquidaciones efectuadas en el año 2008, tendrían la consideración a efectos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de GANANCIAS PATRIMONIALES, ello siempre que el instrumento no se haya contratado como cobertura del tipo de interés de un crédito destinado a la realización de operaciones en desarrollo de una actividad económica, en cuyo caso las rentas obtenidas de dicho instrumento se encuadrarían entre los rendimientos de actividades económicas..."

Por lo tanto, dado que te has ayudado de tales consultas, y atendiendo a su contenido, yo tan sólo preguntaba: ¿Interpreto bien? ¿Concluye entonces la respuesta que SÍ, es una alteración patrimonial (con todo el marasmo argumental ahí expuesto)? ¿Es pues, cierto, que ellos mismos reconocen que como alteración patrimonial, puede ser una PERDIDA o una GANANCIA?

Y, si uno acaba perdiendo dinero, porque 'jugó' al seguro de cobertura de hipoteca, le salió mal y bajaron los intereses, tuvo que pagar a la entidad financiera porque ese era el trato, ¿acaso no es eso una PERDIDA PATRIMONIAL?

Lee esa consulta referenciada por tí, detenidamente, y me respondes si mi interpretación, en base a lo que dice, es o no así.

Thanks

#10

Re: ¿Se puede deducir cobertura tipo interes vinculada a hipoteca??

Tienes razón, disculpa porque algunas veces ya no sé ni lo que contesto. Interpretas bien, existe una ganancia o una pérdida patrimonial. Más resumido está en el "informa":

https://www2.agenciatributaria.gob.es/ES13/S/IAFRIAFRC12F?TIPO=R&CODIGO=0129938

Saludos.