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Subsidio 52 años y venta de acciones

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Subsidio 52 años y venta de acciones
Subsidio 52 años y venta de acciones

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Subsidio 52 años y venta de acciones

Buenos días, se que este tema se ha hablado varias veces, se trata de la ganancia puntual por la venta de unas acciones y la superacion de la carencia de rentas. La duda es si esa plusvalía puntual se prorratea en 12 meses o no. 
En varias respuestas en el foro se ha dicho que se prorratean, pero no se si es una interpretación personal o del SEPE, tampoco es que éste  lo aclare mucho:
 
Artículo 275 LGSS: habla de rentas mensuales y ganancias patrimoniales, pero no indica prorrateo obligatorio.
Criterio del SEPE en la administración: en general, consideran que la ganancia por venta se imputa íntegramente en el mes de la transmisión, porque es un hecho puntual, no recurrente. 
Y luego consultando a la IA si había alguna resolución judicial al respecto:
 
 Una sentencia del Juzgado de lo Social ya señaló que la venta de activos financieros o inmuebles no extingue el subsidio por sí misma, sino que la ganancia solo se imputa en el mes en que se produce. Esto se discutió comparándolo con otros activos, y la Sala concluyó que la ganancia patrimonial se toma en cuenta en el mes en que ocurre el hecho causante.
Aquí hay un antecedente jurisprudencial sobre la venta de un activo financiero (como las acciones) que se equipara al caso de venta de inmuebles, y que no obliga a prorratear en 12 meses
Así que me gustaría saber con que criterio se dice que la plusvalía se prorratea en 12 meses, ¿ es una interpretación personal, ha habido ya alguna consulta al SEPE en la que haya contestado afirmativamente o quizás algún tipo de resolución judicial?
Saludos