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Prescripción Impuesto transmisiones reducido

7 respuestas
Prescripción Impuesto transmisiones reducido
Prescripción Impuesto transmisiones reducido
#1

Prescripción Impuesto transmisiones reducido

Buenos días ,mi caso compré vivienda habitual en Andalucía pagué el ITP reducido pero antes de los 3 años la he vendido . Leo que la prescripción es de 4 años en el caso de que la administración te haga comprobación de liquidación en el ITP , las dudas son : el plazo empieza a correr desde el día siguiente a cuando acaba el plazo voluntario de presentación del impuesto o desde que se incumple el requisito del impuesto reducido. 
Otra duda el plazo de prescripción termina cuando la administración firma el acuerdo o en la fecha de notificación al contribuyente ...
A ver si me ayudáis 
#2

Re: Prescripción Impuesto transmisiones reducido

El plazo empieza en el momento del incumplimiento. 
El plazo termina (se suspende) en el momento en que recibas alguna notificación de la Administración.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#3

Re: Prescripción Impuesto transmisiones reducido

Gracias por su contestación. La cuestión es que he leído una sentencia,  TSJ Andalucía en la sentencia 1044/2017, de fecha 9 de mayo de 2017, en la que da la razón al TEAR en contra de la doctrina de la administración en cuanto al inicio de los plazos de prescripción indicando que la LGT en su artículo. 66 refiere al inicio del plazo cuando finaliza el plazo voluntario de autoliquidación. 

Hubo cambios normativos , de doctrina ,de sentencias posteriores para iniciar la prescripción al día del incumplimiento de los requisitos??? Gracias 
#4

Re: Prescripción Impuesto transmisiones reducido

Muy interesante la sentencia que mencionas. En realidad se refiere a un caso en que no fue vivienda habitual nunca y por tanto no empezaba un nuevo plazo al cabo de los 12 meses sino que empezaba cuando terminó la liquidación inicial.

Es un poco diferente al caso en que se cumple la condición pero se deja de cumplir antes de finalizar los tres años. No obstante, yo me acogería a esa sentencia en caso de necesidad aunque no estoy seguro de que tuviera éxito. 

Si tienes posibilidad mira esta sentencia:  TSJ de Madrid, Sentencia de 25 de abril de 2019 (rec. 1034/2017). No he podido verla completa, sólo una referencia al asunto y parece ser que  dice que la prescripción arranca cuando se incumple la condición.


El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#5

Re: Prescripción Impuesto transmisiones reducido

Así es y creo que la sentencia es lógica. Si la ventana de cumplimiento exigido está dentro de la ventana de prescripción no tiene sentido alguno condicionar una a la otra. En caso contrario, lo lógico sería que la ley que regula ese hecho imponible establezca una ventana de prescripción específica capaz de soportar dicha exigencia de cumplimiento.  
#6

Re: Prescripción Impuesto transmisiones reducido

  
Yo lo veo de esta manera: 
Ley 5/2021, de 20 de octubre, de tributos cedidos de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
“Artículo 66. Presentación de autoliquidación complementaria en caso de pérdida del derecho a aplicar un beneficio fiscal. 

1. El incumplimiento de los requisitos exigidos en la regulación de los beneficios fiscales aprobados por la Comunidad Autónoma en relación con los impuestos a los que se refiere el presente Capítulo determinará la obligación de regularizar la situación tributaria mediante la presentación de una declaración donde se exprese tal circunstancia, dentro del plazo de un mes desde que se produzca el hecho determinante del incumplimiento. 

2. A dicha declaración se acompañará el ingreso mediante autoliquidación complementaria de la parte del impuesto que se hubiera dejado de ingresar como consecuencia de la aplicación del beneficio fiscal, más los intereses de demora correspondientes. 

3. La obligación de declarar se extenderá a cualquier beneficio fiscal cuya efectividad dependa de condiciones futuras. 

4. En particular, cuando se hayan aplicado beneficios fiscales de la Comunidad Autónoma en la adquisición de la vivienda habitual, el incumplimiento de los requisitos regulados en el artículo 2 relativos a que se habite de forma efectiva y permanente y por plazo continuado determinará la obligación de presentar la declaración y autoliquidación en la forma establecida en los apartados anteriores. 

5. A los efectos del presente artículo se considerará beneficio fiscal aquel que establezca exenciones, reducciones a la base imponible, deducciones en cuota y cualquier otro incentivo fiscal.” 
La cuestión no es la prescripción sobre la autoliquidación inicial de ITP reducido presentada cuando compraste la vivienda que iba a ser habitual. 

La cuestión es la prescripción sobre otra obligación tributaria distinta, impuesta por la norma legal andaluza en su art. 66, la de presentar una autoliquidación complementaria de ITP al haber perdido el derecho a aplicar el beneficio del impuesto reducido por haber vendido la vivienda (que iba a ser habitual) antes de cumplirse el plazo de al menos tres años de residencia continuada en aquella vivienda. (concepto de vivienda habitual, art. 2 Ley andaluza 5/2021) 
Desde la venta, tienes un mes de plazo para presentar esa autoliquidación complementaria (art. 66.1 Ley andaluza 5/2021). Desde la finalización de ese plazo, y no presentada dicha autoliquidación, la Administración Tributaria andaluza tiene un plazo de 4 años (plazo de prescripción) para ejercer su derecho a determinar la deuda tributaria, según los arts. 66 y 67 de la Ley  58/2003, General Tributaria (LGT). 
#7

Re: Prescripción Impuesto transmisiones reducido

Pues como dice Marianin07 parece que la prescripción va sobre la autoliquidación no realizada tras el incumplimiento de la reducción del impuesto de transmisiones, 
Lo que no sé si en ese caso también suele implicar sanción tributaria . Gracias por las respuestas .
#8

Re: Prescripción Impuesto transmisiones reducido

¿No será que en los tiempos a que se refiere la sentencia del TSJ de Andalucía (2017 o antes)no existía ese artículo 66?
Quizás convendría investigarlo.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.