Me lo puedes calcular, el piso ahora mismo tiene Herencia
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Elena Barragán#1 02/02/26 17:26Buenas tardes . Somos dos hermanos, mi madre en el testamento tiene puesto un piso a nombre mío y otro a nombre de mi hermano, mi padre solo puede vivir en éllos ( usufructo , creo que se llama) ya que las viviendas son propiedad de mi madre. Hace tres años mi madre vendió el piso que estaba a nombre de mi hermano y no le dio nada , mi madre ha gastado el dinero de la venta del piso.. Y el testamento no lo ha modificado. Que ocurre ahora?? Supongo que el piso que esta puesto a mi nombre, será para mi . Tiene unos 10.000 € en el banco .En el testamento pone que los demás bienes al 50% . Que le corresponde a mi hermano?? Es por hacerme una idea de lo que tengo que darle en un futuro.Responder
mivisaSeguir#2 02/02/26 17:31
Ver mensaje de Elena Barragán hablad con vuestra madre y que modifique el testamento, no puede dejar algo que ya no tiene a nadieResponder
mivisaSeguir#3 02/02/26 17:36
Ver mensaje de mivisa si decide seguir dejándo el piso que le queda sólo a tu, debería compensar a tu hermano con otros bienesResponder
mivisaSeguir#4 02/02/26 17:36Según la AI
Voy a explicártelo
paso a paso, con criterios
jurídicos reales (Derecho civil sucesorio español) y teniendo en cuenta
lo que dices del testamento, para que tengas una
idea clara de qué puede corresponder a cada uno. Aun así, te adelanto que
esto no se resuelve solo con impuestos, sino con
herencia y legítimas, y conviene confirmarlo ante notario o abogado.
1️⃣ Situación jurídica actual (muy importante)
🔹 Propiedad de los pisos
-
Los pisos son de tu madre, no tuyos ni de tu hermano todavía.
- Que en el testamento diga “un piso para cada hijo” no significa que ya sean vuestros, sino que es una disposición futura que solo produce efectos al fallecer ella.
- El usufructo de tu padre implica que:
- Él puede vivir en ellos o usarlos.
-
La nuda propiedad sigue siendo de tu madre mientras viva.
👉 Por tanto, tu madre podía vender perfectamente el piso, aunque en el testamento estuviera asignado a tu hermano.
2️⃣ Venta del piso “asignado” a tu hermano
Esto es clave:
- Al vender el piso, esa disposición del testamento queda sin efecto, porque:
-
No se puede heredar un bien que ya no existe.
- El dinero obtenido por la venta:
-
Es de tu madre.
- Puede gastarlo libremente.
-
No tiene obligación legal de entregárselo a tu hermano en vida, salvo que hubiera una donación formal (que no parece el caso).
📌 No hay derecho automático de tu hermano a ese piso ni a su valor, mientras tu madre viva.
3️⃣ ¿Qué ocurre cuando fallezca tu madre?
Aquí entramos en la herencia real.
🔹 Bienes que formarán la herencia (según dices):
- 🏠 Un piso (el que sigue existiendo).
- 💰 10.000 € en el banco.
- ❌ El otro piso ya no forma parte de la herencia.
4️⃣ Legítima de los hijos (muy importante)
En Derecho civil común (la mayoría de España):
- Los hijos no pueden ser desheredados libremente.
- Les corresponde, como mínimo:
-
2/3 del patrimonio → legítima.
- De esos, 1/3 es estrictamente igual para todos los hijos.
Con dos hermanos:
- Cada uno tiene derecho como mínimo al 1/3 del total del patrimonio.
5️⃣ Aplicando esto a tu caso (estimación orientativa)
🔹 Valor aproximado de la herencia
(Suponiendo cifras orientativas, solo para entender el reparto)
- Piso: por ejemplo 150.000 €
- Dinero: 10.000 €
➡️ Total herencia: 160.000 €
🔹 Mínimo que le corresponde a tu hermano
- 1/3 de 160.000 € ≈ 53.000 €
Si el testamento te deja todo el piso a ti, pero con cláusula de “resto de bienes al 50%”:
- Tu hermano no pierde su legítima
- Puede exigir:
- Dinero
- O compensación económica si tú te quedas el piso
👉 No es automático que tengas que “darle la mitad del piso”, pero sí compensarle económicamente si se vulnera su legítima.
6️⃣ Resumen claro y directo
✔️ El piso que sigue existiendo puede corresponderte a ti, según el testamento
✔️ Tu madre podía vender el otro piso sin dar nada a tu hermano
❗ Pero tu hermano tendrá derecho mínimo a su legítima cuando fallezca tu madre
✔️ Lo que tendrás que “darle” dependerá del valor total de la herencia en ese momento
👉 No se hereda lo prometido, se hereda lo que existe.
Cuando se produzca el fallecimiento:
- Ambos tendréis que presentar:
- Impuesto sobre Sucesiones
- Ante la Agencia Tributaria autonómica correspondiente.
🔔 Recomendación final (muy importante)
Antes de “hacer números” o pensar en pagar nada:
- Lleva el testamento a un notario
- Pide un cálculo de legítimas
- Así evitas conflictos y pagos indebidos
Si quieres, en el siguiente mensaje puedo:
- Calcularlo con cifras reales
- Explicarte qué pasaría si tu padre sigue vivo
- O aclararte cómo se compensa la legítima sin vender el piso