En contestación a la queja presentada a través del registro electrónico de la Seguridad Social, señalamos lo siguiente:
Entendemos su premura porque sea resuelta su solicitud de complemento para la reducción de la brecha de género. Sin embargo, hacemos la observación de que el volumen de gestión asignado al Instituto Nacional de la Seguridad Social es considerable, por lo que debemos compatibilizar las diversas tareas encomendadas a las unidades administrativas, con las dificultades que ello significa para orientar nuestros recursos humanos y materiales con objeto de que sean atendidas todas las contingencias y situaciones protegidas por el sistema de Seguridad Social.
Así, hemos de aplicar criterios objetivos de priorización de las tareas y funciones, como anteponer la gestión de aquellas solicitudes que supongan para el usuario el abono de una prestación como única alternativa al cese de sus ingresos, respecto a quien ya tiene reconocida la condición de beneficiario.
Por otro lado, su expediente se ha demorado también debido a que, recientemente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictado sentencia que ha variado la actuación de esta Entidad, siendo necesario adaptar el sentido de la resolución y los procedimientos de gestión, con el consiguiente aumento de los tiempos de trámite.
No obstante lo anterior, intentaremos emitir lo antes posible su resolución.
Agradeciendo su comprensión, le saluda, atentamente,
El Director Provincial
Camilo Hernández León