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Renta 2024 de persona fallecida

9 respuestas
Renta 2024 de persona fallecida
Renta 2024 de persona fallecida
#1

Renta 2024 de persona fallecida

Hola a todos, estoy liado con la declaración de mi suegro, que falleció en 2024. A la hora de hacer la declaración esta claro que va individual, hasta la fecha del fallecimiento. Para hacerla usando el borrador de la AEAT he utilizado los datos de la casilla de la declaración del 23 para poder acceder. Me deja hacer todos los pasos para presentarla, pero no la he presentado ya que al ser una persona fallecida no la puede presentar él y supongo que me de error si lo hago del modo "tradicional", como si fuese el propio titular quien la presentase.
La declaración sale a devolver una cantidad superiora los 2000€. Entiendo que para que los herederos soliciten la devolución hay que presentar el H-100 junto con la documentación que piden. Pero mi duda es la siguiente:

Uno de los documentos que se pide con el H100 para la solicitud de la devolución es el justificante de haber pagado el impuesto de sucesiones del importe de la devolución si ésta es mayor de 2000€. Pero por algún lado he leído que al estar el matrimonio en régimen de gananciales, y estar la viuda viva, se supone que el 50% del importe de la devolución le corresponde a la viuda por el régimen de gananciales, y es el otro 50% el que pasaría a los herederos. Si esto es así, en este caso el importe que pasaría a la herencia sería inferior a 2000€. ¿Al solicitar el cobro de la devolución a los herederos, habría que presentar igualmente el justificante del pago del impuesto de sucesiones?¿El impuesto aplica sobre toda la devolución o sólo sobre el 50% que va a los herederos?.

He buscado por la red y no he encontrado nada a este respecto y he llamado al teléfono de ayuda de la AEAT y cuando me lo han cogido he debido de dar con el becario porque parecía que le estaba hablando en chino mandarín.

No sé si me he explicado bien. Agradecería si alguien me pudiera aclarar un poco esta duda.

Muchas gracias

#4

Re: Renta 2024 de persona fallecida

si el importe es superior a 2.000 euros tenéis qu  presentar la/las autoliquidaciones del Impuesto de Sucesiones.

#5

Re: Renta 2024 de persona fallecida

Lo que hacienda le debe al fallecido son derechos de crédito del fallecido, y como parte de su herencia, se gestionan durante el reparto y aceptación de la herencia. Estos créditos se consideran parte del activo de la herencia y se distribuyen entre los herederos, al igual que otros bienes y activos. Los herederos pueden reclamar estos créditos y, en caso de que el fallecido tuviera deudas pendientes con Hacienda, la Agencia Tributaria puede reclamar su pago a los herederos.

#6

Re: Renta 2024 de persona fallecida

¿puedes adjuntar o pegar eso que has leído por alguna parte? sería objeto de estudio 

#8

Re: Renta 2024 de persona fallecida

habíais incluido ese derecho de crédito a la hora de la liquidación de la sociedad de gananciales?
#9

Re: Renta 2024 de persona fallecida

 No te dará error y podrás presentarla normalmente, yo lo he hecho varias veces. 
Hay que presentar el H-100 y toda la documentación que en él se solicita. 
El importe de la devolución le corresponde a los herederos que figuran en la Escritura de la Herencia, ya que puede haber o no testamento y los herederos varían en un caso o en otro según estuviera redactado el testamento. 
La devolución no se puede dividir en dos devoluciones, es solo una. 
La devolución no son gananciales puesto que no corresponde al fallecido, si no, a los herederos entiendo yo, el fallecido en el momento del óbito, ya desaparece como persona y física y por tanto no tiene derechos, esto es cosecha mía a lo mejor no es exactamente así, pero creo que sí, alguien que me saque de esta pequeña duda. 
Si el impuesto de la herencia se liquidó en su momento, ahora corresponde presentar liquidación complementaria a dicho impuesto incluyendo la devolución que arroja la declaración del fallecido para presentarla con el H-100. 
Ah, sobre llamar a Hacienda para pedir asesoramiento mejor no lo hagáis es una perdida de tiempo y no obtendréis respuestas satisfactorias, lo tengo más que comprobado.
#10

Re: Renta 2024 de persona fallecida

La devolución de hacienda por la declaración hasta la fecha de fallecimiento de uno de los cónyuges, cuando estos están casados en gananciales, constituye un derecho de crédito de carácter ganancial y, por tanto, el cónyuge sobreviviente tendrá derecho al 50% de esa devolución. El resto se repartirá entre sus herederos según corresponda en la herencia.