Entiendo que si, ese incremento de 7.750,, debe de restar los rendimientos netos del trabajo.
Copio y pego (Manual IRPF 2025)
En particular, análisis de los gastos (deducibles por obtención de rendimientos del trabajo) del artículo 19.2.f) de la Ley del IRPF Normativa: Artículo 19.2.f) Ley IRPF
Atención: los gastos deducibles del artículo 19.2.f) de la Ley del IRPF se aplican por unidad familiar en el supuesto de tributación conjunta. Bajo este concepto se incluyen las siguientes cantidades deducibles como gastos:
a. Por obtención de rendimientos
2.000 euros anuales, con carácter general, para todos los
contribuyentes que obtengan rendimientos de trabajo.
b. Incremento por movilidad geográfica
c. Incremento para trabajadores activos con discapacidad
Tratándose de personas con discapacidad que obtengan
rendimientos del trabajo como trabajadores activos, la cuantía
general se incrementará en las cantidades que se señalan en el
cuadro siguiente:
La condición de persona con discapacidad y su acreditación se comenta en el Capítulo 14.
Grado de discapacidad Cuantía (euros)
- Igual o superior al 33 por 100 e inferior al 65 por 100 3.500
- Igual o superior al 65 por 100 o que acrediten necesitar ayuda de
terceras personas o movilidad reducida, aunque no alcancen el 65
por 100 de discapacidad 7.750
Para la aplicación de estos gastos deducibles en concepto de trabajador activo con discapacidad se requiere que concurran simultáneamente, durante cualquier día del período impositivo, las siguientes circunstancias:
1. Ser trabajador en activo.
2. Tener el grado de discapacidad exigido,
Salvo superior criterio