Por favor al.rodrigo no tienes porqué disculparte. Saco en conclusión que no puede vender las acciones, ya que por causas fiscales, hacemos la declaración individual. Me explico, la duda que tenía ha sido motivada al leer en otro foro que ahora no recuerdo, y que respondían a las preguntas de los foreros unos abogados y ante una causa parecida a la expuesta por mí ahora; y en la que Hacienda hizo una revisión a aquella familia obligándoles a pagar la devolucción que resultó en su momento de la consabida declaración individual, al aplicarse los mínimos por la discapacidad de su madre que vivía con ellos, más la multa correspondiente, dándose el caso curioso que la plusvalía que declaró la incapacitada (su madre en aquel caso, con 94 años y una discapacidad del 90%, fué negativa, perdiendo en la venta 80 €).
El final de la odisea, pues fué eso, una odisea; logró esa familia ayudada por los citados abogados en el foro, y después de un año de toma y daca y una torre de papeleo....!que se retractase Hacienda!, devolviendoles el dinero más los intereses correspopndientes.
Por este motivo pense pobre de mí, que quizás hubiesen rectificado el anacronismo que supone esa ley. Gracias por vuestra atención. Saludos de monin72.